
N.º 224, jueves 23 de noviembre de 2006
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
5881
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario L2 n.º 1167/05 seguido sobre reclamación de cantidad.
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria–Gasteiz.
Juicio: Pro. ordinario L2 1167/05.
Demandante: Juan Carlos Marchena Aguirrebeitia.
Abogado: Rey Martinez, Sofia.
Procurador: Julian Sanchez Alamillo
Demandado: Maria del Puy Prosa Ruiz de Arechavaleta, Maximo Prosa Ovanos, Juan Carlos Prosa Ruiz de Arechavaleta, Maria del Carmen Prosa Ruiz de Arechavaleta y herederos desconocidos de Milagros Ruiz de Arechavaleta.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado con fecha 31–07–2006 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Sanchez, en nombre y representación de D. Carlos Marchena Aguirrebeitia, debo condenar y condeno a la herencia yacente y herederos testamentarios o legales de D.ª Milagros Ruiz de Arechavaleta Lopez de Eguilaz representada en D. Maximo Prosa Ovanos, D. Juan Carlos Prosa Ruiz de Arechavaleta, D.ª Maria del Carmen Prosa Ruiz de Arechavaleta y D.ª Maria del Puy Prosa Ruiz de Arechavaleta a restituir la porción de terreno usurpada a la finca urbana n.º 36, con una extensión de 205,355 metros cuadrados, situados en el límite suroeste de la indicada finca (de acuerdo con la descripción proporcionada en el informe del Sr. Pinzolas), retranqueándose en esa zona, quitando el cercado, cultivos o instalaciones que se encuentren en dicho terreno, y dejando el mismo a la libre disposición del actor; del mismo modo, debo condenar y condeno a la parte demandada a restituir el terreno de servidumbre de paso a su objetivo original (eliminación de la valla de entrada y del cultivo, no utilización del foso existente en el terreno gravado por la servidumbre y no almacenaje de maquinaria agrícola en el mismo), así como permitiendo el acceso del actor al depósito de gas. Con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Llévese testimonio de esta sentencia a los autos y archívese el original en el Libro de Sentencias.
Así lo acuerda, manda y firma doña Lourdes Prado Cabrero, Magistrada–Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de Vitoria–Gasteiz.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado herederos desconocidos de Milagros Ruiz de Arechavaleta y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.
El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Vitoria–Gasteiz, a 30 de octubre de 2006.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
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