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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 86, lunes 7 de mayo de 2007


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Vivienda y Asuntos Sociales
2532

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2007, del Director de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda, por la que se adjudican los beneficios de la «promoción concertada de 45 viviendas de protección oficial de régimen general en el sector IV Karpo en Areatza (Bizkaia)» (12/06).

Habiéndose emplazado convocatoria pública mediante Resolución publicada en el BOPV n.º 210 de fecha 3 de noviembre de 2006, procede, una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, resolver sobre el mismo.

En su virtud,

RESUELVO:

Adjudicar los beneficios de la promoción y construcción de 45 viviendas de protección oficial de régimen general, y sus anejos vinculados, además de locales comerciales en el municipio de Areatza (Bizkaia), en el sector residencial VPP IV Karpo, a la entidad «Construcciones Urrutia, S.A.» en los siguientes términos:

1.– Beneficios concurrentes en la promoción:

– Constitución de derecho de superficie con la siguiente contraprestación: abono al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, en la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública, la cantidad de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12) por la cesión del derecho de superficie, más el IVA correspondiente (la base imponible de la constitución del derecho de superficie, a los efectos del cálculo del IVA será la parte proporcional del coste del terreno urbanizado cedido, incluida en su caso, la amortización de la urbanización cedida. Esta parte proporcional se determina en el setenta por ciento).

Promoción	Coste de suelo + urbanización	70,00 %

Sector residencial VPP IV Karpo, municipio de Areatza (Bizkaia), con destino a la 	950.902,76 euros	665.631,94 euros

promoción concertada de 45 viviendas de protección oficial de régimen general y sus

anejos vinculados	

La formalización del derecho de superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el pliego de condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.

Construcciones Urrutia, S.A. renuncia expresamente al cien por cien de las subvenciones posibles.

Igualmente, Construcciones Urrutia, S.A. aportará un canon de rentabilidad de tres mil quinientos (3.500,00) euros por vivienda, concretamente, ciento cincuenta y siete mil quinientos (157.500,00) euros, cantidad que será abonada conjuntamente con seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12) por la cesión del derecho de superficie de Areatza, más el IVA correspondiente (la base imponible de la constitución del derecho de superficie, a los efectos del cálculo del IVA será la parte proporcional del coste del terreno urbanizado cedido, incluida en su caso, la amortización de la urbanización cedida. Esta parte proporcional se determina en el setenta por ciento). El citado canon de rentabilidad estará excluido de IVA.

2.– Precios máximos de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, trasteros y garajes vinculados:

El precio de viviendas de protección oficial, y sus anejos vinculados, que se aplicará por parte del adjudicatario a los/as compradores/as será el precio máximo vigente en el momento de la concesión de la calificación provisional, siempre que ésta se solicite dentro del plazo establecido en la resolución de adjudicación. En caso contrario, se aplicará el precio máximo vigente en la fecha de la resolución de adjudicación.

(En las viviendas de protección oficial de régimen general de baja densidad y en las de superficie útil igual o inferior a setenta y cinco metros cuadrados de nueva construcción se incrementará el precio de la vivienda un diez por ciento).

Cuantía máxima de préstamo cualificado por metro cuadrado a conceder al promotor: el que resulte de aplicar lo dispuesto en la normativa vigente sobre medidas financieras en materia de vivienda.

3.– Plazo de ejecución:

En el plazo máximo de tres meses, a contar desde la adjudicación del concurso público, el superficiario deberá presentar el proyecto básico para la obtención de la calificación provisional. No debiendo superarse el plazo de 6 meses para la consecución de las mismas desde la adjudicación.

En el plazo máximo de 30 meses, a contar desde la concesión de la calificación provisional, el superficiario deberá finalizar las obras de construcción de las edificaciones y solicitar la calificación definitiva de viviendas de protección oficial.

4.– Características técnicas de la promoción.

Las especificadas en la oferta presentada conforme a los pliegos de condiciones técnicas y jurídicas y de cláusulas administrativas.

5.– Condiciones de los adquirentes de las viviendas en primera transmisión.

Tanto los requisitos mínimos a cumplir por los adquirentes de las viviendas en primera transmisión, como el procedimiento para su selección se determinará mediante el procedimiento señalado en la Orden de 16 de diciembre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de 14 de junio de 2002 sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección Oficial. Orden de 26 de noviembre de 2004, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales de segunda modificación de la Orden de 14 de junio de 2002 sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección Oficial.

6.– En las bases de la convocatoria pública se establece que: «la clasificación vendrá determinada por el presupuesto de ejecución de la promoción en cuestión.»

En la oferta presentada por «Construcciones Urrutia, S.A.» el presupuesto de ejecución de la promoción es de cinco millones veinticinco mil cuatrocientos cuarenta y cinco (5.025.445,00) euros.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de marzo de 2007.

El Director de Planificación y

Procesos Operativos de Vivienda,

FRANCISCO JAVIER BURÓN CUADRADO.


Análisis documental