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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, viernes 29 de diciembre de 2006


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
6553

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2006, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2007, dentro del marco establecido por la Orden de 27 de junio de 2005 por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. Programa Innotek.

La Orden de 27 de junio de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. Programa Innotek.

De conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2007, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 13 de la Orden de referencia,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2007 de las ayudas, previstas en la Orden de 27 de junio de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de desarrollo tecnológico e innovación. Programa Innotek

2.– A su financiación se destinan 15.172.100,00 euros, con cargo al correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2007.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial. Asimismo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) contribuye a la financiación del presente Programa Innotek.

Artículo 2.– Requisitos.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 27 de junio de 2005 deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Orden de referencia.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– Asimismo, deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en las Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en el mismo Departamento y en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A (SPRI), bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Un modelo de solicitud y de formularios, que podrán utilizarse para la formulación de las solicitudes por los interesados, estará a su disposición en las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, en el mismo Departamento, en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A (SPRI) y además se podrán cumplimentar y/o descargar en la dirección de Internet: www.euskadi.net/industria y también en la Web: https://www.spri.es/idi/idi/

2.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 31 de mayo de 2007.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

De conformidad con la Orden de 12 de noviembre de 1985, del Departamento de Economía y Hacienda, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la concesión de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del ejercicio 2007.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2006.

El Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial,

JOSÉ IGNACIO TELLECHEA FERNÁNDEZ.


Análisis documental