
N.º 67, miércoles 9 de abril de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
2083
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 33/2008.
Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: juicio verbal L2 33/2008.
Parte demandante: Congelados Bedarona, S.L.
Parte demandada: Jesús Pablo González Santolaya.
Sobre: J. verbal.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N.° 46/08
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2008.
Vistos por D.ª Lourdes Prado Cabrero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vitoria-Gasteiz y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal n.° 33/2008, seguido a instancia de Congelados Bedarona, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Frade y defendida por el Letrado Sr. Betrán, contra D. Jesús Pablo González Santolaya en calidad de administrador único de la empresa Pablo y Nerea, S.L., que no comparece a pesar de haber sido citado en forma legal, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sra. Frade, en nombre y representación de Congelados Bedarona, S.L. contra D. Jesús Pablo González Santolaya como administrador único de la empresa Pablo y Nerea, S.L., debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 1.666,17 euros por las mercancías suministradas y no pagadas, con los intereses del artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente resolución. Procede la expresa condena en costas a la parte demandada.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Llévese testimonio de esta sentencia a los autos y archívese el original en el Libro de Sentencias.
Así lo acuerda, manda y firma doña Lourdes Prado Cabrero, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de Vitoria-Gasteiz.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOPV para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2008.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
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