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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, viernes 4 de abril de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Barakaldo
1953

EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 1098/07 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 6 de Barakaldo (Bizkaia).

Juicio: J. verbal desh. L2 1098/07.

Demandante: Manuel Gomez Valiño.

Abogado: Gomez Zorrilla, Jose Luis.

Procurador: Arantza Zabala Gil.

Demandado: Maria Teresa Huerga Guerrero.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado el 13-02-2008 sentencia cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Estimar sustancialmente la demanda presentada por la Procuradora Dña. Arantza Zabala Gil en nombre y representación de D. Manuel Gomez Valiño, condenando a Dña. M.ª Teresa Huerga Herrero al pago a aquel de la cantidad de ocho mil seiscientos treinta y tres euros con noventa y seis céntimos de euro (8.633,96), de los intereses en los términos expuestos en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 10 de octubre de 2005, acordando el desahucio y condenando a Dña. M.ª Teresa Huerga Herrero, a dejar libre y expedita la vivienda sita en la calle La Florida n.° 6 10.° derecha de Barakaldo, si bien este último pronunciamiento se tiene por cumplido, y todo ello con expresa imposición de costas a la misma.

Líbrese exhorto al SCAC a fin de que procedan a dejar sin efecto la fecha señalada para el lanzamiento de la vivienda.

En aplicación de lo dispuesto por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Bizkaia, en su caso, se habrá de preparar por escrito con firma de Abogado y dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente a su notificación, tramitándose de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y concordante s de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

Líbrese testimonio de la presente sentencia que se unirá a los presentes autos, quedando el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Maria Teresa Huerga Guerrero y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Barakaldo (Bizkaia), a 28 de febrero de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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