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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 237, jueves 14 de diciembre de 2006


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Otras Disposiciones

Justicia, Empleo y Seguridad Social
6217

ORDEN de 21 de noviembre de 2006, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, de cese y nombramiento de inspectores para las elecciones a órganos de representación de los trabajadores en las empresas y a órganos de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas para el ámbito del Territorio Histórico de Álava.

Mediante Orden de 3 de octubre de 2006, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 204, de 25 de octubre, se dispuso el nombramiento de Dña. Rosa Moreno Corchado como inspectora encargada de garantizar la máxima fiabilidad en el proceso de elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y en los correspondientes órganos de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en el Territorio Histórico de Álava.

Por traslado de destino, Dña. Rosa Moreno Corchado no puede realizar las funciones para las que fue nombrada, por lo que se hace necesario nombrar un nuevo inspector en su sustitución.

Por todo lo anterior, y según lo dispuesto por el Capítulo IV del Decreto 237/2000, de 28 de noviembre, por el que se crea en la Comunidad Autónoma de Euskadi la Oficina Pública, su Comité y la Inspección de Elecciones Sindicales (BOPV de 26 de diciembre de 2000),

RESUELVO:

Artículo primero.– Cesar en sus funciones a Dña. Rosa Moreno Corchado como inspectora encargada de garantizar la máxima fiabilidad en el proceso de elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y en los correspondientes órganos de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en el Territorio Histórico de Álava.

Artículo segundo.– Nombrar a D. Domingo Abad Pinedo como inspector que habrá de garantizar la máxima fiabilidad en el proceso de elecciones a órganos de representación de las y los trabajadores en las empresas y en los correspondientes órganos de representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en el Territorio Histórico de Álava.

Artículo tercero.– Dejar sin efecto cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo previsto en la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Recursos.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 y de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Segunda.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su notificación al interesado.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de noviembre de 2006.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

JOSEBA AZKARRAGA RODERO.


Análisis documental