
N.º 188, lunes 2 de octubre de 2006
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Bilbao
4859
EDICTO dimanante del procedimiento L2 n.º 1026/05 seguido sobre medidas paterno-filiales.
Juzgado de Primera Instancia n.° 6 de Bilbao (Bizkaia).
Juicio: Me. hij. ex. con. L2 1026/05.
Parte demandante: Jaime Miguel Da Cruz.
Parte demandada: Beatriz Calvo Atristan.
Sobre: L09 TIT.IV-VII.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y Fallo es del texto literal siguiente:
SENTENCIA N.°
Juez que la dicta: Ilmo. Sr. D. Francisco Benito Alonso.
Lugar: Bilbao (Bizkaia).
Fecha: diecinueve de julio de dos mil seis.
Parte demandante: Jaime Miguel Da Cruz.
Abogado: Leire Bilbao Albizuri.
Procurador: Marta Arruza Doueil.
Parte demandada: Beatriz Calvo Atristan.
Abogado:
Procurador:
Objeto del juicio: L09 TIT.IV-VII.
FALLO
Que, estimando en la forma que se dirá la demanda interpuesta por D. Jaime Miguel Da Cruz frente a D.ª Beatriz Calvo Atristan, debo decretar y decreto las siguientes medidas:
Primera.– Se atribuye la guarda y custodia de Patricia, David-Miguel y Gormano a su padre, D. Jaime Miguel Da Cruz, siendo la patria potestad sobre todos ellos, compartida por ambos padres.
Segunda.– D.ª Beatriz Calvo Atristan contribuirá, en concepto de alimentos para sus tres hijos, con la cantidad resultante de aplicar el veinte por ciento a sus ingresos netos mensuales que pudiera percibir y con un mínimo mensual de cien (100) euros por cada hijo, cantidad que ingresará por meses anticipados durante los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe el Sr. Da Cruz y se actualizará anualmente, con referencia a la fecha de esta Sentencia, con arreglo a la variación que experimente el IPC que publique el INE.
Tercera.– Los gastos de carácter extraordinario que pudiera originar cualquiera de los tres hijos comunes serán sufragados por ambos padres, por mitad.
Cuarta.– Se suspende el derecho de visitas y estancias a D.ª Beatriz Calvo Atristan respecto a sus tres hijos, pudiendo, empero, comunicar con todos ellos libremente, mediante el teléfono, carta u otro medio semejante, sin interferir con ello en sus actividades escolares y de descanso.
Quinta.– No procede hacer pronunciamiento sobre el uso de la vivienda familiar, por no ser objeto de postulación específica por la actora en este especial proceso.
No se hace especial condena en cuanto a las costas de la instancia.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 28-07-2006 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOPV para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a D.ª Beatriz Calvo Atristan.
En Bilbao (Bizkaia), a 28 de julio de 2006.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.
RSS