
N.º 226, lunes 27 de noviembre de 2006
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Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
5936
ORDEN de 27 de setiembre de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se declara la pérdida de los beneficios económicos de la subvención concedida a la empresa Cromados Sejos, C.B. (Ayala – Álava).
Visto el expediente sobre solicitud de subvención para la mejoras en las líneas de producción (cubas de recuperación, optimización de tiempos de escurrido), promovido por la empresa Cromados Sejos, C.B. (Ayala – Álava) de acuerdo con el Decreto 15/1992, de 4 de febrero, por el que se establecen las normas básicas para la concesión de subvenciones a empresas en materia de medio ambiente.
Resultando que la empresa Cromados Sejos, C.B. solicitó la subvención para la mejoras en las líneas de producción (cubas de recuperación, optimización de tiempos de escurrido) mediante escrito de fecha 15 de septiembre de 1997.
Resultando que por Orden de fecha 19 de diciembre de 1997 del entonces Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente se concedió una subvención a la empresa Cromados Sejos, C.B. (Ayala – Álava) por un importe de un millón trescientas sesenta y cinco mil (1.365.000) pesetas, que representaba el 15% de la inversión a realizar.
Resultando que con fecha 30 de marzo de 1998 la Viceconsejería de Medio Ambiente remitió a la empresa Cromados Sejos, C.B. (Ayala – Álava) el pliego de condiciones y garantías previsto en el artículo 9 del Decreto 15/1992, de 4 de febrero.
Resultando que, sobrepasado el plazo establecido en la Orden de fecha de 19 de diciembre de 1997, para acreditar la ejecución de la inversión subvencionada sin que se hubiera recibido en este Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio documentación alguna al respecto, e intentada sin efecto la notificación a la empresa Cromados Sejos, C.B. de dicha circunstancia, se publicó un anuncio en el BOPV n.º 133 de 13 de julio de 2006 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ayala (desde el día 27 de junio de 2006 hasta el 28 de julio de 2006) concediendo a la citada empresa el plazo de un (1) mes para la remisión de documentación al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sin que se haya recibido contestación en el plazo establecido.
Considerando que el artículo 12 del Decreto 15/1992, de 4 de febrero, por el que se establecen las normas básicas para la concesión de subvenciones a empresas en materia de medio ambiente, establece que el incumplimiento, por parte del beneficiario, de las condiciones y garantías impuestas en el pliego de condiciones y garantías dará lugar a la pérdida de los beneficios económicos de la subvención concedida.
Considerando que corresponde a este órgano la competencia para la emisión de la presente Orden en virtud de lo dispuesto en el Decreto 15/1992, de 4 de febrero, por el que se establecen las normas básicas para la concesión de subvenciones a empresas en materia de medio ambiente y en el Decreto 340/2005, de 25 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Vistos el Decreto 15/1992, de 4 de febrero, por el que se establecen las normas básicas para la concesión de subvenciones a empresas en materia de medio ambiente, el Decreto 340/2005, de 25 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa, y la demás normativa de general aplicación.
DISPONGO:
Primero.– Declarar la pérdida de los beneficios económicos derivados de la subvención concedida a la empresa Cromados Sejos, C.B. (Ayala – Álava) mediante Orden de 19 de diciembre de 1997 del entonces Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, por el incumplimiento de las estipulaciones impuestas en el pliego de condiciones y garantías de 30 de marzo de 1998.
Segundo.– Comunicar la presente Orden a la empresa Cromados Sejos, C.B., mediante su publicación en el BOPV y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ayala.
Tercero.– Contra la presente Orden que agota la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente o bien recurso contencioso–administrativo ante la Sala de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa.
Vitoria–Gasteiz, a 27 de setiembre de 2006.
La Consejera de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio,
ESTHER LARRAÑAGA GALDOS.
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