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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 245, miércoles 27 de diciembre de 2006


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Sanidad
6482

ANUNCIO por el que se notifica a D. Joseba Iruretagoiena Irazusta la Resolución dictada el 26 de octubre de 2006 por la Directora de Salud Pública.

Mediante Resolución de fecha 26 de octubre de 2006, dictada por la Directora de Salud Pública en el expediente sancionador 9/06-G-CA, se impone a D. Joseba Iruretagoiena Irazusta, con domicilio en c./ Santa Marina 3-4.º-B de Zarautz (Gipuzkoa), una sanción de multa por importe de 60 euros como responsable de una infracción leve en materia de higiene de productos alimenticios, según lo establecido en el apartado 1.a del Capítulo V del anexo II del Reglamento (CE) 852/2004.

Intentada sin efecto la notificación de la citada resolución sancionadora al interesado, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que contra la citada resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Se le advierte que el importe de la sanción de multa deberá hacerse efectivo en el siguiente plazo: cuando la firmeza de la resolución se produzca entre los días 1 y 15 del mes, desde tal fecha hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. Cuando la resolución adquiera firmeza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de firmeza hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera. La firmeza de la resolución se producirá cuando transcurra el período de un mes para la interposición del recurso de alzada sin haberse acreditado el mismo, o, si efectivamente se interpusiera, desde la fecha en que el interesado adquiere conocimiento de su desestimación, en su caso.

El ingreso se realizará, citando el nombre del titular de la sanción y el número de expediente, en la siguiente cuenta corriente y entidad bancaria:

Caja Laboral Euskadiko Kutxa

Tesorería General del País Vasco

C/C n.º 3035 0060 47 060-0-90035-9

En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Donostia-San Sebastián, 12 de diciembre de 2006.

El Director Territorial de Sanidad de Gipuzkoa,

MANUEL ERREZOLA SAIZAR.


Análisis documental