
N.º 94, viernes 19 de mayo de 2006
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Gernika-Lumo
2582
EDICTO dimanante del procedimiento 352/04 seguidos sobre quiebra.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Gernika-Lumo (Bizkaia).
Allende Salazar 9 - C.P. 48300.
Teléfono: 94 603 57 73.
Fax: 94 603 57 96.
Número de Identificación General: 48.03.2-04/201787.
Procedimiento: Quiebra 352/04.
Sobre: quiebra.
De: Anaiak Serrategia, S.A.
Procuradora: Sra. Miren Irune Gorroño Menchaca.
Contra: Anaiak Serrategia, S.A.
Procuradora: Sra. Miren Irune Gorroño Menchaca.
PROVIDENCIA
Juez que la dicta: D.ª Amaia Polo Perez.
Lugar: Gernika-Lumo (Bizkaia)
Fecha: veinticuatro de abril de dos mil seis.
En el precedente testimonio del auto de declaración de quiebra y del estado general de acreedores fórmese la sección cuarta de la quiebra en la que se actuará todo lo relativo al examen y reconocimiento de créditos y a su graduación y pago a los acreedores.
Prevéngase a los acreedores de la quebrada a fin de que antes del día 24 de mayo de 2006 presenten a los Síndicos nombrados los títulos de crédito, convocándose a Junta a los Acreedores a fin de proceder al examen y reconocimiento de los créditos, Junta que se celebrará el día 15 de junio de 2006 y hora de las 12:00 horas en la Sede de este Juzgado, anunciándose por medio de edictos que se publicarán en los Boletines Oficiales del País Vasco y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y citándose a los acreedores en la forma prescrita en el artículo 1378 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Requiérase a los Síndicos para que dentro de los ocho días siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de los títulos de los acreedores formen el estado general de los créditos a cargo de la quiebra, pasándolo al Sr. Comisario y dando copia del mismo al quebrado.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).
Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.
Firma del Juez.	Firma del Secretario.
Gernika-Lumo (Bizkaia), a 24 de abril de 2006.
LA SECRETARIA.
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