
N.º 15, martes 22 de enero de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Barakaldo
428
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 470/07, seguido sobre desahucio por falta de pago.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA N.° 191/2007
Juez que la dicta: D.ª Cristina García Quesada.
Lugar: Barakaldo (Bizkaia).
Fecha: tres de octubre de dos mil siete.
Parte demandante: Manuel Peralta Sáez.
Abogado: Ángel Antonio Freijo Ruiz.
Procurador: Susana Canduela Alba.
Parte demandada: Isneide de Araujo Marques y Sidimeire Dos Santos.
Abogado.
Procurador.
Objeto del juicio: desahucio por falta de pago.
FALLO
Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones debo declarar y declaro resuelto el contrato celebrado el día 1 de mayo de 2004 entre la parte actora y Sidimeire Dos Santos e Isneide de Araujo debo declarar y declaro el desahucio de las mismas de la vivienda sita en la calle Blas de Otero, n.º 9 - 1.º de Sestao, y debo condenar y condeno a estar y pasar por dicha declaración a las mismas e igualmente a abandonar, dejando libre y a la entera disposición de la demandante dicha vivienda y apercibiéndole que, de no verificarlo en el plazo que se le señala, se procederá a su lanzamiento judicial, con expresa imposición de costas a las codemandadas.
Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones incluyéndose en el Libro de Sentencias.
Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se preparará en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación a las partes.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Sidimiere Dos Santos, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Barakaldo (Bizkaia), a 12 de diciembre de 2007.
EL/LA SECRETARIO.
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