
N.º 33, viernes 15 de febrero de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Bilbao
984
EDICTO dimanante del procedimiento n.º 751/06 seguido sobre modificación de medidas.
Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Bilbao (Bizkaia).
Juicio: Mod. med. defin. L2 751/06.
Parte demandante: Juan Bosco Martinez Gutierrez.
Parte demandada: Ana Isabel Barbudo Romeo.
Sobre: L10 modificación medidas.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
SENTENCIA N.º 29
Juez que la dicta: D. Francisco Benito Alonso.
Lugar: Bilbao (Bizkaia).
Fecha: quince enero de dos mil ocho.
Parte demandante: Juan Bosco Martinez Gutierrez.
Abogado: Lydia Brancas Escartin.
Procurador: Alfonso Bartau Rojas.
Parte demandada: Ana Isabel Barbudo Romeo.
Objeto del juicio: L10 modificación medidas.
FALLO
Que, estimando la demanda interpuesta por D. Juan Bosco Martinez Gutierrez representado por el Procurador Sr. Bartau Rojas, debo modificar y modifico el Convenio Regulador de fecha 24 de diciembre de 2000, homologado por Sentencias de este mismo Juzgado de fechas 09-02-2001 y 21-09-2005, en sus Estipulaciones Segunda, párrafo 1.º y Tercera, párrafo 2.º, las cuales quedan sustituidas por las siguientes medidas definitivas:
Primera.– Se atribuye a D. Juan Bosco Luis Martinez Gutierrez la guarda y custodia de Maite y David.
Segunda.– Queda sin efecto la obligación de alimentos a cargo del Sr. Martinez Gutierrez establecida en la Estipulación Tercera, párrafos 2.º y 3.º del Convenio Regulador de fecha 24-12-2000 antes citado.
No se hace especial condena en cuanto a las costas de la instancia.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación.– Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 16 de enero de 2008.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOPV y en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Bilbao (Bizkaia), a 23 de enero de 2008.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
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