
N.º 216, lunes 13 de noviembre de 2006
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
5627
EDICTO dimanante del juicio verbal L2 n.º 80/06 seguido sobre desahucio.
Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: J. verbal desh. L2 80/06.
Demandante: Amparo Ortiz de Guzman Orive.
Abogado: Viteri Urigoitia, Sabino.
Procurador: Judith Lopez San Pedro.
Demandado: Joseba Perea Aparicio.
Sobre: desahucio por falta de pago.
En el referido juicio se ha dictado Auto aclaratorio de la Sentencia n.º 155/06 cuyos hechos y parte dispositiva es la siguiente:
AUTO ACLARATORIO
DE LA SENTENCIA N.° 155/06
En Vitoria-Gasteiz, a veintiséis de septiembre de dos mil seis.
HECHOS
Primero.– Con fecha de 18 de septiembre de 2006 se dictó Sentencia en los presentes autos de Juicio verbal de desahucio, seguidos bajo el número 80/2006.
Segundo.– Mediante escrito de 21 de septiembre de 2006, la representación procesal de D.ª Amparo Ortiz de Guzman, solicitó aclaración de la sentencia, al constar un error por omisión en sus pronunciamientos.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda estimar la pretensión de aclaración de la sentencia de fecha 18 de septiembre de 2006, rectificando el error por omisión cometido en cuanto a las rentas adeudadas, debiendo tener el Fallo de la sentencia el siguiente tenor literal: «que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Lopez, en nombre y representación de D.ª Amparo Ortiz de Guzman Orive, contra D. Joseba Perea Aparicio, se declara resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes sobre el local de garaje sito en la calle Gorbea número 4 de Legutiano (Álava), declarando el lanzamiento del demandado y condenando a éste al pago de 1.050 euros por el importe no satisfecho de rentas, y las que se devengaren durante la tramitación del presente procedimiento, con expresa imposición de costas».
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma doña Lourdes Prado Cabrero Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Vitoria-Gasteiz.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Joseba Perea Aparicio y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de 2006.
LA SECRETARIO JUDICIAL.
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