
N.º 124, viernes 30 de junio de 2006
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Autoridades y Personal
Agencia Vasca de Protección de Datos
3367
RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2006, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo de la Agencia Vasca de Protección de Datos reservados a personal funcionario de carrera.
La Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, configura a ésta como un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.
Dando cumplimiento al artículo 10 del Estatuto de la Agencia Vasca de Protección de Datos, aprobado mediante Decreto 309/2005, de 18 de octubre, el Director, por Resolución de 28 de noviembre de 2005 desarrolló la estructura orgánica de la Agencia, determinando sus unidades y las funciones asignadas a las mismas.
Asimismo y tras la realización del proceso de valoración, mediante Resolución de 24 de marzo de 2006, el Director aprobó la relación de puestos de trabajo de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Vacantes puestos de trabajo en la Agencia Vasca de Protección de Datos, reservados para su cobertura a personal funcionario, cuya provisión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de concurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 y siguientes de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, aprobado por Decreto 190/2004, de 13 de octubre, y en virtud de las competencias recogidas en el artículo 15.3 del Estatuto de la Agencia Vasca de Protección de Datos, aprobado mediante Decreto 309/2005, de 18 de octubre, en relación con el artículo 11.2 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero de 2004 "de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos",
RESUELVO:
Primero.– Convocar concurso específico en convocatoria unitaria para la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de esta Resolución.
Segundo.– Aprobar las bases que han de regir el citado concurso.
BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO
PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
RESERVADOS A PERSONAL FUNCIONARIO
DE CARRERA DE LA AGENCIA VASCA
DE PROTECCIÓN DE DATOS:
1.– Requisitos de participación.
1.1.– Podrá tomar parte en este concurso, siempre que cumpla los requisitos establecidos en estas bases y en el anexo I de puestos convocados, el personal funcionario de carrera de las siguientes administraciones u órganos a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero:
a) la Administración General de la Comunidad Autónoma, los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los entes públicos de cualquier tipo, dependientes o vinculados a las respectivas administraciones públicas, en tanto que los mismos hayan sido creados para el ejercicio de potestades de derecho público.
b) el Parlamento Vasco.
c) el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
d) el Ararteko.
e) el Consejo de Relaciones Laborales.
f) el Consejo Económico y Social.
g) el Consejo Superior de Cooperativas.
h) la Agencia Vasca de Protección de Datos.
i) la Comisión Arbitral.
j) las corporaciones de derecho público, representativas de intereses económicos y profesionales, de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
k) cualesquiera otros organismos o instituciones, comprendidos en el artículo 2 de la ley 2/2004.
1.2.– Los requisitos exigidos en las presentes bases reguladoras de la convocatoria y en el anexo I de puestos convocados deberán cumplirse en la fecha de publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial del País Vasco. El cumplimiento de estos requisitos deberá mantenerse hasta la toma de posesión de los puestos adjudicados.
1.3.– El personal funcionario citado en el apartado 1.1, únicamente podrá participar en esta convocatoria, si han transcurrido dos años desde la toma de posesión en el último puesto obtenido en concurso. El límite temporal anterior se exceptúa cuando el personal haya perdido la adscripción al puesto obtenido en concurso.
1.4.– No podrá tomar parte en el presente concurso:
a) El personal funcionario que se encuentre en suspensión firme de funciones, mientras dure esta situación.
b) El personal que, encontrándose en excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar.
1.5.– El personal trasladado de Vitoria-Gasteiz como consecuencia de un expediente disciplinario no podrá solicitar puesto si se encuentra en fase de cumplimiento de sanción.
1.6.– La acreditación del perfil lingüístico será realizada mediante la presentación junto a la solicitud de los certificados del correspondiente perfil lingüístico o equivalente emitido por el Instituto Vasco de Administración Pública y demás Organismos oficiales.
1.7.– La acreditación del resto de los requisitos de participación fijados en el apartado 1 será realizada mediante la presentación junto a la solicitud de una certificación realizada por su administración de origen o por aquella en la que tienen derecho al reingreso.
2.– Presentación y admisión de solicitudes.
2.1.– Las solicitudes para tomar parte en el presente concurso se dirigirán al Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos y deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, utilizando el modelo de instancia que se incluye como anexo II. A las solicitudes se acompañará la justificación documental de cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al puesto y de los méritos que se aleguen (base 8).
2.2.– Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el Registro de la Agencia Vasca de Protección de Datos, en la sede de la misma, en c/ Beato Tomás de Zumárraga, 71-3, 01008 de Vitoria-Gasteiz.
Asimismo, podrán presentarse en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las instancias presentadas en las Oficinas de Correos, se entregarán, en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria de correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en la fecha que fueron entregadas en la Oficina de Correos.
2.3.– Solicitudes condicionadas. Cuando, por razones de convivencia familiar, dos personas que cumplan los requisitos para participar estén interesadas en obtener puestos de trabajo en este concurso, podrán condicionar en la solicitud sus peticiones al hecho de que ambas los obtengan, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por cada una de ellas.
2.4.– Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá modificación alguna a las peticiones formuladas. No obstante, los y las concursantes voluntariamente podrán desistir de su participación en el concurso de traslados en el plazo establecido para las reclamaciones a la relación provisional de adjudicaciones.
2.5.– Podrán solicitarse, por orden de preferencia, cuantas vacantes convocadas se deseen, siempre que se reúnan los requisitos previstos para su desempeño. Los puestos incorrectamente identificados se considerarán como no solicitados.
2.6.– Si alguno o alguna de las solicitantes desea alegar alguna minusvalía para que se proceda a adaptar la forma de realización de la memoria o proyecto y/o su defensa en entrevista deberá hacerlo constar en su solicitud.
3.– Fases del concurso.
3.1.– En el presente concurso la valoración de méritos se realizará en dos fases:
a) Fase I. Se valorarán los siguientes méritos:
– El trabajo desempeñado.
– Las titulaciones.
– La realización de cursos de formación y perfeccionamiento.
– La antigüedad.
– El grado personal consolidado.
– El nivel de conocimiento de euskera (en aquellos puestos en que el mismo no sea requisito de provisión).
– La realización de publicaciones (sólo para puestos abiertos a grupo A).
– La actividad docente e investigadora (sólo para puestos abiertos a grupo A).
– El conocimiento de idiomas inglés, francés y/o alemán.
Se establece en un número de 10 el máximo de aspirantes por cada tipo de puesto que pueden pasar a la Fase II.
b) Fase II.
– Para los puestos abiertos a grupo A, en la segunda fase se valorarán conocimientos y destrezas relevantes de cada uno de ellos mediante la redacción de una memoria o proyecto relacionado con las funciones del puesto, de acuerdo con los criterios que se determinan en el anexo III, completada mediante su defensa en una entrevista ante la Comisión de Valoración. En el supuesto de puestos de Responsable del Área Jurídica e Inspección y Responsable de Registro de Protección de Datos y Nuevas Tecnologías, se realizará adicionalmente una entrevista conductual estructurada.
Para superar esta Fase será necesario alcanzar en la misma una puntuación mínima de 6 puntos.
– Para los puestos abiertos a grupos C y C/D, en la segunda fase se valorarán conocimientos y destrezas relevantes de cada uno de ellos mediante la realización de una entrevista ante la Comisión de Valoración, de acuerdo con los criterios que se determinan en el anexo III.
Para superar esta Fase será necesario alcanzar en la misma una puntuación mínima de 3,5 puntos.
4.– Puntuación máxima alcanzable.
4.1.– Puestos abiertos a grupo A.
En la Fase I se podrá alcanzar una puntuación máxima de 23 puntos.
En la Fase II se podrá alcanzar una puntuación máxima de 12 puntos.
La puntuación máxima posible será de 35 puntos.
Para obtener un puesto de trabajo será necesario estar entre el número máximo de aspirantes que superen la Fase I y obtener una puntuación mínima de 6 puntos en la Fase II.
4.2.– Puestos abiertos a grupos C o C/D.
En la Fase I se podrá alcanzar una puntuación máxima de 28 puntos.
En la Fase II se podrá alcanzar una puntuación máxima de 7 puntos.
La puntuación máxima posible será de 35 puntos.
Para obtener un puesto de trabajo será necesario estar entre el número máximo de aspirantes que superen la Fase I y obtener una puntuación mínima de 3,5 puntos en la Fase II.
5.– Valoración de méritos Fase I para puestos del Grupo A.
5.1.– Trabajo desempeñado relacionado con las funciones del puesto al que se aspira.
5.1.1.– Por el desempeño de puestos con funciones relacionadas con las del puesto al que se aspira, desempeñados como personal funcionario o laboral, titular del puesto u ocupante del mismo por adscripción provisional o comisión de servicios, en los últimos 10 años, se adjudicarán hasta un máximo de 5,40 puntos, los siguientes puntos por mes:
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas en un nivel alto con las del puesto a que se aspira 0,045. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional conforme a la monografía se corresponde mayoritariamente con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I.
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas en un nivel medio con las del puesto a que se aspira 0,030. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional conforme a la monografía se corresponde en un término medio con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I.
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas en un nivel bajo con las del puesto a que se aspira 0,015. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional sólo presenta coincidencias mínimas con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I o cuando sin pertenecer a las categorías anteriores, se desempeñen funciones en puestos del mismo grupo.
5.1.2.– A quienes procedan de la situación de servicios especiales o de excedencia por cuidado de familiares, se les valorará el tiempo permanecido en dicha situación en relación con las funciones correspondientes al puesto que tengan reservado como titulares en la fecha de publicación de la presente convocatoria. Si no tuvieran puesto reservado como titulares, se les valorará conforme a las funciones del último puesto desempeñado.
5.1.3.– El período de permanencia en cursos de formación o perfeccionamiento, aprendizaje de euskera, permisos por asuntos propios, incapacidad temporal o demás situaciones asimiladas, será computado como servicio activo.
5.1.4.– En ningún caso, se computarán servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
5.2.– Titulaciones académicas.
5.2.1.– Se valorarán las titulaciones académicas oficiales, así como los masters, diplomas y títulos propios de universidades o instituciones de reconocido prestigio, en relación a su grado de utilidad para desempeñar el puesto de trabajo que se trate de proveer, hasta un máximo de 2 puntos, cuando sean distintas a la exigida para el acceso al Cuerpo o Escala desde el que se concursa, siempre que tengan igual o superior nivel académico, a excepción de los y las concursantes de Cuerpos o Escalas que pertenecientes a distintos Grupos de titulación, concurran a un puesto abierto a todos ellos, en cuyo caso al del Grupo inferior no se le podrá valorar como mérito los títulos oficiales que a otros se les exige para acceder al Cuerpo o Escala desde el que concursan.
5.2.2.– Este mérito se valorará conforme al siguiente baremo:
– Título de Doctor: hasta 2 puntos.
– Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero: hasta 1,5 puntos por título.
– Título de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: hasta 1 punto por título.
– Masters, diplomas y títulos propios de universidades: hasta 1 punto por título.
5.2.3.– No serán valoradas aquellas titulaciones necesarias para alcanzar otra superior alegada como mérito.
5.3.– Superación de cursos de formación y perfeccionamiento.
5.3.1.– Se valorará hasta un máximo de 2 puntos la superación de cursos de perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo convocados o con destrezas requeridas para su desempeño organizados u homologados por el Instituto Vasco de Administración Pública y/o otras administraciones públicas o impartidos por instituciones de reconocido prestigio. Únicamente se valorarán los cursos realizados en los últimos 10 años, conforme al siguiente baremo:
– Cursos de duración entre 20 y 39 horas: hasta 0,20 puntos por cada curso.
– Cursos de duración entre 40 y 79 horas: hasta 0,50 puntos por cada curso.
– Cursos de duración igual o superior a 80 horas: hasta 0,75 puntos por cada curso.
5.3.2.– No se valorarán los cursos en cuyos certificados no se determinen las fechas de realización o el número de horas de duración de los mismos.
5.4.– Antigüedad.
5.4.1.– Por cada mes completo de servicios en las Administraciones Públicas se computarán 0,012 puntos, hasta un máximo de 2,8 puntos.
5.4.2.– A estos efectos, se valorarán también los servicios reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera. No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
5.5.– Grado personal consolidado.
Por tener grado personal consolidado, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa, se adjudicarán hasta un máximo de 2,8 puntos según la distribución siguiente:
a) Por un grado personal superior o igual al del nivel del puesto solicitado: 2,8 puntos.
b) Por un grado personal inferior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 1,8 puntos.
c) Por un grado personal inferior en dos o más niveles al nivel del puesto solicitado: 0,8 puntos.
5.6.– Euskera.
5.6.1.– Siempre que el puesto que se solicite en la Relación de Puestos de Trabajo no tenga fecha de preceptividad vencida, el euskera se valorará como mérito hasta un máximo de 4 puntos, conforme a la siguiente puntuación.
Puestos con perfil lingüístico 4:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 1,8 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 2,5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 3,5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 4 puntos.
5.6.2.– De conformidad con lo establecido en el artículo 43.2 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, los puestos de trabajo con perfil lingüístico 4 preceptivo, en que ningún o ninguna aspirante al mismo acredite este perfil, podrán ser provistos por aquellos o aquellas concursantes que acrediten poseer el perfil lingüístico 3.
5.7.– Publicaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 1 punto las publicaciones relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo solicitado:
– En revistas de reconocido prestigio profesional, hasta un máximo de 1 punto.
– Otras publicaciones, hasta un máximo de 0,75 puntos.
5.8.– Actividad docente e investigadora.
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos la actividad docente e investigadora en materias relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo convocados o con destrezas requeridas para su desempeño organizada u homologada por el Instituto Vasco de Administración Pública y/o otras administraciones públicas, Universidades u otras instituciones de reconocido prestigio. Únicamente se valorará la actividad desempeñada en los últimos 15 años, conforme al siguiente baremo:
– Por cada hora de impartición de cursos, siempre que estén relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo solicitados, hasta 0,025 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.
– Comunicaciones o participación cualificada en mesas de Congresos, Seminarios y/o Jornadas, hasta un máximo de 0,25 puntos.
– Ponencias en Congresos, Seminarios y o Jornadas, hasta un máximo de 0,75 puntos.
– Participación en proyectos de investigación, hasta un máximo de 1 punto.
5.9.– Conocimiento de idiomas.
Se valorará hasta un máximo de 1 punto el conocimiento de los idiomas inglés, francés y/o alemán:
– Tercer curso aprobado en Escuela Oficial de Idiomas o asimilado: 0,75 puntos.
– Cuarto curso aprobado en Escuela Oficial de Idiomas o asimilado: 1 punto.
6.– Valoración de méritos Fase I para puestos del Grupo C o C/D.
6.1.– Trabajo desempeñado relacionado con las funciones del puesto al que se aspira.
6.1.1.– Por el desempeño de puestos con funciones relacionadas con las del puesto al que se aspira, desempeñados como personal funcionario de carrera o laboral, titular del puesto u ocupante del mismo por adscripción provisional o comisión de servicios, en los últimos 10 años, se adjudicarán hasta un máximo de 8,4 puntos, los siguientes puntos por mes:
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas con las del puesto a que se aspira en un nivel alto 0,070. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional conforme a la monografía se corresponde mayoritariamente con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I.
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas con las del puesto a que se aspira en un nivel medio 0,047. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional conforme a la monografía se corresponde en un término medio con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I.
– Desempeño en puestos con funciones relacionadas con las del puesto a que se aspira en un nivel bajo (cuando sin pertenecer a las categorías anteriores, se desempeñen funciones en puestos del mismo grupo) 0, 023. Se considerarán en este apartado funciones en aquellos puestos cuyo contenido funcional sólo presenta coincidencias mínimas con las funciones que aparecen relacionadas para el puesto al que se aspira en el anexo I o cuando sin pertenecer a las categorías anteriores, se desempeñen funciones en puestos del mismo grupo.
6.1.2.– A quienes procedan de la situación de servicios especiales o de excedencia por cuidado de hijo, se les valorará el tiempo permanecido en dicha situación en relación con las funciones correspondientes al puesto que tengan reservado como titulares en la fecha de publicación de la presente convocatoria. Si no tuvieran puesto reservado como titulares, se les valorará conforme a las funciones del último puesto desempeñado.
6.1.3.– El período de permanencia en cursos de formación o perfeccionamiento, aprendizaje de euskera, permisos por asuntos propios, incapacidad temporal o demás situaciones asimiladas, será computado como servicio activo.
6.1.4.– En ningún caso, se computarán servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
6.2.– Titulaciones académicas.
6.2.1.– Se valorarán las titulaciones académicas oficiales, así como los masters, diplomas y títulos propios de universidades, en relación a su grado de utilidad para desempeñar el puesto de trabajo que se trate de proveer, hasta un máximo de 2,4 puntos, cuando sean distintas a la exigida para el acceso al Cuerpo o Escala desde el que se concursa, siempre que tengan igual o superior nivel académico, a excepción del supuesto de concursantes de Cuerpos o Escalas que pertenecientes a distintos Grupos de titulación, concurran a un puesto abierto a todos ellos, en cuyo caso al del Grupo inferior no se le podrá valorar como mérito los títulos oficiales que a otros y a otras se les exige para acceder al Cuerpo o Escala desde el que concursan.
6.2.2.– Este mérito se valorará conforme al siguiente baremo:
– Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero: 2,4 puntos por título.
– Título de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico: 1,7 puntos por título.
– Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 1,3 puntos por título.
– Título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 0,75 puntos por título.
– Masters, diplomas y títulos propios de universidades: 1 puntos por título.
6.2.3.– No serán valoradas aquellas titulaciones necesarias para alcanzar otra superior alegada como mérito.
6.3.– Superación de cursos de formación y perfeccionamiento.
6.3.1.– Se valorará hasta un máximo de 4,8 puntos la superación de cursos de perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo convocados o con destrezas requeridas para su desempeño organizados u homologados por el Instituto Vasco de Administración Pública y/o otras administraciones públicas o impartidos por instituciones de reconocido prestigio. Únicamente se valorarán los cursos realizados en los últimos 15 años, conforme al siguiente baremo:
– Cursos de duración entre 8 y 19 horas: hasta 0,30 puntos por cada curso.
– Cursos de duración entre 20 y 39 horas: hasta 0,60 puntos por cada curso.
– Cursos de duración entre a 40 y 79 horas: hasta 0,85 puntos por cada curso.
– Cursos de duración igual o superior a 80 horas: hasta 1,2 puntos por cada curso.
6.3.2.– No se valorarán los cursos en cuyos certificados no se determinen las fechas de realización o el número de horas de duración de los mismos.
6.4.– Antigüedad.
6.4.1.– Por cada mes completo de servicios en las Administraciones Públicas se computarán 0,014 puntos, hasta un máximo de 3,6 puntos.
6.4.2.– A estos efectos, se valorarán también los servicios reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera. No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
6.5.– Grado personal consolidado.
Por tener grado personal consolidado, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa, se adjudicarán hasta un máximo de 3,6 puntos según la distribución siguiente:
a) Por un grado personal superior o igual al del nivel del puesto solicitado: 3,6 puntos.
b) Por un grado personal inferior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 2,3 puntos.
c) Por un grado personal inferior en dos o más niveles al nivel del puesto solicitado: 1 punto.
6.6.– Euskera.
Siempre que el puesto que se solicite en la Relación de Puestos de Trabajo no tenga fecha de preceptividad vencida, el euskera se valorará como mérito hasta un máximo de 4 puntos, conforme a la siguiente puntuación.
Puestos con perfil lingüístico 3:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 1,8 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 3 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3 ó 4: 4 puntos.
6.7.– Conocimiento de idiomas.
Se valorarán hasta un máximo de 1,2 puntos el conocimiento de los idiomas inglés, francés y/o alemán:
– Tercer curso aprobado en Escuela Oficial de Idiomas o asimilado: 0,85 puntos.
– Cuarto curso aprobado en Escuela Oficial de Idiomas o asimilado: 1,2 puntos.
7.– Valoración de méritos Fase II.
– Para los puestos abiertos a grupo A.
Valoración de la memoria o proyecto relacionado con las funciones del puesto y de la entrevista de defensa de la misma y, en el supuesto de puestos de Responsable del Área Jurídica e Inspección y Responsable de Registro de Protección de Datos y Nuevas Tecnologías, la entrevista conductual estructurada, con hasta un máximo de 12 puntos.
– Para los puestos abiertos a grupo C o C/D.
Valoración de la entrevista, con hasta un máximo de 7 puntos.
8.– Acreditación de méritos.
8.1.– Trabajo desempeñado relacionado con las funciones del puesto al que se aspira.
Las certificaciones de los trabajos desempeñados en la Administración Pública y las funciones principales de cada uno de ellos, realizadas por la Dirección de Función Pública, Personal, RRHH o asimiladas de las administraciones donde ha prestado servicios constituirán el modo ordinario de acreditación del trabajo desempeñado. A estos efectos se podrá utilizar el Modelo del anexo IV.
8.2.– Titulaciones académicas relacionadas con las funciones del puesto al que se aspira.
Serán acreditados mediante copia compulsada del título.
8.3.– Superación de cursos de formación o perfeccionamiento.
Serán acreditados mediante copia compulsada o certificado del órgano o entidad que los haya organizado o convocado.
8.4.– Antigüedad.
La antigüedad deberá acreditarse mediante la presentación junto a la solicitud de una certificación de servicios prestados en la Administración Pública, realizada por la Dirección de Función Pública, Personal, RRHH o asimilada de la administración de origen. A estos efectos se podrá utilizar el anexo IV.
8.5.– Grado personal.
El grado deberá acreditarse mediante la presentación junto a la solicitud de una certificación de grado consolidado en la Administración Pública, realizada por la Dirección de Función Pública, Personal, RRHH o asimilada de la administración de origen. A estos efectos se podrá utilizar el anexo IV.
8.6.– Euskera.
Deberá presentarse el certificado del correspondiente perfil lingüístico o equivalente emitido por el Instituto Vasco de Administración Pública y demás Organismos oficiales.
8.7.– Publicaciones.
Serán acreditadas mediante la entrega de original o copia autenticada de las mismas.
8.8.– Actividad docente e investigadora.
8.8.1.– La impartición de cursos y la participación en proyectos de investigación serán acreditados mediante certificaciones del órgano o institución que los haya organizado o convocado.
8.8.2.– La acreditación de comunicaciones y ponencias será realizada presentando copia de las mismas así como certificación del órgano o entidad que los haya organizado o convocado. Esta última certificación podrá ser sustituida por otros sistemas de acreditación suficiente a juicio de la Comisión de Valoración.
8.8.3.– La participación en proyectos de investigación será acreditada mediante certificado del órgano o institución del que dependa el proyecto de investigación.
8.9.– Conocimiento de idiomas.
El conocimiento de francés, inglés y/o alemán se acreditará mediante la presentación del certificado de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente.
8.10.– Documentación adicional.
La Comisión de Valoración podrá recabar de las interesadas o interesados o de las administraciones de origen o de aquellas donde hayan prestado servicios las aclaraciones o aportación de la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
8.11.– Fecha de referencia.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco. Ello no obstante, respecto del proyecto o memoria y las entrevistas, la fecha de referencia se diferirá hasta la fecha de entrega de la misma y la realización de la entrevista.
9.– Comisión de Valoración.
9.1.– Composición.
9.1.1.– La Comisión de Valoración que se encargará de comprobar los requisitos, valorar los méritos, realizar las entrevistas, proponer al órgano convocante, en su caso, la adjudicación a los candidatos y/o candidatas que hayan obtenido las mejores puntuaciones, sumadas las dos fases y, en general garantizar el cumplimiento de las presentes bases, estará formada por cinco miembros:
– 1 Presidente, Presidente del Consejo Consultivo de la Agencia Vasca de Protección de Datos,
– 1 Secretario, que actuará con voz y voto, y
– 3 Vocales, entre los que habrá un representante de personal.
9.1.2.– La Comisión de Valoración podrán solicitar a la autoridad convocante que nombre expertos para que actúen como asesores, con voz pero sin voto.
9.1.3.– En la presente convocatoria, que prevé la realización de una entrevista, o de una memoria o proyecto y su defensa en una entrevista, así como entrevista conductual estructurada para dos de los puestos, la valoración de las mismas se llevará a cabo por la Comisión de Valoración. Ello no obstante, la Comisión podrá recabar apoyo técnico para esta actividad, de conformidad con lo establecido en el apartado anterior.
9.2.– Cualificación.
9.2.1.– Dado que se trata de una convocatoria única y que varios de los puestos son del grupo A, todos los miembros del Tribunal tendrán la condición de funcionario o funcionaria de carrera y pertenecerán a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido.
9.2.2.– A fin de garantizar una mayor cualificación de sus miembros el Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos les trasladará información detallada sobre el contenido funcional de los puestos de trabajo convocados, así como de las técnicas de selección y acreditación de los méritos que se utilicen en la convocatoria.
9.2.3.– Para agilizar el proceso, se nombrará a los miembros de la Comisión de Valoración, tanto titulares como suplentes, con posterioridad a la publicación de la convocatoria, y, en todo caso, antes del inicio de sus actuaciones.
9.3.– Actuación.
9.3.1.– La Comisión de Valoración actuará con plena independencia, discrecionalidad técnica y objetividad, y sus propuestas vincularán al Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
9.3.2.– Sin perjuicio de la discrecionalidad técnica de que goza en sus actuaciones, sus resoluciones deberán ser motivadas en cumplimiento de la normativa y de estas bases.
9.3.3.– Su actuación se regirá por lo que establecen estas bases, el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, aprobado por Decreto 190/2004, de 13 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
9.3.4.– La Comisión de Valoración queda autorizada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.
9.3.5.– Las compensaciones económicas a que hubiere lugar para los miembros de la Comisión de Valoración estarán sujetas al Decreto 16/1993, de 2 de febrero, sobre indemnizaciones por razón de servicio, modificado por el Decreto 267/2000, de 19 de diciembre, de segunda modificación del Decreto sobre indemnizaciones por razón de servicio.
10.– Desarrollo del concurso.
10.1.– Comprobación de los datos y del cumplimiento de los requisitos y elaboración y publicación de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, los servicios administrativos de la Agencia Vasca de Protección de Datos trasladarán al Presidente de la Comisión de Valoración las solicitudes presentadas, junto con su documentación. La Agencia Vasca de Protección de Datos facilitará las tareas de la Comisión, realizando una comprobación previa del cumplimiento de los requisitos y de la documentación presentada.
La Comisión de Valoración ratificará, en su caso, la comprobación del cumplimiento de los requisitos, elaborará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y acordará su publicación en el tablón de anuncios de la APVD y en su página Web (www.avpd.es), dando un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones por los interesados e interesadas.
10.2.– Estudio de reclamaciones y elaboración y publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones, la Comisión de Valoración resolverá las mismas, elaborará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y acordará su publicación en el tablón de anuncios de la APVD y en su página Web (www.avpd.es).
10.3.– Valoración de los méritos correspondientes a la Fase I y publicación de los resultados provisionales de la Fase I con la relación de los y/o las participantes que la han superado.
Tras elaborar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos la Comisión de Valoración procederá a la valoración de los méritos de la Fase I, elaborará la relación de quienes la han superado y acordará su publicación en el tablón de anuncios de la APVD y en su página Web (www.avpd.es), dando un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones por los interesados e interesadas.
Los servicios administrativos de la Agencia Vasca de Protección de Datos le facilitarán el apoyo administrativo que precise.
10.4.– Estudio de reclamaciones y elaboración y publicación de los resultados definitivos de la Fase I.
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones, la Comisión de Valoración resolverá las mismas, elaborará la lista definitiva de valoración de méritos de la Fase I y de los y las participantes que la han superado y acordará su publicación en el tablón de anuncios de la APVD y en su página Web (www.avpd.es).
En ese mismo acto se fijará el plazo para que los y las participantes a puestos abiertos al grupo A que hayan superado la Fase I presenten el proyecto o memoria así como las fechas de realización de las entrevistas de defensa de las mismas y, en el supuesto de los puestos de Responsable del Área Jurídica e Inspección y Responsable de Registro de Protección de Datos y Nuevas Tecnologías, la de la entrevista conductual estructurada. También se fijará la fecha de realización de las entrevistas correspondientes a los puestos abiertos a grupos C y C/D.
10.5.– Estudio de memoria o proyecto, realización de entrevistas y publicación de la propuesta provisional.
Se procederá al estudio de la memoria o proyecto y, en las fechas previstas, a la realización de las entrevistas. La Comisión de Valoración valorará las mismas, agregará las puntuaciones de ambas fases, ordenará los candidatos y candidatas por puestos, determinará quienes han superado el proceso y acordará la publicación de la propuesta provisional de adjudicaciones en el tablón de anuncios de la APVD y en su página Web (www.avpd.es), dando un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones por los interesados e interesadas. Dentro de este mismo plazo se posibilitará a los y las participantes desistir de su participación en la totalidad del concurso.
La propuesta de adjudicación tendrá en cuenta los puestos convocados, el resultado de la valoración y el orden de prelación que, en su caso, hubieran hecho constar quienes concursen. En el supuesto de empate en la puntuación del conjunto del concurso, se acudirá para dirimirlo a los criterios siguientes:
– A la puntuación obtenida en la Fase II, de mayor a menor puntuación.
– A la puntuación obtenida en los méritos de la Fase I, ordenados según la puntuación máxima establecida en el baremo de la convocatoria, de mayor a menor puntuación. Cuando los méritos tengan establecida la misma puntuación, según el orden expresado en las bases de la convocatoria.
– A la mayor antigüedad como personal funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa.
– A la mayor antigüedad como personal funcionario de carrera.
– A la mayor antigüedad en el último puesto definitivo y, a la mayor antigüedad en la Administración.
– Si se precisa algún criterio de desempate adicional, la Comisión de Valoración lo determinará, de acuerdo con el principio de mérito.
10.6.– Elevación de propuesta de asignación de puestos ofertados al Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Estudio de desistimientos. Orden de prioridades.
Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y desistimientos, la Comisión de Valoración resolverá los mismos, elaborará la propuesta definitiva de adjudicaciones y la remitirá al Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
10.7.– Publicación de la resolución definitiva del concurso.
Recibida la propuesta definitiva de adjudicación, el Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos la aprobará y ordenará su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la fecha de su publicación.
11.– Adjudicación de destinos, cese y toma de posesión.
11.1.– Los adjudicatarios y/o adjudicatarias deberán tomar posesión en el puesto obtenido en concurso perdiendo la titularidad, en su caso, del puesto anterior salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, por incapacidad sobrevenida, por pasar a una situación diferente a la de servicio activo, o por otras causas excepcionales debidamente justificadas apreciadas por el órgano convocante.
11.2.– Por razones organizativas, en la resolución de adjudicación se determinará la fecha concreta de cese y toma de posesión de todo el personal adjudicatario. Excepto en los supuestos en que se reingrese al servicio activo, la fecha para tomar posesión será al día siguiente del cese.
11.3.– El personal que participe y obtenga destino en este concurso desde situaciones que conlleven la reserva de puesto, se entenderá que continúa en la misma situación administrativa, salvo que expresamente solicite el reingreso, en el plazo de cinco días hábiles señalado en el apartado anterior.
11.4.– La toma de posesión se diferirá a la fecha de la finalización de los permisos, licencias, vacaciones, o cualquier otra circunstancia en la que se encuentre el personal funcionario que, manteniendo la situación de servicio activo, impida la prestación efectiva de sus servicios. Excepcionalmente, por causas justificadas y debidamente motivadas, el Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos podrá acordar suspender el disfrute de los mismos.
11.5.– Los y las concursantes que participen por varios Cuerpos o Escalas y obtengan puesto por más de un Cuerpo o Escala, deberán optar en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la adjudicación definitiva, en cuál de los puestos tomarán posesión. De no optar expresamente en el plazo anterior, se entenderá que optan por el puesto de mayor nivel de complemento de destino.
11.6.– El destino adjudicado se considerará que tiene carácter voluntario y no dará derecho al abono de indemnizaciones por ningún concepto.
11.7.– El personal funcionario que obtenga un puesto mediante este concurso, no podrá tomar parte en los sucesivos que se convoquen dentro de los dos años siguientes. Dicho límite temporal no será de aplicación cuando, con anterioridad a su vencimiento, el funcionario o funcionaria hubiera perdido la adscripción al puesto obtenido por remoción o supresión del mismo.
12.– Protección de Datos personales en la gestión del concurso.
12.1.– En la gestión del concurso, el tratamiento de los datos personales se realizará en el fichero Recursos Humanos y Nómina creado por Resolución de 12 de septiembre de 2005, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos (BOPV de 17 de octubre de 2005) por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal de la Agencia, siendo el órgano administrativo responsable del fichero la propia Agencia Vasca de Protección de Datos y pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Secretaría General de la misma.
12.2.– Los modelos de solicitud de participación incorporarán una cláusula informativa sobre esta cuestión.
12.3.– El personal administrativo de la Agencia Vasca de Protección de Datos, los miembros de la Comisión de Valoración y, en su caso, el personal especializado que apoye a la misma, tendrán el deber de secreto respecto de la información de datos personales a los que tengan acceso en la gestión del Concurso.
12.4.– La publicidad de los listados provisional de aspirantes admitidos y excluidos, definitivo de aspirantes de admitidos y excluidos, provisional de valoración de Fase I, definitivo de valoración Fase I y provisional de adjudicación ordenados por la Comisión de Valoración en el tablón de anuncios de la Agencia Vasca de Protección de Datos y en su página Web (www.avpd.es) contendrán los datos personales mínimos necesarios para cumplir el principio de publicidad y se mantendrán hasta la finalización del presente proceso de provisión y durante el tiempo adicional necesario para el ejercicio de las reclamaciones o recursos.
Los mencionados listados incorporarán una cláusula advirtiendo que contienen datos de carácter personal, que se ajustan a la legislación actual en materia de protección de datos y que su única finalidad es la de dar publicidad a la correspondiente Fase del Concurso de Traslados de que se trate y de notificación, en su caso, a los y las participantes. Asimismo incorporarán un párrafo informativo en el que se deje constancia de que estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.
12.5.– La publicación de la Resolución del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos aprobando la adjudicación definitiva de los puestos convocados en el Boletín Oficial del País Vasco contendrá los datos personales mínimos necesarios para cumplir el principio de publicidad.
13.– Recursos.
Contra la presente Resolución, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de mayo de 2006.
El Director,
IÑAKI VICUÑA DE NICOLÁS.
ANEXO I
CONCURSO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LA AGENCIA VASCA DE PROTECCIÓN DE DATOS.
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO CONVOCADOS, REQUISITOS PARA SU DESEMPEÑO Y FUNCIONES ESENCIALES
1.– Relación de puestos de trabajo convocados y requisitos para su desempeño.
	——————————————————Requisitos para su desempeño—————————————————
	——————————Adscripc.——————————
Código 	Denom. del puesto	Gr	Cuerpo	Con. 	 Perf. 	Fecha 	Exp.	Nivel 	Nivel 	Compl. 	Reg. ded.	Destino
concurso			Escala	Esp.	ling.	precp.		 asim.	C.D.	espec.
			Opción
0021	Administrativo General	C	A05		3	 31-01-2006		18	20	V-C	100%	Vitoria-Gasteiz
		D	A07		
0031	Administrativo informático	C	A06.056		 3			18	20	V-C	100%	Vitoria-Gasteiz	
			A06.057	
0041	Administrativo Coordinador de Gestión	C	A05	 	3			20	20	V-A	100%	Vitoria-Gasteiz	
0051	Traductor-Documentalista	A	A02.044		4 TP			23	25	III-C	100%	Vitoria-Gasteiz
			A02.012		
0061	Técnico de Formación-Información-Documentación	 A	A01		4 	31-01-2006		24	25	III-B	100%	Vitoria-Gasteiz	
			A02.014
			A02.047	
0071	Auditor Informático Inspector	A	A02.043		 4	31-01-2006		25	25	III-A	100%	Vitoria-Gasteiz	
0072	Auditor Informático Inspector	A	A02.043		 4			25	25	III-A	100%	Vitoria-Gasteiz	
0081	Letrado Instructor Inspector	A	A01.010		 4	31-01-2006		26	27	II-B	100%	Vitoria-Gasteiz
			A01 + 001	
0083	Letrado Instructor Inspector	A	A01.010 		 4			26	27	II-B	100%	Vitoria-Gasteiz	
			A01 + 001			
0091	Responsable de Área Jurídica e Inspección	A	 A01.010 		4		4	28	28	I-A	100%	Vitoria-Gasteiz	
0101	Responsable de Registro y Nuevas Tecnologías	A	 A02.043		4		4	28	28	I-A	100%	Vitoria-Gasteiz	
2.– Interpretación de claves correspondientes a Cuerpo/Escala/Opción.
A01 - Cuerpo Superior de Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A01 + 001 - Cuerpo Superior de Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
Experiencia en el estudio, representación, administración, elaboración de informes, asesoramiento, coordinación y propuesta propias de la licenciatura en derecho acreditable por el desempeño de dichas funciones por un período de 3 años (a acreditar por el personal que proviene del cuerpo AO1EU y que cuenta con la licenciatura en derecho).
A01.010 - S.F. Opción: Lic. Derecho de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A02.012 - S.F. Opción: Lic. Filología Vasca o en traducción e interpretación de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A02.014 S.F.Opcion: Lic. Psicología de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A02.043 - S.F. Escala: Sistemas-Tecnologías de la información de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A02.044 - S.F. Escala: Traducción de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A02.047 T.G.– S.F. Opción: Lic. Pedagogía de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A05 - Cuerpo Administrativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A06.056 - A.Tco. Opción: T.S. Desarr. Aplicaciones Informáticas de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A06.057 - A.Tco. Opción: T.S. Administración Sist. Informático de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
A07 - Cuerpo Auxiliar Administrativo de la Administración General de la Comunidad Autónoma o asimilados de los Órganos Forales de los Territorios Históricos y las Administraciones Locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Parlamento Vasco, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, del Consejo de Relaciones Laborales y, en su caso, de la propia Agencia, del Consejo Económico y Social, del Consejo Superior de Cooperativas, de la Comisión Arbitral y de otras entidades a que se refiere el artículo 2 de la Ley 2/2004.
3.– Funciones más representativas.
Puesto de Administrativo General:
– Actualizar, tramitar y mantener ficheros y registros.
– Elaborar y suministrar datos, estudios, informes, estadísticas.
– Gestionar y mantener archivos de expedientes y documentación.
– Tramitación administrativa de expedientes y actividades relacionados con el Registro de Protección de Datos, la instrucción de expedientes sancionadores, la realización de inspecciones sectoriales o circunstanciales, la realización de jornadas o eventos relacionados con la formación, la función de información, la función de documentación y otras relacionadas con la gestión de recursos materiales y humanos.
– Atender consultas en materias relacionadas con la Agencia Vasca de Protección de Datos. Prestar el primer nivel de información y servicio de atención al ciudadano sobre el funcionamiento y la actividad de la Agencia Vasca de Protección de Datos y sobre protección de datos personales.
– Gestionar actividades en ámbitos diversos.
Puesto de Administrativo informático:
– Alimentar bases de datos.
– Diseñar y/o actualizar documentos formalizados, plantillas, formularios.
– Actualizar, tramitar y mantener ficheros y registros.
– Elaborar y suministrar datos, estudios, informes, estadísticas y atender consultas.
– Instalar y mantener sistemas informáticos y aplicaciones.
– Gestionar aplicaciones en sistemas de información.
Puesto de Administrativo Coordinador de Gestión:
– Tramitar administrativamente, hacer seguimiento y controlar todo tipo de expedientes del área de personal.
– Gestionar el abono y cobro de retenciones y retribuciones. Gestionar administrativamente la nómina.
– Tramitar la ejecución, modificación, control presupuestario y contabilidad financiera.
– Tramitar administrativamente la gestión contable.
– Tramitación administrativa y seguimiento de contratos de productos y/o servicios.
– Gestionar actividades en ámbitos diversos.
Puesto de Traductor-Documentalista:
– Elaborar terminología en Corpus del Euskera.
– Supervisar traducciones en Traducción.
– Traducir documentación.
– Interpretar discurso actividades de Traducción.
– Organizar material bibliográfico en Agencia Vasca de Protección de Datos.
– Organizar documentos administrativos en Agencia Vasca de Protección de Datos.
– Atender consultas en Traducción.
Puesto de Técnico de Formación-Información-Documentación:
– Organizar documentos administrativos en Agencia Vasca de Protección de Datos.
– Gestionar material bibliográfico en Agencia Vasca de Protección de Datos.
– Controlar y coordinar consultas y actualizar el sistema de información.
– Elaborar programas formativos en materia de protección de datos personales.
– Gestionar procesos formativos en materia de protección de datos personales.
– Gestionar actividades en ámbitos diversos.
– Diseñar y/o actualizar documentos formalizados, plantillas, formularios.
Puesto de Auditor Informático Inspector:
– Efectuar inspecciones sectoriales, de conformidad con la planificación de la Agencia, de cualesquiera de los ficheros a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 2/2004, y de los equipos informáticos correspondientes, en los locales que se hallen.
– Auditar actividades relacionadas con ficheros informáticos.
– Coordinar actividades y dinamizar la Red de Colaboradores en materia de protección de datos, elaborar y poner a su disposición y a la de los responsables de ficheros, y de sus usuarios, los recursos técnicos para apoyar la inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.
– Elaborar estudios sobre el desarrollo y la evolución de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
– Asesorar en Sistemas de Información.
– Instruir expedientes de inscripción, modificación y cancelación en el registro de protección de datos personales.
– Diseñar y/o actualizar documentos formalizados, plantillas, formularios.
Puesto de Letrado Instructor Inspector:
– Instruir expedientes de tutela, de procedimientos sancionadores y de infracciones de las administraciones públicas.
– Elaborar informes de legalidad.
– Asesorar actividades en área jurídica.
– Elaborar informes jurídicos en área jurídica.
– Elaborar propuestas de resoluciones administrativas en área jurídica.
– Efectuar inspecciones ligadas a procesos de instrucción de cualesquiera de los ficheros a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 2/2004, y de los equipos informáticos correspondientes, en los locales que se hallen.
– Auditar jurídicamente actividades relacionadas con ficheros informáticos.
Puesto de Responsable de Área Jurídica e Inspección:
– Supervisar la legalidad de las actividades.
– Efectuar inspecciones ligadas a procesos de instrucción de cualesquiera de los ficheros a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 2/2004, y de los equipos informáticos correspondientes, en los locales que se hallen.
– Elaborar informes jurídicos en área jurídica.
– Elaborar propuestas de disposiciones normativas en área jurídica.
– Establecer criterios en el área sectorial.
– Asesorar actividades en área sectorial.
– Coordinar actividades y elaborar y poner a disposición de los responsables de ficheros, y de sus usuarios, modelos, manuales de buenas prácticas, etc.
Puesto de Responsable de Registro y Nuevas Tecnologías:
– Asesorar en Sistemas de Información.
– Realizar Estudios sobre el desarrollo y la evolución de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
– Elaborar planes de inspección sectorial.
– Efectuar inspecciones sectoriales, de conformidad con la planificación de la Agencia, de cualesquiera de los ficheros a que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 2/2004, y de los equipos informáticos correspondientes, en los locales que se hallen.
– Coordinar actividades y dinamizar la Red de Colaboradores en materia de protección de datos, elaborar y poner a su disposición y a la de los responsables de ficheros, y de sus usuarios, los recursos técnicos para apoyar la inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.
– Establecer criterios en el área sectorial.
– Gestionar proyectos en registro y protección de datos.
ANEXO II
CONCURSO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LA AGENCIA VASCA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Solicitud de participación
1.– Datos personales.
1.º apellido	2.º apellido	Nombre	DNI	
				
Domicilio (n.º y piso)	Código postal	Territorio Histórico o Provincia	Municipio	Teléfono	
					
2.– Solicitud condicionada a la adjudicación de un puesto de trabajo en la misma localidad, por razones de convivencia.
1.º apellido	2.º apellido	Nombre	DNI	
				
Domicilio (n.º y piso) 	Código Postal	Territorio Histórico o Provincia	Municipio	Teléfono	
					
3.– Datos administrativos.
Administración/Entidad a la que pertenece:		
Situación Administrativa	Fecha inicio situación:	
Fecha de la toma de posesión del último puesto obtenido en concurso de traslados:		
Si el puesto anterior ha sido amortizado o la persona removida,
indicarlo expresamente:		
Grupo	Cuerpo	Especialidad caso de pertenencia a Cuerpo 				Facultativo
			
4.– Aspirantes que ostenten la condición legal de minusválidos.
Especifique, en su caso, las adaptaciones precisas para la realización de la Memoria y/o la entrevista mediante la aportación de un escrito adjunto.
5.– Méritos alegados.
5.1.– Trabajo desarrollado en la administración:
Denominación del puesto	Cuerpo/os 	Cuerpo de 	 Situación 	Nivel C.D.	Desde 	Hasta
	del puesto	la persona			la fecha	 la fecha
							
							
							
							
							
							
							
							
5.2.– Titulaciones:
Denominación del título		Expedido por	
		
		
		
		
5.3.– Cursos de perfeccionamiento:
Denominación del curso	Horas	Denominación del curso	 Horas	
				
				
				
				
				
				
				
				
				
5.4.– Antigüedad:
Administración		número de meses:	
		
		
		
		
5.5.– Grado personal:
5.6.– Perfil Lingüístico:
Perfil Acreditado o certificado convalidado	
Ninguno n 	Perfil 1 n 	Perfil 2 n 	Perfil 3 n 	Perfil 4 n 	Perfil TP n
En caso de certificado convalidado, expresar de cuál se trata	
	
5.7.– Publicaciones:
Denominación		Modalidad
		
		
		
5.8.– Docencia e investigación:
Tipo	Denominación	Horas	Tipo	Denominación	 Horas
	
		
		
5.9.– Idiomas:
Idioma	Nivel 3 EOI	Nivel 4 EOI	
	
	
			
6.– Documentación que se adjunta.
	¿Se adjunta?	Número de Documentos
	
Certificado de trabajo desarrollado	SÍ n 	NO n 		
Copias o certificados de títulos académicos	SÍ n 	NO n 		
Copias de cursos recibidos	SÍ n 	NO n 		
Certificados de antigüedad en la Administración 	SÍ n 	NO n 		
Certificado de grado	SÍ n 	NO n 		
Certificado de perfil lingüístico acreditado	SÍ n 	NO n 		
Certificados de publicaciones	SÍ n 	NO n 		
Certificados de actividad docente e investigadora	SÍ n 	NO n 		
Certificados de idiomas	SÍ n 	NO n 	
7.– Puestos solicitados (marcar el orden de prioridad de las plazas que se solicitan).
Código de 	N.º Orden 	Denominación	
concurso	de prioridad
0021		Administrativo General 	
0031		Administrativo informático	
0041		Administrativo Coordinador de Gestión	
0051		Traductor-Documentalista	
0061		Técnico de Formación-Información-Documentación	
0071		Auditor Informático Inspector (con preceptividad vencida)	
0072		Auditor Informático Inspector (sin preceptividad vencida)	
0081		Letrado Instructor Inspector (con preceptividad vencida)	
0083		Letrado Instructor Inspector (sin preceptividad vencida)	
0091		Responsable de Área Jurídica e Inspección	
0101		Responsable de Registro y Nuevas Tecnologías	
En el supuesto de aspirantes con Perfil lingüístico 3 acreditado que deseen optar a plazas de Perfil lingüístico 4 con preceptividad vencida (base 5.6.2) también deberán solicitarlo en el cuadro anterior.
A la presente solicitud se acompañan las certificaciones, justificantes, fotocopias, etc. de los méritos alegados. El abajo firmante solicita ser admitido al concurso y declara ser ciertos los datos consignados en esta solicitud.
En ..............................., a ........... de
Los presentes datos y los complementarios derivados de la gestión del presente concurso se incorporarán al fichero Recursos Humanos y Nómina creado por Resolución de 12 de septiembre de 2005, del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos (BOPV de 17 de octubre de 2005) por la que se crean los ficheros de datos de carácter personal de la Agencia, siendo el órgano administrativo responsable del fichero la propia Agencia Vasca de Protección de Datos y pudiendo ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Secretaría General de la misma.
ANEXO III
CONCURSO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE
TRABAJO EN LA AGENCIA VASCA
DE PROTECCIÓN DE DATOS
– Objetivos y dimensiones del puesto que se evaluarán con la entrevista en los puestos de grupos C o C/D.
– Criterios de elaboración del Proyecto o Memoria y Objetivos y dimensiones del puesto que se evaluarán con la entrevista en los puestos de grupo A.
1.– Puesto de Administrativo General:
1.1.– Objetivos de la entrevista.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
1.2.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la entrevista.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con la entrevista serán:
1) Gestión de la información, clasificación, estructura, tratamiento, etc.
2) Conocimientos sobre Procedimiento Administrativo Común.
3) Rigor y minuciosidad con los procedimientos, los datos, la información, etc.
4) Habilidades interpersonales.
2.– Puesto de Administrativo Informático:
2.1.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
2.2.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la entrevista.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con la entrevista serán:
1) Gestión de la información, clasificación, estructura, tratamiento, etc.
2) Diseño y normalización de procedimientos.
3) Rigor y minuciosidad con los procedimientos, los datos, la información, etc.
4) Habilidades interpersonales.
3.– Puesto de Administrativo Coordinador de Gestión:
3.1.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
3.2.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la entrevista.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con la entrevista serán:
1) Rigor y minuciosidad con los procedimientos, los datos, la información, etc.
2) Capacidad de organización de procedimientos, tiempos, prioridades, etc.
3) Gestión de la información, clasificación, estructura, tratamiento, etc.
4) Conocimientos sobre gestión de personal, presupuestos y contratación.
5) Habilidades interpersonales.
4.– Puesto de Traductor Documentalista:
4.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Diseño del funcionamiento del sistema de traducción de la documentación en la Agencia Vasca de Protección de Datos.
4.2.– Contenido.
Deberán abordarse los siguientes contenidos: diseño de un sistema de traducción de la documentación que se genere en los tres servicios de la Agencia Vasca de Protección de Datos, propuesta de utilización de formularios y modelos bilingües.
4.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
D) Redacción de cuatro modelos: traducción al euskera y diseño bilingüe de los formularios de ejercicio de derechos por los ciudadanos (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
4.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
4.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos diccionarios, textos legales o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
4.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
4.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Conocimiento experto sobre los dominios específicos asociados al trabajo.
2) Rigor y minuciosidad con los objetivos, el uso de los medios, la información, etc.
3) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
4) Elaboración de informes con estructura, orden, síntesis, etc.
5) Habilidades interpersonales.
5.– Puesto de Técnico de Información, Formación y Documentación:
5.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Diseño de un plan de formación en materia de protección de datos para el personal de las administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco para los próximos tres años.
5.2.– Contenido.
Deberán abordarse los siguientes contenidos: elaboración de una diagnostico de situación, propuesta de un plan por fases y administraciones, estrategias de implantación, colaboración, en su caso, con entidades y empresas de formación, contratación de formadores, elaboración de un presupuesto.
5.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
	Elaboración de un presupuesto.
D) Redacción de un modelo: diseño del contenido formativo de uno de los niveles en forma esquemática.
5.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos los modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
5.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos textos legales o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
5.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
5.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Diseño de métodos.
2) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
3) Previsión y gestión de programas.
4) Innovación sobre proyectos, medidas, soluciones y su implantación.
5) Conocimiento experto sobre los dominios específicos asociados al trabajo.
6) Habilidades interpersonales.
6.– Puesto de Auditor Informático Inspector:
6.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Análisis del documento de Seguridad de un fichero de datos personales con un nivel de seguridad alta.
6.2.– Contenido.
Deberán abordarse los siguientes contenidos: estructura de un documento de seguridad, planificación de la gestión de riesgos y metodología de análisis de documento de seguridad.
6.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
D) Redacción de un modelo: estructura de documento de seguridad y desarrollo de alguno de los apartados del mismo.
6.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos los modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
6.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos textos legales, técnicos o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
6.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
6.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Gestión de la información, clasificación, estructura, tratamiento, etc.
2) Diseño de métodos.
3) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
4) Elaboración de informes con estructura, orden, síntesis, etc.
5) Rigor y minuciosidad con los objetivos, el uso de los medios, la información, etc.
6) Habilidades interpersonales.
7.– Puesto de Letrado Instructor Inspector:
7.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Determinación de las actuaciones necesarias y los contenidos básicos de las mismas en orden a la correcta tramitación de un expediente de infracción que deba seguirse en la Agencia Vasca de Protección de Datos como consecuencia de la denuncia presentada en relación a una presunta conducta contraria a la normativa sobre protección de datos de carácter personal.
7.2.– Contenido.
Deberán abordarse las siguientes cuestiones: análisis de los presupuestos que habilitan la intervención de la Agencia, determinación del procedimiento y de las actuaciones que deban seguirse, análisis y calificación de la conducta denunciada desde la perspectiva de la normativa de protección de datos, órganos o personas con que relacionarse y forma de la relación, documentos, propuestas o resoluciones a generar y cuantas otras sean de interés a juicio del concursante.
7.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
D) Redacción de dos modelos: la propuesta de resolución por parte del instructor al Director y, al menos, otro de los documentos a utilizar.
7.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos los modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
7.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos textos legales o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
7.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
7.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Aplicación de la normativa.
2) Elaboración de informes con estructura, orden, síntesis y rigor jurídico.
3) Conocimiento experto sobre los dominios específicos asociados al trabajo.
4) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
5) Rigor y minuciosidad con los objetivos, el uso de los medios, la información, etc.
6) Habilidades interpersonales.
8.– Puesto de Responsable de Área Jurídica e Inspección:
8.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Propuesta organizativa del área jurídica e inspección de la Agencia Vasca de Protección de Datos, a partir de las funciones atribuidas a la misma y del personal asignado. Se acompañará de la redacción de un informe sobre el ámbito de aplicación de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública y de creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
8.2.– Contenido.
Deberán abordarse las siguientes cuestiones:
A) Respecto de la propuesta de organización del área jurídica: análisis de las funciones asignadas al área en la Resolución de 28 de noviembre de 2005 del Director de la Agencia Vasca de Protección de Datos por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Agencia Vasca de Protección de Datos, análisis de la distribución del trabajo a realizar, planificación del mismo, propuesta de organización interna del área y establecimiento de un plan de actuaciones para el ejercicio 2006, forma de realizar la coordinación y de relacionarse con el Director.
B) Respecto de la redacción del informe, el mismo versará sobre la compentencia de la Agencia Vasca de Protección de Datos respecto de la actividad de una sociedad pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco encargada del tratamiento de datos de un fichero con datos personales de un Departamento del Gobierno Vasco.
8.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser, excepto en la necesaria realización de los modelos, alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
D) Redacción de dos modelos: realización a nivel de diagrama de dos de los procesos más representativos a realizar en el área y redacción del informe jurídico mencionado.
8.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos los modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
8.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos textos legales o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
8.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
8.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Previsión, estrategia y planificación.
2) Capacidad de organización de tiempos, medios, prioridades, etc.
3) Aplicación de la normativa.
4) Elaboración de informes con estructura, orden, síntesis y rigor jurídico.
5) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
6) Habilidades interpersonales.
9.– Puesto de Responsable de Registro y Nuevas Tecnologías:
9.1.– Título de la memoria o proyecto a desarrollar.
Diseño, planificación y realización de una inspección sectorial en materia de protección de datos, en el área educativa. A nivel especulativo modelo de diagnóstico y medidas a adoptar.
9.2.– Contenido.
Deberán abordarse las siguientes cuestiones: análisis del sector, realización de la muestra tipo, estudio previo de declaraciones, propuesta de trabajos de campo, relación con las instituciones, diagnóstico, abanico de medidas posibles a adoptar, estrategia de implantación.
9.3.– Estructura.
Se indica a nivel referencial una estructura de memoria o proyecto que podrá ser alterada o adaptada por el o la concursante:
A) Síntesis inicial o resumen del proyecto.
B) Objetivos o finalidades del mismo.
C) Procedimiento de actuación:
	Acciones.
	Personas/Puestos.
	Documentos a generar.
	Herramientas a utilizar.
D) Redacción de un modelo: modelo de diagnóstico tras el análisis del sector.
9.4.– Forma de presentación.
La memoria habrá de presentarse por escrito y en formato digital (CD o diskette) en documento generado en Word debiendo ocupar un máximo 30 folios a una cara, excluidos los modelos. Existe libertad de utilización de formatos y márgenes pero la letra deberá ser Times New Roman y tendrá una dimensión 12.
Existirá la opción de presentar un resumen en Power Point a utilizar durante su defensa en la entrevista.
9.5.– Materiales que se pueden utilizar en su elaboración.
Se podrán utilizar cuantos textos legales, técnicos o bibliografía se consideren oportunos. Cuando se trascriban en el proyecto o memoria irán debidamente citados y referenciados.
9.6.– Objetivos.
Partiendo de las funciones principales del puesto establecidas en el anexo I, determinar el grado de conocimientos y destrezas relevantes en el desempeño del puesto con que cuenta el o la aspirante.
9.7.– Dimensiones del puesto que se evaluarán con la memoria.
Entre otras, las dimensiones que, en mayor o menor medida, se evaluarán con el proyecto o memoria serán:
1) Previsión, estrategia y planificación.
2) Capacidad de organización de tiempos, medios, prioridades, etc.
3) Innovación y conocimiento del uso de las Nuevas Tecnologías de la Información.
4) Capacidad analítica, de identificación de problemas, información y soluciones.
5) Diseño de métodos.
6) Habilidades interpersonales.
ANEXO IV
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LA AGENCIA VASCA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Modelo de certificado de antigüedad en la Administración y de trabajo desarrollado en relación con las funciones del puesto al que se aspira.
ADMINISTRACIÓN / ENTIDAD y DEPARTAMENTO U ORGANISMO:
D./D.ª:
Cargo:
Certifico: que según los antecedentes obrantes en esta entidad, el/la funcionario/a abajo indicado/a tiene acreditados los siguientes servicios:
1.– Datos personales y administrativos.
1.º apellido	2.º apellido	Nombre	DNI	Grupo	 Cuerpo	Especialidad caso de pertenencia a 	Grado personal	
						Cuerpo Facultativo
Situación administrativa:				Fecha inicio situación
a) Antigüedad (reconocida efectos de cálculo)	 	
Administración					Número meses		
b) Trabajo desarrollado en relación con las funciones del puesto que se solicita,
Denominación 	Cuerpo/os 	Cuerpo de 	Situación 	 Nivel C.D.	Desde 	Hasta 	Funciones principales del puesto	
del puesto	del puesto	la persona				 		(se podrá ampliar la información en el reverso)
								
								
								
								
								
								
								
Certificación que expido a petición del/a interesado/a y para que surta efecto en el concurso mencionado
En , a de de 2006
RSS