
N.º 128, lunes 7 de julio de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Bilbao
4125
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 92/08 seguido sobre desahucio por falta de pago. Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Bilbao (Bizkaia). Juicio: J. verbal desh. L2 92/08. Demandante: Noe-B, S.L. Abogado: Romo Diez, Sonia. Procurador: Itziar Otalora Ariño. Demandado: Ana Rosa Perez Rodriguez. Sobre: desahucio falta pago. En el referido juicio se ha dictado en fecha 23 de mayo del presente año sentencia cuyo fallo es el siguiente: FALLO Estimando la demanda promovida por la Procuradora Sra. Otalora Ariño en nombre y representación de Noe-B, S.L. contra D.ª Ana Rosa Perez Rodriguez declaro resuelto el contrato de arrendamiento del local oficina reseñado en los antecedentes de esta resolución, condenando a la expresada demandada a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal. Así mismo, condeno a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de tres mil doscientos cuarenta y ocho euros (3.248) más un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución más las rentas que se devenguen desde junio de 2008 hasta la efectiva entrega del local a la demandante y al pago de las costas. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn). El escrito de preparación del recurso no se admitirá si no se acredita tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artículo 449.1 de la LECn). Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación.– Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 23 de mayo de 2008. En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Ana Rosa Perez Rodriguez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco. Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia. El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn). El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal. En Bilbao (Bizkaia), a 10 de junio de 2008. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
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