
N.º 245, miércoles 27 de diciembre de 2006
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Otras Disposiciones
Educación, Universidades e Investigación
6462
ORDEN de 19 de diciembre de 2006, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan plazas para la realización de cursos de alemán, francés e inglés en el extranjero para alumnos y alumnas de 2.º Ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Enseñanza Secundaria Postobligatoria.
El conocimiento de un idioma extranjero se ha convertido en uno de los objetivos básicos del sistema educativo, porque contribuye, por un lado, a la formación integral del alumno/a y por otro porque es un valioso medio para el acercamiento a los diferentes ambientes culturales-sociales. Está demostrado que para adquirir un buen conocimiento de la lengua extranjera, la estancia en el país correspondiente es un complemento perfecto al estudio realizado durante el curso académico.
Sin embargo, el coste económico de estos desplazamientos y estancias está fuera del alcance de numerosas familias, por lo que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación ha diseñado este programa específico para que un mayor número de alumnos/as tenga la posibilidad de realizar una estancia en el extranjero, durante el verano, con la finalidad de aumentar el conocimiento de los idiomas alemán, francés e inglés en los países respectivos.
Para garantizar en la medida de lo posible un mejor aprovechamiento por parte de los alumnos y las alumnas participantes, la experiencia de años anteriores aconseja establecer requisitos en cuanto al rendimiento académico y a la edad del alumnado, pues la estancia en el país extranjero requiere una buena base idiomática y la formación de grupos homogéneos de aprendizaje.
Por ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y demás disposiciones de general aplicación, y a propuesta del Director de Innovación Educativa
DISPONGO:
Artículo 1.– Objeto de la convocatoria.
1.– Convocar 625 plazas para la estancia y realización de cursos en Alemania, Canadá, Francia, Reino Unido e Irlanda, durante el verano de 2007, según se especifica en el apartado siguiente, dirigidas a alumnos y alumnas de 2° ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y de Educación Secundaria Postobligatoria.
2.1.– Las plazas para el alumnado al que va dirigido esta convocatoria se distribuyen de la siguiente manera:
País e idioma	Alumnado de Álava	Alumnado de Gipuzkoa	Alumnado de Bizkaia	Total plazas
	ESO	ESPO	ESO	ESPO	ESO	ESPO	
1) Inglés en Irlanda	21	21	42	42	63	63	252
2) Inglés en Reino Unido	21	21	42	42	63	63	252
3) Francés en Francia	5	5	10	10	15	15	60
4) Alemán en Alemania	 Alumnado de ESO y ESPO en la CAV	26
5) Plurilingüe Canadá	 Alumnado de ESPO en la CAV con dominio de Inglés y Francés	35
	TOTAL PLAZAS	625
2.2.– Las personas que ocupen los cuatro primeros puestos de la Olimpiada matemática accederán, a su elección, a 4 de las plazas convocadas para alumnado de la ESO.
3.– Cada una de las plazas convocadas incluye los siguientes conceptos: viaje de ida y vuelta desde las tres capitales de la CAPV hasta el lugar del país en el que transcurrirá su estancia, el seguro de viaje, la matrícula y el material escolar del curso de idiomas al que van a asistir, el alojamiento, la manutención y el transporte urbano al centro donde se impartirá el curso. En las plazas de Canadá el alojamiento se realizará en familias de habla inglesa y para el resto de acciones de formación el idioma vehicular será el francés.
4.– Los cursos, de cuatro semanas de duración, se realizarán durante los meses de julio y agosto. No obstante, el calendario definitivo se comunicará a las beneficiarias y a los beneficiarios en las reuniones de orientación que organizará el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
5.– A efectos de organizar los cursos y la convivencia familiar, la Administración convocará y resolverá el pertinente Contrato Administrativo Especial.
6.– El importe total destinado a financiar las plazas a que se refiere la presente Orden durante el ejercicio de 2007 asciende a 1.250.000 euros.
7.– En el caso de que el expresado importe no fuera suficiente para financiar el costo de las 625 plazas ofertadas, el mismo, podrá ser aumentado en función de las disponibilidades económicas no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y con carácter previo a la Resolución de la convocatoria. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Administración y Servicios.
Artículo 2.– Requisitos.
Son requisitos para acceder a una de las plazas que se convocan por la presente Orden:
a) Ser becaria o becario de la Convocatoria General de Becas en el curso 2005-2006, Orden de 26 de julio de 2005, del Departamento de Educación, Universidades e Investigación (BOPV de 1 de septiembre de 2005).
En caso de que no se cubrieran las plazas con alumnos becarios y alumnas becarias podrán acceder, a las plazas excedentarias en cada turno y territorio, quienes no siendo becarios reúnan el resto de requisitos y alcancen mayor puntuación según el procedimiento establecido en el artículo 5.2.
b) No haber accedido a plazas para realizar cursos en el extranjero, convocadas en años anteriores por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
c) No haber obtenido subvención o ayuda para cursos de francés, inglés o alemán en el extranjero convocadas por otras Administraciones Educativas durante el curso escolar 2006-2007.
d) El/los idioma/s correspondiente/s a la plaza que se solicita debe haber sido cursado en 2004-2005 y en 2005-2006, este último en un centro de Secundaria de la Comunidad Autónoma.
e) Tener una nota mínima de 6 en el idioma solicitado y alcanzar una puntuación total igual o superior a 15 según el procedimiento establecido en el artículo 5.2.
f) Cumplir 19 años como máximo en el año 2007.
Artículo 3.– Solicitudes y documentación.
La solicitud se ajustará al modelo normalizado que figura en el anexo I de esta Orden y en la página www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net. Tal solicitud deberá ser cumplimentada introduciendo:
a) los datos personales de la solicitante o del solicitante.
b) el curso en el que está matriculada o matriculado.
c) el país solicitado por orden de preferencia (3 opciones), las solicitudes sólo tendrán validez para el país solicitado, si no constara ninguno serán nulas.
d) Para su completa validez deberá ser autorizada por el padre, la madre o el tutor o tutora legal.
Artículo 4.– Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 31 de enero de 2007.
2.– Presentación y tramitación en Centro público o privado.
a) El alumnado de centros públicos, y el de centros privados que opten por el procedimiento que se establece en este apartado, presentará la solicitud, señalada en el artículo 3, junto a la fotocopia del DNI o Pasaporte en el centro escolar en que se encuentre matriculado/a el/la solicitante.
b) El centro escolar recibirá la solicitud y entregará al interesado o a la interesada una copia sellada en la que constará la fecha de entrega.
c) El centro, mientras esté abierto el plazo de presentación de solicitudes, introducirá en la aplicación informática preparada por el Departamento los datos de la solicitud junto con la nota media y la nota del idioma o idiomas solicitados, indicará si el o los idiomas solicitados se han cursado en 2004-2005 y 2005-2006, este último en un centro de la CAPV. La nota media se calculará con dos decimales, incluyendo todas las asignaturas evaluables cursadas.
d) Transcurrido el último día de presentación de solicitudes el centro cerrará la aplicación. Una vez cerrada no podrá introducir más solicitudes.
e) En el plazo de una semana remitirá a la Jefatura Territorial de Renovación Pedagógica la documentación de todas las solicitudes recibidas junto con el listado de las solicitudes tramitadas en el centro.
f) Tal listado se obtendrá de la aplicación informática y se firmará por el Director y Secretario y en el mismo constarán los datos académicos de cada solicitante. Una copia del mismo se expondrá en el Tablón de anuncios del centro.
3.– Presentación y tramitación individual.
a) Los centros privados que opten por no aplicar el procedimiento previsto en el punto anterior deberán ponerlo en conocimiento de su alumnado.
b) El alumnado perteneciente a dichos centros requerirá al mismo la certificación académica ajustada al modelo que se recoge en el anexo II de esta Orden.
c) La Dirección del centro deberá facilitar tal certificación con la suficiente antelación para que el derecho de presentación pueda ser ejercido.
d) La persona solicitante, una vez en su poder la certificación académica, deberá presentar la misma juntamente con la solicitud del anexo I y fotocopia del DNI o Pasaporte, dentro de plazo, en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, o en cualesquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 5.– Proceso de adjudicación de plazas.
1.– El Director de Innovación Educativa constituirá una Comisión, para elaborar la correspondiente propuesta de la adjudicación de las ayudas, formada por:
- La persona responsable del Servicio de Innovación Pedagógica.
- Una o un representante del Servicio de Innovación Pedagógica.
- Una o un representante de cada una de las Jefaturas Territoriales de Renovación Pedagógica de las tres Delegaciones Territoriales de Educación, Universidades e Investigación.
2.– La Comisión propondrá al Director de Innovación Educativa las alumnas y alumnos seleccionados para cubrir las plazas en cada uno de los tres Territorios Históricos por orden de la puntuación obtenida como resultado de la suma de la nota media del curso anterior y la nota del idioma solicitado.
3.– En caso de empate decidirá el pertenecer a una unidad familiar de inferior renta anual en el último año y la mayor edad en el caso de no becarios.
4.– Ninguna alumna ni ningún alumno podrá obtener más de una plaza de las convocadas mediante la presente Orden.
5.– Si, de acuerdo con los cupos establecidos en el artículo 1, quedaran plazas sobrantes en alguno de los territorios, estas plazas se acumularán en los restantes territorios en el mismo nivel e idioma, en forma proporcional a las plazas que tengan adjudicadas. Satisfechas todas las solicitudes de ese nivel que reúnan requisitos el excedente se acumulará al otro nivel en el territorio que las tuviera adjudicadas en origen, respetando el idioma y el turno de realización.
6.– Las plazas se adjudicarán por orden de puntuación teniendo en cuenta la preferencia indicada por la solicitante o el solicitante y los requisitos de las plazas (artículos 1 y 2). Las solicitantes y los solicitantes que no obtengan plaza quedarán por orden de puntuación en listas de espera por cada idioma y nivel educativo, que en el caso de inglés y francés estarán territorializadas.
7.– En el caso de que existan renuncias, las solicitantes o los solicitantes en lista de espera accederán a aquellas plazas que resulten vacantes, siempre que reúnan los requisitos de dichas plazas.
Artículo 6.– Resolución de la convocatoria.
1.– El día 14 de febrero de 2007 se expondrá en las Delegaciones Territoriales de Educación, Universidades e Investigación y en la página Web del Departamento www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net, la relación alfabética de alumnas y alumnos solicitantes en la que, una vez aplicado el orden de preferencia solicitado, figurarán: la nota media y del idioma reconocidas y la propuesta de adjudicación de plaza o de lista de reserva y, en su caso, la de exclusión con especificación de la causa.
2.– Contra la propuesta de adjudicación o de lista de reserva y, en su caso, la de exclusión las interesadas y los interesados podrán presentar, en las Delegaciones Territoriales de Educación, reclamaciones por escrito desde el 15 de febrero hasta el día 23 de febrero de 2007, ambos incluidos.
3.– Examinadas las reclamaciones la Comisión elevará las propuestas de resolución definitivas al Director de Innovación Educativa quien resolverá la convocatoria.
Por cada país de destino y nivel educativo y se emitirá una Resolución que contendrá, desglosada por Territorio Histórico, la relación de las beneficiarias y los beneficiarios que hayan accedido a plaza. Las solicitantes y los solicitantes que no hayan obtenido plaza quedarán por orden de puntuación en listas de espera por cada idioma y nivel educativo, que en el caso de inglés y francés estarán territorializadas.
Las referidas resoluciones, así como la lista de excluidas y excluidos con la causa de exclusión, serán publicadas, el 6 de marzo de 2007, en el tablón de anuncios de las Delegaciones Territoriales de Educación, Universidades e Investigación y en la página Web del Departamento www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net.
Si en el plazo de tres meses a partir del fin del plazo de presentación de solicitudes no se ha resuelto la convocatoria según el procedimiento establecido en este artículo, las interesadas y los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes, sin perjuicio de la obligación de resolver expresamente por parte de la Administración.
4.– Contra la resolución definitiva de la convocatoria las interesadas y los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente de haberse hecho pública dicha resolución.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
A los efectos contemplados en la Orden del Departamento de Economía y Hacienda de 12 de noviembre de 1985, sobre tramitación anticipada de expedientes de gastos con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la concesión de las ayudas de la presente Orden queda condicionada a la existencia de crédito de pago adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2007.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Segunda.– Se autoriza a la Dirección de Innovación Educativa para dictar aquellas instrucciones que sean necesarias para la aplicación de la presente Orden.
En Vitoria-Gasteiz, a 19 de diciembre de 2006.
El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,
JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.
ANEXO I
SOLICITUD
(a rellenar en la página web www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net)
CONVOCATORIA DE PLAZAS PARA IDIOMAS EN EL EXTRANJERO
2.º apellido	 Nombre	
Hombre <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n
Mujer <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n
	Nacida/o (aaaa/mm/dd): …........ / ..... / …..
Domicilio: (Calle, n.º, piso y letra)	.	
Localidad...................................................... Provincia…….......…….…....... CP…......….… Tfno.....…......…......…......….
En 2006/07 cursa:		3.º ESO	 <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n 	4.º ESO	 <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n
	1.º BAC	 <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n 	2.º BAC	 <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n
	CICLO F	 <FONT FACE="Zapf Dingbats,ZapfDingbats" n
DECLARO CUMPLIR los siguientes requisitos para optar a las plazas convocadas:
1) Haber sido en el curso 2005-2006 NO haber sido	 	becario del Departamento de (Tachar lo que no proceda)	
							Educación, Universidades e Investigación
2) No haber obtenido plaza para el extranjero del Departamento de Educación en años anteriores
3) Haber cursado el idioma solicitado en 2004-2005 y 2005-2006, este último en la CAPV.
4) Poseer una nota mínima de 6 en el/los idioma/s solicitado/s y una total igual o superior a 15.
CÓDIGO DE LAS PLAZAS OFERTADAS
	Inglés	Francés	Alemán	Plurilingüe
	Irlanda	Reino Unido	Francia	Alemania	Canadá	
	01	02	03	04	05		
El número de plazas ofertadas para cada nivel (ESO / ESPO) y territorio está indicado en el artículo 1 de la Orden de convocatoria.
SOLICITO, POR ORDEN DE PREFERENCIA, las plazas cuyo código se expresa a continuación (la solicitud solo tendrá validez para las opciones solicitadas)
1.ª opción: código			2.ª opción: código		 	3.ª opción: código	
En ........................... , a ......... de
	Firma solicitante:		
										 Madre, Padre o tutor legal
AUTORIZO la presentación de la presente solicitud de participación en la convocatoria de plazas para la realización en el verano de 2007 de curso de idiomas y estancia en el extranjero.
En , a ......... de
Esta solicitud, adjuntando una fotocopia del DNI o pasaporte, se entregará en el centro del/la solicitante el cual certificará las calificaciones y la remitirá, en su día, a la correspondiente Delegación Territorial del Departamento de Educación, Universidades e Investigación
SR. DIRECTOR DE INNOVACIÓN EDUCATIVA DEL DEPARTAMENTO
DE EDUCACIÓN UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
ANEXO II
Certificación académica de las calificaciones obtenidas por la/el solicitante en el curso 2005-2006
Dña./D.	
Secretaria/o del Centro Docente:
					
CERTIFICO: que la/el solicitante Dña./D.	
…………………………………….....………………......……. con DNI n.º…………..........…...........……… y domicilio en …………………………………..............................................................……….n.º ….......… piso/letra ……........………
de ………………………………………………...........................................................……….…. CP ……..…………….
está matriculada/o en este centro en:
	ESO 2.º CICLO	BACHILLER	Form. Prof.
	3.º	4.º	1.º	2.º	
			especificar
y ha cursado el/los idioma/s ………………... en el curso 2004-2005 y en el curso 2005-2006 en el centro:
					
En el curso 2005-2006 estuvo matriculado en
	ESO 		BACHILLER
	2.º	3.º	4.º	1.º	2.º
habiendo obtenido las siguientes calificaciones:
	Calificaciones	
Asignaturas cursadas 2005/06*	Literal	Numérica
1. Idioma extranjero (**)		
2.		
3		
4		
5		
6		
7		
8		
9		
10		
11		
12		
Nota Media 2005-2006		
La Nota media se obtendrá de la división numérica del sumatorio de todas las asignaturas evaluables cursadas dividido entre el número de las mismas.
La presente certificación se emite en sustitución del procedimiento telemático previsto en el artículo 4.2 de la Orden por la que se convocan plazas para la realización de cursos de alemán, francés e inglés en el extranjero para alumnos y alumnas de 2.º Ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Enseñanza Secundaria Postobligatoria.
.................................,. a ...... de
				(Sello del Centro) (Firma del/la Secretario/a)
*Relación de todas las asignaturas evaluables del curso con su calificación incluyendo las suspensas o no presentadas.
(**) NOTA IMPORTANTE: el certificado no será válido si no se indica expresamente el/los idiomas cursados (alemán, francés o inglés)
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