
N.º 129, viernes 7 de julio de 2006
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Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
3526
ORDEN de 14 de junio de 2006, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se inicia el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del tramo litoral Deba-Zumaia.
La franja costera situada en el sector occidental del litoral guipuzcoano entre Haitzandi (extremo Este de la ensenada del río Deba, en Deba) y Haitzabal (en la orilla izquierda de la desembocadura del Urola, en Zumaia) comprende un tramo de acantilados de unos 8 Km de longitud con extensas plataformas de abrasión en su base. Este sector incluye elementos de valor geológico, paisajístico y naturalístico muy destacados en el conjunto de los ecosistemas litorales del País Vasco.
Destaca la geomorfología de este ámbito litoral, de gran singularidad a nivel internacional, así como la escasa alteración antropogénica que presenta la zona, debido sobre todo a su aislamiento y difícil acceso. El interés geológico es extraordinario debido a la extensión de la rasa mareal fruto de la erosión diferencial de los materiales del flysch y la presencia de una franja claramente marcada de transición entre el Cretácico y el Terciario. Existen así mismo otras transiciones muy marcadas entre otros periodos geológicos, tales como el Paleoceno-Eoceno o el Cretácico-Superior e Inferior. Estos límites poseen una enorme relevancia científica porque coinciden con importantes crisis biológicas o con cambios ambientales en la historia del Planeta.
Desde el punto de vista paisajístico, la fisiografía costera ofrece en este ámbito interesantes muestras de erosión, con valles colgados, acantilados en retroceso y, especialmente, una extensa rasa mareal. El interés naturalístico radica en la enorme diversidad de ambientes creados por la erosión y que posibilita una elevada diferenciación de nichos ecológicos y una gran diversidad vegetal y animal en la zona intermareal de la rasa.
Los valores naturales existentes en dicho espacio le hacen merecedor de su declaración como Biotopo protegido, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 16/1994, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco. No obstante, previo a dicha declaración, y de acuerdo con el artículo 19 de la citada ley, se elaborará un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales para el conjunto de esta zona, que planifique la conservación y uso de los mismos y establezca los límites territoriales de este espacio. De acuerdo con el artículo 9 de La Ley 16/1994, de 30 de junio, de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, el proceso de elaboración y tramitación del Plan debe iniciarse mediante Orden de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo 1.– Mediante la presente Orden se acuerda el inicio del procedimiento de elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales correspondiente a la zona del tramo litoral entre Deba y Zumaia.
Artículo 2.– El área del tramo litoral Deba-Zumaia, a los efectos determinados en el artículo siguiente, queda delimitada provisionalmente en el mapa que se publica como anexo a la presente Orden.
Artículo 3.– De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 16/1994, desde la entrada en vigor de la presente disposición no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos de dicho Plan.
A tal efecto, no podrá otorgarse ninguna autorización, licencia o concesión que habilite para la realización de actos de transformación de la realidad física o biológica sin informe favorable del órgano competente.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de junio de 2006.
La Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,
ESTHER LARRAÑAGA GALDOS.
Eranskina/Anexo
Deba-Zumaia arteko itsasertzeko Biotopo Babestuaren ingurua
Ámbito territorial del Biotopo Protegido del tramo litoral Deba-Zumaia
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