
N.º 46, miércoles 5 de marzo de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 11 de Bilbao
1374
EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 708/07 seguido sobre desahucio por falta de pago.
Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Bilbao (Bizkaia).
Juicio: verbal desahucio 708/07.
Demandante: Aitor Elorza Florido.
Abogado: Fernandez Santamaria, Luis.
Procurador: German Ors Simon.
Demandado: Maria del Mar Barredo Madariaga y Mohamed Bel Mahmound.
En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Se estima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ors, en nombre y representación de Aitor Elorza Florido, contra Maria del Mar Barredo Madariaga y contra Mohamed Bel Mahmound, y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a las partes, condenando a los demandados a que, dentro de término legal, deje libre y expedito la vivienda sita en la c/ San Francisco, 59, 3.º izda., de Bilbao, bajo apercibimiento de lanzamiento, en su caso, si así no lo verifica.
Asimismo se condena a los codemandados a pagar al actor la cantidad de 2.729,39 euros, adeudados a fecha de presentación de la demanda, que devengarán los intereses señalados en el Fundamento Jurídico Segundo de esta Sentencia, así como a las cantidades que se devenguen desde entonces hasta el desalojo de la vivienda.
Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados Maria del Mar Barredo Madariaga y Mohamed Bel Mahmound y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.
El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Bilbao (Bizkaia), a 22 de enero de 2008.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
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