
N.º 3, jueves 4 de enero de 2007
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Cultura
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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2006, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Orden de 21 de junio de 2006, de la Consejera de Cultura, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la promoción de la Danza.
ANTECEDENTES:
1.– La Orden de 21 de junio de 2006, de la Consejera de Cultura, realizaba la convocatoria de ayudas para la promoción de la danza y en su artículo 2, fijaba el importe global de dichas ayudas en la cantidad de ciento ochenta y dos mil euros (182.000,00).
2.– Asimismo, en la Disposición Adicional de la misma Orden se preveía lo siguiente:
"Los importes consignados en el artículo 2 podrán ser modificados, por Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Cultura, y con carácter previo a la resolución de los mismos. La mencionada Resolución deberá ser publicada en el BOPV".
3.– Con fecha 7 de septiembre de 2006 quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas y comenzó el proceso de registro y cuantificación de las solicitudes presentadas. A lo largo de este periodo se ha constatado que el número de proyectos y las cantidades solicitadas en algunas de las modalidades convocadas haría aconsejable un incremento de la cantidad destinada a dicha modalidad.
4.– Dado que existe en este momento disponibilidad presupuestaria,
Por todo ello,
RESUELVO:
Primero.– Incrementar en 24.000,00 euros el importe global máximo destinado en la Orden de 21 de junio de 2006, de la Consejera de Cultura, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la promoción de la Danza.
Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 2 de dicha convocatoria, queda fijada en doscientos seis mil euros (206.000,00).
Segundo.– El incremento fijado en el artículo anterior se distribuirá de la siguiente forma: la modalidad de Creación coreográfica se incrementará en tres mil euros (3.000,00), la modalidad de Giras artísticas se incrementará en nueve mil euros (9.000,00) y la modalidad de Organización de actividades de formación se incrementará en doce mil euros (12.000,00).
Tercero.– Publicar la presente Resolución en el BOPV.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV ante la Consejera de Cultura.
Segunda.– La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2006.
El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,
GURUTZ LARRAÑAGA ZUBIZARRETA.
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