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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 213, martes 6 de noviembre de 2007


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
6044

ORDEN de 18 de septiembre de 2007, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la ampliación de unidades de 2.º ciclo de Educación Infantil y la reducción de unidades de 1.º ciclo de Educación Infantil, al centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa María-Hijas de Cruz" de Santurtzi (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Santa María-Hijas de Cruz" de Santurtzi (Bizkaia), en solicitud de autorización para la ampliación de una unidad de 2.º ciclo de Educación Infantil y la reducción de una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil, en dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado por la Delegación Territorial de Educación de Bizkaia, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Decreto 215/2004, de 16 de noviembre (BOPV del 19), por el que se establecen los requisitos mínimos de las Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años, y se mantiene la vigencia de determinados artículos del Decreto por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños y niñas de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los cursos 2002-2003 y 2003-2004, y demás legislación vigente aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza, a partir del curso escolar 2007-2008, la ampliación de una unidad de 2.º ciclo de Educación Infantil y la reducción de una unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil, al centro docente que se describe a continuación:

N.º de código: 48007351.

Denominación específica: "Santa María-Hijas de Cruz".

Titular: Hijas de la Cruz.

Domicilio: Sabino Arana, 1.

Municipio: Santurtzi.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Autorización:

– Ampliación de 1 unidad de 2.º ciclo de Educación Infantil.

– Reducción de 1 unidad de 1.º ciclo de Educación Infantil.

Composición resultante:

– Educación Infantil 1.º Ciclo: 3 unidades con capacidad cada una de ellas para 8, 13 o 18 puestos escolares, según se trate de alumnos/as menores de un año, de uno a dos años, o de dos a tres años respectivamente.

– Educación Infantil 2.º Ciclo: 4 unidades con capacidad para 100 puestos escolares.

– Educación Primaria: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.

– Educación Especial: 4 unidades.

– Educación Secundaria Obligatoria: 10 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

– Formación Profesional:

• Familia Administración:

– Ciclo Formativo de Grado Medio de "Gestión Administrativa". Capacidad: 1 ciclo.

– Ciclo Formativo de Grado Superior de "Secretariado". Capacidad: 1 ciclo.

Artículo 2.– El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a la titulación del profesorado destinado a la unidad autorizada por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Artículo 3.– El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre y las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– El otorgamiento de la autorización contenida en la presente Orden no implica, en modo alguno, la obtención de ayudas a través del régimen de conciertos educativos.

Segunda.– Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de septiembre de 2007.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.


Análisis documental