
N.º 224, jueves 23 de noviembre de 2006
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Vivienda y Asuntos Sociales
5874
RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2006, del Viceconsejero de Asuntos Sociales, por la que se da publicidad al incremento de crédito para la financiación de la convocatoria de ayudas económicas para potenciar la interculturalidad en el ejercicio 2006.
Mediante Orden de 2 de junio de 2006, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se procede a convocar, para el ejercicio 2006, las ayudas para potenciar la interculturalidad, al amparo del Decreto 155/2002, de 25 de junio.
Al objeto de financiar esta convocatoria de ayuda, el artículo 3 de la citada Orden estableció una dotación global máxima de 342.920 euros.
No obstante, el citado artículo, en conformidad con el artículo 3.1.2 del Decreto 155/2002, de 25 de junio, prevé la posibilidad de modificar dicho importe teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, con carácter previo a la resolución de las mismas.
Una vez analizadas las solicitudes para acogerse al referido régimen de ayudas, y dada la importancia que éstas revisten para potenciar el conocimiento mutuo entre las diferentes culturas presentes en la CAPV, el intercambio y el fomento de una convivencia intercultural, resulta necesario ampliar la dotación destinada a financiar esta convocatoria.
De este modo, considerando la habilitación proporcionada así como la disponibilidad presupuestaria existente, se hace preciso un crédito adicional por importe de 200.000 euros.
Por todo lo expuesto anteriormente,
RESUELVO:
Artículo único.– Dar publicidad al incremento en 200.000 euros de la dotación destinada a financiar la convocatoria de ayudas para potenciar la interculturalidad, al amparo del Decreto 155/2002, de 25 de junio, cuyo convocatoria para el ejercicio 2006 se abrió mediante Orden de 2 de junio de 2006, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, quedando fijado, por tanto, el gasto máximo en 542.920 euros.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria–Gasteiz, a 20 de septiembre de 2006.
El Viceconsejero de Asuntos Sociales,
LUIS FERNANDO CONSUEGRA REVUELTA.
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