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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 12, jueves 17 de enero de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Donostia-San Sebastián
331

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1067/05.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Donostia-San Sebastián.

Juicio: Pro. ordinario L2 1067/05.

Demandante: Salva Industrial, S.A.

Abogado: Tuduri Esnal, Francisco.

Procurador: Maria Begoña Álvarez López.

Demandado: Luís Álvarez Campos, Raquel Ventura Dolz, Diego Enguidanos Franch, Héctor Enguidanos Franch, Nuria Enguidanos Franch y Europan, S.L.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales D.ª Maria Begoña Álvarez López, en nombre y representación de Salva Industrial, S.A., frente a Europan, S.L., D. Luis Álvarez Campos, D.ª Raquel Ventura Doiz, D.ª Nuria Enguidanos Franch, D. Héctor Enguidanos Franch, y D. Diego Enguidanos Franch, a quienes condeno:

1.– A pagar solidariamente a Salva Industrial, S.A. la cantidad de 37.219,65 euros.

2.– A pagar los intereses legales a partir del dos de julio de dos mil cuatro, fecha en la que se dio por vencida la totalidad de la deuda.

3.– Al pago de las costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Gipuzkoa (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por ésta mi sentencia, que se notificará a las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Europan, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Donostia-San Sebastián, a 4 de diciembre de 2007.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental