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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 235, viernes 7 de diciembre de 2007


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Getxo
6844

EDICTO dimanante de juicio de cognición n.º 419/00 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Getxo (Bizkaia).

Juicio: Juicio cognición 419/00.

Demandante: Trinidad Fernandez Valverde.

Abogado: D. Iñaki Mujika.

Demandado: Jose Luis Aldekoa Capon y herederos de Sancho Aldekoa, Felix Arrieta y familia Arancibia,

Sobre: reclamación cantidad.

En el referido juicio se ha dictado en fecha 30-12-2004 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. Trinidad Fernandez Valverde contra los herederos de D. Aldecoa Sancho (D. Jose Luis Aldekoa Capon, Dña. Maria Josefa Capon Vicent y D. Rafael Aldecoa Capon), D. Felix Arrieta, y de la familia Arancibia, debo absolver y absuelvo a los citados demandados de los pedimentos formulados de contrario, imponiendo a la parte actora el abono de las costas causadas en esta instancia.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados D. Felix Arrieta y familia Arancibia y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Getxo (Bizkaia), a 5 de noviembre de 2007.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


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