
N.º 247, viernes 29 de diciembre de 2006
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Vivienda y Asuntos Sociales
6556
ORDEN de 29 de diciembre de 2006, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se da publicidad a las modificaciones de importes de determinados créditos consignados para la financiación de ayudas para actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo 2006.
De acuerdo con la normativa actualmente en vigor en materia de vivienda y suelo, en la que se indica la obligatoriedad de dar publicidad, anualmente, en el Boletín Oficial del País Vasco, a los importes de los créditos presupuestarios consignados para la cobertura financiera de diversas líneas de ayudas en materia de vivienda y suelo, se publicó la Orden de 21 de junio de 2006, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se dio publicidad a los importes de los créditos asignados para la financiación de ayudas de diversas actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo 2006.
Dicha Orden fue publicada en el BOPV número 124, de 30 de junio de 2006 y contemplaba el destino de 78.290.440 euros o la cifra que resultara de su actualización, en el caso de que se aprobaran modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.
Pues bien, dichas circunstancias se han producido para los casos de las ayudas para la adquisición de vivienda libre usada; la rehabilitación de viviendas y edificios; la promoción de viviendas protegidas en alquiler y, finalmente, las ayudas para compra y urbanización de suelo y ayudas para la formación de patrimonios municipales de suelo con destino a vivienda protegida.
Analizando las modificaciones producidas en los estados iniciales de créditos presupuestados, se observa la reducción en las cifras iniciales contempladas en vivienda libre usada, al pasar de la consignación inicial de 400.000 euros a la definitiva de 254.000 euros.
En el caso de las ayudas a la rehabilitación se pasa de unos créditos presupuestarios iniciales de 16.400.000 euros a la consignación presupuestaria definitiva de 15.800.000 euros.
Para las ayudas previstas a la promoción de viviendas protegidas en alquiler el presupuesto final pasa a situarse en 5.606.293,55 euros, en créditos de pago y compromiso, desde los 12.000.000 euros de su consignación presupuestaria inicial.
Finalmente, también se registra un decremento en las dotaciones presupuestarías finales destinadas a cubrir las ayudas a la compra y urbanización de suelo y a la formación de patrimonios municipales de suelo con destino a vivienda protegida. En el primero de los casos, los créditos pasan de 500.000 euros iniciales a 250.475,54 euros en el presupuesto final. En el segundo de los casos, el presupuesto final, pasa a situarse en 0,00 euros, desde los 100.000 euros de su presupuesto inicial.
Al objeto de dar publicidad a las modificaciones producidas en los términos comentados, se procede a la publicación de la presente Orden.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, y sobre la base normativa en materia de vivienda y suelo, en vigor,
DISPONGO:
1.– Dar publicidad a las modificaciones en los créditos de pago destinados a dar cobertura financiera a las líneas subvencionales en materia de adquisición de vivienda libre usada y rehabilitación de viviendas y edificios, en el ejercicio 2006, que se describen a continuación:
Babes daitekeen jarduna Hasierako ordainketa-kreditua Egindako aldaketa Ordainketa eguneratuko kreditua
2006 2006 2006
Actuación protegible Crédito de pago inicial Variación practicada Crédito de pago actualizado
2006 2006 2006
Erabilitako etxebizitza librea eskuratzea 400.000,00 euro/euros –146.000,00 euro/euros 254.000,00 euro/ euros
Adquisición de vivienda libre usada
Birgaitzea 16.400.000,00 euro/euros –600.000, 00 euro/euros 15.800.000,00 euro/euros
Rehabilitación
2.– Dar publicidad a las modificaciones en los créditos de pago y compromiso, destinados a dar cobertura financiera a las líneas subvencionales en materia de promociones en alquiler, en el ejercicio 2006, que se describen a continuación:
Babes daitekeen jarduna 2006 2007 2008 Guztira
Actuación protegible Total
Alokairuko Sustapenak. Hasierako Zuzkidurak 6.900.000,00 2.600.000,00 2.500.000,00 12.000.000,00
Promociones en alquiler. Dotaciones Iniciales euro/euros euro/euros euro/euros euro/euros
Alokairuko Sustapenak. Bariazioak –3.672.642,72 –221.063,73 –2.500.000,00 –6.393.706,45
Promociones en alquiler. Variaciones euro/ euros euro/euros euro/euros euro/euros
Alokairuko Sustapenak. 2006ko 3.227.357,28 2.378.936,27 0,00 5.606.293,55
Azken zuzkidurak euro/euros euro/ euros euro/euros euro/euros
3.– Dar publicidad a las modificaciones en los créditos de pago, destinados a dar cobertura financiera a las líneas subvencionales en materia de compra de suelo y urbanización, que se describen a continuación:
Babes daitekeen jarduna Hasierako ordainketa-kreditua Egindako aldaketa Ordainketa eguneratuko kreditua
Actuación protegible Crédito de pago inicial Variación practicada Crédito de pago actualizado
2006 2006 2006
Lurzorua erostea eta urbanizatzea 500.000,00 euro/ euros –249.524,46 euro/euros 250.475,54 euro/euros
Compra de suelo y urbanización
4.– Dar publicidad a las modificaciones en los créditos de pago y compromiso, destinados a dar cobertura financiera a las líneas subvencionales en materia de formación de patrimonios municipales de suelo, que se describen a continuación:
Babes daitekeen jarduna 2006 2007 Guztira
Actuación protegible Total
Lurzoruaren inguruko udal-ondareak eratzea 50.000,00 euro/euros 50.000,00 euro/euros 100.000,00 euro/euros
Formación de patrimonios municipales de suelo
Aurrekontu Bariazioak –50.000,00 euro/euros –50.000,00 euro/euros –100.000,00 euro/euros
Variaciones Presupuestarias
Lurzoruaren inguruko udal-ondareak eratzea 0,00 euro/euros 0,00 euro/euros 0,00 euro/euros
Formación de patrimonios municipales de suelo
Azken Zuzkidurak/Dotaciones finales
5.– El volumen total de ayudas a conceder con cargo al ejercicio 2006 y por todas las figuras protegibles relacionadas en la Orden de 21 de junio de 2006, parcialmente modificada en los importes máximos destinables a vivienda libre usada; rehabilitación; promociones en alquiler, ayudas compra y urbanización de suelo y formación de patrimonios municipales de suelo, en los términos de los artículo 1, 2, 3 y 4 anteriores, no podrá exceder de 70.801.208,95 euros o de la cantidad que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente aplicable.
No procederá, por tanto, la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, haciéndose público el agotamiento del crédito en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.
6.– No obstante, las solicitudes que reúnan todos los requisitos para ser atendidas conforme a la regulación contenida en la normativa en materia de vivienda y suelo y que se denieguen únicamente por falta de recursos económicos, podrán ser resueltas en el ejercicio económico siguiente, siempre y cuando el solicitante dirija un escrito a la Delegación Territorial o Dirección funcional gestora correspondiente, manifestando su intención de mantener su solicitud en las mismas condiciones.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de diciembre de 2006.
El Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales,
JAVIER MADRAZO LAVÍN.
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