
N.º 144, viernes 27 de julio de 2007
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Sanidad
4262
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2007, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se conceden subvenciones destinadas a Asociaciones sin ánimo de lucro, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que trabajan en el campo del sida.
La Orden de 3 de abril de 2007, del Consejero de Sanidad, por la que se convocan subvenciones destinadas a Asociaciones sin ánimo de lucro, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que trabajan en el campo del sida, dispone que dichas ayudas serán otorgadas por Resolución del Viceconsejero de Sanidad.
De acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión nombrada al efecto por la Orden del Consejero de Sanidad, en su reunión del 6 de julio de 2007, se efectúa la distribución de doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos ochenta (298.480,00) euros, de la partida presupuestaria destinada al efecto, de conformidad con los criterios recogidos en la citada Orden de convocatoria,
RESUELVO:
Primero.– Conceder a las Asociaciones que a continuación se reseñan las siguientes subvenciones:
Elkartea / Asociación	Euroak / Euros
Asociación Gitana Gao Lacho Drom	3.500,00	
Asociación Gizarterako	2.000,00	
Comisión Ciudadana Anti-sida de Álava	25.800,00	
Asociación Txo Hiesa	7.200,00	
Aldarte Centro de Atención a Gays y Lesbianas	3.100,00	
Asociación Askabide	6.600,00	
Asociación Hegoak Alde	3.100,00	
Asociación Itxarobide	5.100,00	
Asociación Ciudadana de Lucha contra el Sida, T4	38.800, 00	
Caritas Diocesana de Bilbao	10.700,00	
Comisión Ciudadana Anti-sida de Bizkaia	119.900,00	
EDEX, Centro de Recursos Comunitarios	1.500,00	
Fundación ADSIS	1.400,00	
Fundación Etorkintza Elkargoa	780,00	
Fundación Gizakia	700,00	
Asociación Zubietxe	1.400,00	
Médicos del Mundo	12.000,00	
Asociación Ciudadana Anti sida de Gipuzkoa	27.700,00	
Asociación Vasca Terapia Gestalt Zimentarri-Centro Aukera	 18.000,00	
Gehitu	2.100,00	
EHGAM Gipuzkoa	3.600,00	
Asociación Anti-sida de Oiartzun-Harribeltza	3.500,00	
	298.480,00	
Segundo.– Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente.
En Vitoria-Gasteiz, a 10 de julio de 2007.
El Viceconsejero de Sanidad,
RAFAEL CERDÁN ARANDIA.
RSS