
N.º 118, lunes 23 de junio de 2008
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Autoridades y Personal
Sanidad
3813
RESOLUCIÓN 507/2008, de 22 de mayo, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la relación definitiva de aspirantes por el turno libre, que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de enfermedades infecciosas pediátricas de los servicios de pediatría de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Mediante Resolución 1533/2006, de 31 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de enfermedades infecciosas pediátricas de los servicios de pediatría de Osakidetza-Servicio vasco de salud publicándose en el BOPV n.º 11, de 16 de enero de 2007. Mediante Resolución 1082/2006, de 4 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 203, de 24 de octubre de 2006. Mediante Resolución 219/2008, de 30 de enero, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se ordenó la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la relación provisional de los aspirantes que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de enfermedades infecciosas pediátricas de los servicios de pediatría de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Conforme a lo previsto en el apartado 10.8 de las bases generales que rigen el proceso selectivo, aprobada por el tribunal calificador la relación definitiva por el turno libre, de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, el Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud ordenará su publicación en el BOPV. Tal y como se establece en el apartado 8 de las bases generales que rigen el proceso selectivo, los aspirantes que no cumplan los requisitos para participar por el turno de promoción interna, serán incluidos en su caso, en la relación definitiva de aspirantes por el turno libre, que han superado la fase de oposición. Al objeto de cumplir con lo establecido en las bases generales de la convocatoria, que supeditan la toma de posesión efectiva del puesto a la presentación del reconocimiento médico para la acreditación de la aptitud psicofísica precisa para el normal desempeño del mismo, el Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud citará a los aspirantes que integran el anexo I, para la realización del reconocimiento médico. Asimismo, la Comisión de Coordinación para la acreditación de perfiles lingüísticos en los procesos selectivos del 2006, aprueba elevar a definitiva la relación de aspirantes que han superado un perfil lingüístico en las convocatorias celebradas en Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el marco de la Oferta pública de empleo, de la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de enfermedades infecciosas pediátricas de los servicios de pediatría con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, y su publicación en los anexos adjuntos. Los documentos de acreditación de perfiles lingüísticos o certificados de conocimiento de euskera equivalentes presentados por los aspirantes para su valoración como requisito o como merito en el proceso de la Oferta pública de empleo, serán incluidos en el Registro General de perfiles lingüísticos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, con el fin de facilitar el desarrollo y gestión de otras convocatorias y procesos de provisión de puestos del Ente Público, así como del Plan de Euskera de Osakidetza-Servicio vasco de salud. Con este mismo objeto los datos podrán ser cedidos a otras administraciones públicas. Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal. Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas por la legislación vigente, Primero .– Ordenar la publicación en el BOPV de la relación definitiva de aspirantes por el turno libre que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de enfermedades infecciosas pediátricas de los servicios de pediatría, de las organizaciones de servicios sanitarias, constituyendo: I) El anexo I: la relación definitiva de personal con derecho a destino. II) El anexo II: la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo. III) El anexo III: la relación de destinos objeto de la convocatoria. Segundo .– Aprobar la relación de aspirantes excluidos del proceso por no cumplir con los requisitos previstos en el apartado 6.2 de las bases generales de la convocatoria, mediante anexo IV que se acompaña a la presente Resolución. Tercero .– Al amparo de lo establecido en el apartado 10.8.2 de las bases generales, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución, los aspirantes que figuren en el anexo I deberán efectuar su elección de destino, para lo cual procederán a cumplimentar el modelo de solicitud que les será facilitado en la pagina web de Osakidetza-Servicio vasco de salud. De entre los aspirantes que han manifestado su opción de destino en el turno libre, gozarán de preferencia aquéllos que hubieran acreditado discapacidad, en el orden que su puntuación les otorgue y hasta la cobertura del cupo de destinos reservados a este personal. No se tendrá en cuenta la elección de destino efectuada por quien no haya presentado la documentación necesaria o del examen de la misma, se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en las bases generales y específicas de la convocatoria. Cuarto .– Asimismo, y en virtud de lo establecido en la base 10.8.3, durante el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de la publicación de la presente Resolución, los aspirantes que figuren en el anexo I deberán presentar la documentación acreditativa de los siguientes requisitos, salvo que la hubieran aportado en otro momento anterior del proceso: 1.– Titulaciones exigidas para el acceso a los puestos de la categoría, obtenidas tras el correspondiente proceso de homologación o convalidación, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.2.c). 2.– Perfil lingüístico en aquellos casos en que sea obligatorio. En aquellos casos en que el perfil lingüístico tenga el carácter de mérito no podrá valorarse en ningún caso la acreditación presentada en este momento del proceso. Quinto .– Cuando los aspirantes propuestos que figuren en el anexo I, no hubieran podido presentar la documentación a la que se hace referencia en el apartado 10.7.2 de las bases generales, al no estar incluidos en el anexo I de la relación provisional de aspirantes que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, dispondrán del mismo plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución, para presentar la documentación, mediante fotocopia compulsada, de acuerdo con la forma prevista en la citada base 10.7.3. Sexto .– Conforme a lo previsto en el apartado 11.2 de las bases generales que rigen el proceso selectivo, el personal interino y contratado administrativo incluido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que acceda a la condición de personal estatutario fijo consolidará el destino desde el cual participa en la presente modalidad de acceso, quedando adscrito al mismo de manera definitiva. No será preciso, por tanto, que realicen la elección de destino prevista en el resuelvo tercero. Séptimo .– Al amparo de lo establecido en el apartado 14 de las bases generales, los aspirantes interesados dispondrán de un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para interponer recurso de alzada ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de mayo de 2008. El Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JOSÉ ANDRÉS BLASCO ALTUNA. RELACIÓN DEFINITIVA DE ASPIRANTES CON DESTINO FAC. ESP. MÉDICO PEDIATRÍA HOSPITALARIA – INFECCIOSOS NAN IZEN-ABIZENAK OPOSIZIOA LEHIAKETA HE GUZTIRA DNI NOMBRE Y APELLIDOS OPOSICION CONCURSO PL TOTAL 30557428 Garrote Llanos, M.ª Isabel 87,0000 41,8200 128,8200
ESKAINITAKO DESTINOEN ZERRENDA RELACIÓN DE DESTINOS OFERTADOS CATEGORÍA: FAC. ESP. MÉDICO PEDIATRÍA HOSPITALARIA - INFECCIOSOS PUESTO FUNCIONAL: FAC. ESP. MÉDICO PEDIATRÍA HOSPITALARIA - INFECCIOSOS ZERBITZU ERAKUNDEA DESTINOA DESTINO KOP. HIZKUNTZ-ESKAKIZ. DERRIGOR. DATA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DESTINO N.º DESTINOS PERFIL LINGÜÍST. FECHA PRECEPT. Basurtuko Ospitalea Zentrorik gabe 1 2 Hospital Basurto Sin centros RESUELVO:
I. ERANSKINA / ANEXO I
DESTINOA LORTZEN DUTEN HAUTAGAIEN BEHIN BETIKO ZERRENDA
FAK. ESP. OSPITALE-PEDIATRIAKO ETA INFEKZIOSOETAKO MEDIKUA
IREKIA/ LIBRE
III. ERANSKINA / ANEXO III
KATEGORIA: FAK. ESP. OSPITALE-PEDIATRIAKO ETA INFEKZIOSOETAKO MEDIKUA
LANPOSTU FUNTZIONALA: FAK. ESP. OSPITALE-PEDIATRIAKO ETA INFEKZIOSOETAKO MEDIKUA
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