Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 156, jueves 17 de agosto de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Durango
4183

EDICTO dimanante del procedimiento L2 n.º 533/05 seguido sobre reclamación de cantidad.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Pro. ordinario L2 533/05 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.° 3 de Durango (Bizkaia) a instancia de Groupama Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. contra Francisco Javier Gomez Paramo sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.°

Juez que la dicta: D.ª Maria Angeles Fuentes Peña.

Lugar: Durango (Bizkaia).

Fecha: doce de junio de dos mil seis.

Parte demandante: Groupama Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.

Abogado: Jose Maria Suanzes Rey.

Procurador: Francisco Javier Sanz Velasco.

Parte demandada: Francisco Javier Gomez Paramo.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Sanz Velasco en nombre y representación de Groupama Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. contra D. Francisco Javier Gomez Paramo, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 8.755,48 euros más los intereses legales desde la interpelación judicial. Asimismo, el condenado hará frente a las costas procesales.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn)

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.– Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Durango (Bizkaia), a 12 de junio de 2006.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Javier Gomez Paramo, extiendo y firmo la presente en Durango (Bizkaia), a doce de junio de dos mil seis.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental