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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, viernes 21 de abril de 2006


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Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Bizkaia
2081

EDICTO dimanante del recurso de apelación n.º 447/05.

Audiencia Provincial de Bizkaia 3.ª.

Recurso: A. p. ordinario L2 447/05.

Parte apelada: Javier Sainz, S.L.

Sobre

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es el siguiente:

SENTENCIA N.° 183

Ilmos. Sres.

Dña. Maria Concepcion Marco Cacho.

Dña. Ana Isabel Gutierrez Gegundez.

Dña. Carmen Keller Echevarria.

En la Villa de Bilbao, a diecisiete de marzo de dos mil seis.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial integrada por las Ilustrísimas Señoras Magistrados del margen los presentes autos de Procedimiento Ordinario 741/02 procedentes del Juzgado de l.ª Instancia n.° 4 de Barakaldo y seguidos entre partes: como apelantes, Banco Vitalicio y Dragados y Telecomunicaciones Dyctel, S.L., representados por el Procurador, Jesús Fuente Lavín y dirigidos por los Letrados, Carola Diaz de Lezana Urruela y Alberto Sainz de Aja, respectivamente y como apelados, Telefónica de España, S.A.U., representado por la Procuradora Sra. Rodrigo y Villar y dirigido por el Letrado, Jesús M.ª Conde Redondo y Javier Sainz, S.L. en situación procesal de rebeldía.

Se aceptan y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada, en cuanto se relacionan con la misma.

FALLAMOS

Que con Desestimación de los recursos de apelación interpuestos por Banco Vitalicio y Dragados y Telecomunicaciones Dyctel, S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de l.ª Instancia n.° 4 de Barakaldo con fecha 6 de abril de 2004, debemos confirmar como confirmamos dicha resolución, con expresa imposición a los apelantes de las costas devengadas en esta segunda instancia.

Firme que sea la presente resolución devuélvanse los autos al Juzgado del que proceden con testimonio de esta sentencia para su cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada, Javier Sainz, S.L. por providencia de 21 de marzo de 2006 el Tribunal, ha acordado la publicación del presente edicto al BOPV para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Bilbao, a 21 de marzo de 2006.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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