
N.º 57, miércoles 26 de marzo de 2008
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Transportes y Obras Públicas
1747
ORDEN de 18 de febrero de 2008, de la Consejera de Transportes y Obras Públicas, por la que se somete a información pública y oficial el Avance de la Revisión del 2.º Plan General de Carreteras del País Vasco.
Mediante Decreto 250/1999, de 8 de junio, se aprobó el 2.º Plan de Carreteras del País Vasco, correspondiente al período 1999-2010. De conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, el Plan General de Carreteras del País Vasco tendrá una duración de 12 años, prorrogable mediante revisión.
Por ello, este Departamento de Transportes y Obras Públicas, previo examen de las propuestas formuladas por la Comisión del Plan General de Carreteras, y en coordinación con las Diputaciones Forales y con los demás órganos administrativos competentes en las áreas de ordenación territorial y medio ambiente, transporte, tráfico y economía, ha redactado el Avance de la Revisión del 2.º Plan General de Carreteras, correspondiente al período 2005-2016, que contiene las previsiones, objetivos, prioridades y mejoras a realizar como mínimo en la Red Objeto del Plan.
El Plan General de Carreteras constituye el instrumento fundamental de ordenación y coordinación de la política sectorial de las Administraciones públicas vascas en materia de carreteras, y tiene, a los efectos de inserción y articulación con los demás instrumentos de planificación, el carácter de Plan Territorial Sectorial, por lo que, una vez aprobado, los instrumentos de planeamiento general y especial de los municipios y áreas urbanísticas afectados deberán adaptarse a sus determinaciones y prioridades.
El Avance de la Revisión del Plan ha sido informado favorablemente por la Comisión del Plan General de Carreteras, en sesión celebrada el 31 de mayo de 2007.
Procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartados 3 y 4 de la Ley 2/1989, de 30 de mayo, reguladora del Plan General de Carreteras del País Vasco, someter a información pública la documentación del Avance y, simultáneamente, dar audiencia a las Administraciones Públicas interesadas, para que puedan formular sus observaciones y sugerencias.
Por lo expuesto, y en ejercicio de la competencia establecida en el citado artículo 12.3 de la Ley 2/1989, en relación al artículo 16.1.b del Decreto 8/2005, de 27 de junio, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos,
DISPONGO:
1.– Someter al trámite de información pública la documentación del Avance del 2.º Plan General de Carreteras del País Vasco, al objeto de que durante el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, puedan formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas por los particulares y asociaciones interesados.
Durante el referido plazo, la documentación estará a disposición del público, para su examen, en la Dirección de Infraestructura del Transporte, Departamento de Transportes y Obras Públicas, en Vitoria-Gasteiz, c/ Donostia-San Sebastián n.º 1, y en la página web de Internet www.euskadi.net, en el apartado del Departamento de Transportes y Obras Públicas.
2.– Dar audiencia a todas las Administraciones Públicas territoriales y demás entidades interesadas, para que, en el plazo de dos meses a partir de la notificación o, en su caso, publicación de la presente Orden, puedan formular sus observaciones y sugerencias.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2008.
La Consejera de Transportes y Obras Públicas,
NURIA LÓPEZ DE GUEREÑU ANSOLA.
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