
N.º 128, lunes 7 de julio de 2008
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Industria, Comercio y Turismo
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RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2008, del Director de Consumo y Seguridad Industrial, por la que se cancela la inscripción de la entidad Instituto de Formacion Profesional de Elgoibar (Elgoibarko Lanbide Hexiketarako Institutua) como entidad reconocida para la formación de profesionales autorizados en el ámbito de la seguridad industrial. 1.– Con fecha 3 de octubre de 1994, mediante resolución de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, se reconoció al Elgoibarko Lanbide Heziketarako Institutua-Instituto de Formación Profesional de Elgoibar como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en materia de tacógrafos y limitadores de velocidad. 1.– El Director de Consumo y Seguridad Industrial es el órgano competente para dictar la presente Resolución, de conformidad con lo que se establece el artículo 20 del Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. 2.– Si bien la entidad Elgoibarko Lanbide Heziketarako Institutua-Instituto de Formación Profesional de Elgoibar fue autorizada conforme a lo establecido en el entonces en vigor Decreto 175/1994, de 17 de mayo, por el que se unifica el procedimiento para la obtención de los Carnés Profesionales y se definen las exigencias para las Empresas Autorizadas que realizan instalaciones, mantenimientos u otras actividades en matera de seguridad industrial, el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial (BOPV de 12-04-2006), derogando el Decreto 175/1994, viene a establecer un nuevo sistema de regulación de los carnés de cualificación individual y empresas autorizadas y, consecuentemente, de las entidades reconocidas para la formación, en su Capítulo V. 3.– Por otra parte, la Orden de 10 de abril de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los Carnés de Cualificación Individual y las Empresas Autorizadas en materia de seguridad industrial, en su anexo I recoge el total de categorías de carnés de cualificación individual objeto del sistema del Decreto 63/2006. 4.– Entre dichas categorías no existe la categoría de Carné de Cualificación Individual de vehículos, ni en la categoría de instalador de tacógrafos ni en la de instalador de limitadores de velocidad, categorías estas para las que estaba autorizada la entidad Elgoibarko Lanbide Heziketarako Institutua-Instituto de Formación Profesional de Elgoibar. 5.– Consecuentemente, conforme a lo establecido en el artículo 27 del citado Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, procede la cancelación de la inscripción como entidad reconocida respecto a la entidad citada. Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación, RESUELVO: 1.– Revocar el reconocimiento concedido a Elgoibarko Lanbide Heziketarako Institutua-Instituto de Formación Profesional de Elgoibar como entidad reconocida para la formación de profesionales autorizados en materia de seguridad industrial. 2.– Consecuentemente, cancelar su inscripción en el Registro de Entidades Reconocidas para la formación de profesionales autorizados en el ámbito de la seguridad industrial. 3.– Dar traslado de la presente Resolución a los interesados y proceder a publicarla en el Boletín Oficial del País Vasco. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de mayo de 2008. El Director de Consumo y Seguridad Industrial, RUBEN MENDIOLA ERKOREKA.ANTECEDENTES DE HECHO
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