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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 23, viernes 1 de febrero de 2008


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Disposiciones Generales

Transportes y Obras Públicas
651

ORDEN de 15 de enero de 2008, de la Consejera de Transportes y Obras Públicas, por la que se autoriza a la empresa «Funicular de Artxanda, S.A.», a aplicar nueva tarifa en los servicios de transporte prestados por los ascensores del Puente de La Salve dentro del término municipal de Bilbao.

El artículo 10.32 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de transporte por cable que discurra íntegramente en el territorio del País Vasco, habiéndose procedido al traspaso de funciones y servicios mediante Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto, puesto en relación con la disposición transitoria segunda del citado Estatuto de Autonomía.

La elevación de los costes de explotación del servicio de transporte por cable, prestado por la empresa «Funicular de Artxanda, S.A.» en los ascensores del Puente de La Salve dentro del término municipal de Bilbao, aconseja revisar las tarifas actualmente en vigor.

Vista la solicitud formulada por la citada empresa, la documentación aportada por la misma y los criterios arriba expuestos, y en ejercicio de las competencias que me confiere el Decreto 20/2002, de 15 de enero, en relación al artículo 26 del Decreto 673/1966, de 10 de marzo,

RESUELVO:

Artículo 1.– Autorizar a la empresa «Funicular de Artxanda, S.A.» a fijar el precio del billete ordinario, en los ascensores del Puente de La Salve, en la cantidad de veintiocho céntimos de euro (0,28), incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Seguro Obligatorio de Viajeros.

Artículo 2.– Se establece en diecisiete céntimos de euro (0,17) el precio de cancelación por viaje con el uso del Creditrans, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Seguro Obligatorio de Viajeros.

Artículo 3.– La presente Orden agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2008.

La Consejera de Transportes y Obras Públicas,

NURIA LÓPEZ DE GUEREÑU ANSOLA.


Análisis documental