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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 86, lunes 7 de mayo de 2007


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Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Bizkaia
2524

EDICTO dimanante del juicio de menor cuantía n.º 179/06.

Audiencia Provincial de Bizkaia-Sección 3.ª.

Recurso: R. menor cuantía 179/06.

Recurrente: Construcciones Pablo Escudero, S.A.

Abogado: D. Jauregui Beraza, Juan Carlos.

Procurador: D.ª Carmen Miral Oronoz.

Recurridos: Portnuinver, S.L., Fundación Manuel Calvo, José Domínguez Pereira, Emilio Carrasco Pérez, Andamiajes Sendo, S.A., Caja Madrid y Gran Hotel de Portugalete, S.A.

Recurridos no personados: North Lease, S.L., Talde, S.A. Hormigones, Juan Manuel Ituarte Tellaeche y persona física/jurídica afectada en pto. ejecutivo n.° 635/95 del Jdo. de l.ª Instancia n.° 1 de Barakaldo.

Sobre: reclamación de cantidad

En el referido recurso se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Con desestimación del recurso de apelación planteado por la representación procesal de Construcciones Pablo Escudero, S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de l.ª Instancia n.° 1 de Barakaldo, en fecha 02-11-2005, en autos de Menor Cuantía n.° 657/99 y de que este rollo dimana, debemos confirmar como confirmamos la resolución recurrida con expresa imposición al apelante de las costas devengadas en esta segunda instancia.

En atención al desconocimiento de los actuales domicilios de los apelados: Andamiajes Sendo, S.A., Gran Hotel de Portugalete, S.A., North Lease, S.L., Talde, S.A. Hormigones, D. Juan Manuel Ituarte Tellaeche y de D./D.ª persona física/jurídica afectada en pto. ejecutivo n.° 635/95 del Jdo. de l.ª Instancia n.° 1 de Barakaldo y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Bilbao, a 12 de marzo de 2007.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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