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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 180, miércoles 20 de septiembre de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Bilbao
4699

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 328/05.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio verbal L2 328/05 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Bilbao (Bizkaia) a instancia de Arrendel, S.A. contra Jose Pablo Gonzalez de Arberas sobre N10 Juicio Verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 167/06

Juez que la dicta: D.ª Carmen Gimenez Vegas.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: veintiuno de junio de dos mil seis.

Parte demandante: Arrendel, S.A.

Abogado: Jose Ignacio Montes Sesar.

Procurador: Pablo Bustamante Esparza.

Parte demandada: Jose Pablo Gonzalez de Arberas.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: N10 Juicio Verbal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Pablo Bustamante en nombre y representación de Arrendel, S.A. contra D. Jose Pablo Gonzalez debo declarar y declaro que es propiedad de Arrendel, S.A. la totalidad de la finca:

Terreno solar con la mitad de una pared medianera, radicante en el punto llamado "Vuelta de Elorrieta", término antes de la Anteiglesia de Deusto, hoy Bilbao, que tiene una cabida de doscientos cincuenta y nueve metros y siete decímetros cuadrados y confina: por el Norte con otro terreno de D. Francisco Elejabeitia; por el Sur, con terreno y casa de la misma perteneciente a D. Atanasio Magra y a D. Alfredo Estanislao y D. Domingo-Enrique de Arberas y Garcia; por el Este, con camino antiguo de Sirga; y por el Oeste, con la carretera Bilbao a las Arenas.

No se hace imposición de costas.

Modo de impugnación: mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.– Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a 21 de junio de 2006.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jose Pablo Gonzalez de Arberas, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia), a siete de julio de dos mil seis.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental