Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 52, miércoles 15 de marzo de 2006


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
1378

ORDEN de 23 de febrero de 2006, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se aprueba y da publicidad a los impresos para solicitar la modificación de la planificación de los Ciclos Formativos para los cursos 2006-2007 y 2007-2008, y para la determinación del número de aulas a concertar para el curso escolar 2006-2007. Así mismo, se aprueba y se da publicidad al calendario de presentación de solicitudes.

La Orden de 6 de abril de 2004 convocaba la suscripción y renovación de Conciertos Educativos para los cursos escolares 2004-2005, 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 293/1987, de 8 de septiembre. El artículo 7 de dicha Orden, establece que anualmente, para la determinación de aulas a concertar, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco una Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación en la que se determinarán los calendarios e impresos de solicitudes.

Por otro lado, el artículo 5.2 de la mencionada Orden establece la posibilidad de solicitar modificaciones a la planificación en determinadas circunstancias.

La Orden de 30 de agosto de 2004 resuelve la suscripción y renovación de Conciertos Educativos, determinando la planificación para los cursos escolares 2004-2005, 2005-2006, 2006-2007, 2007-2008 en los niveles de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria y E. Especial.

Mediante la Orden de 15 de noviembre de 2004 se resuelve la suscripción y renovación de Conciertos Educativos, determinando la planificación para los cursos escolares 2004-2005, 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008 en los niveles de Bachilleratos, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, E. Especial 2 FP y Garantía Social- Iniciación Profesional.

Siendo preciso proceder a la determinación de las aulas a concertar para el curso escolar 2006-2007 y proceder en su caso, a realizar las posibles modificaciones a la planificación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar y dar publicidad a los impresos para solicitar la modificación de la planificación de los Ciclos Formativos para los cursos 2006-2007 y 2007-2008, y para la determinación del número de aulas a concertar para el curso escolar 2006-2007. Dichos impresos, adjuntos a la Orden, estarán a disposición de los centros docentes en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, Servicio de Igualdad de Oportunidades.

Segundo.– Aprobar y dar publicidad al calendario de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes para la concertación de las enseñanzas de E. Infantil (2.º ciclo), E. Primaria, E. Secundaria Obligatoria y E. Especial, finalizará el 8 de mayo de 2006.

El plazo de presentación de solicitudes para la concertación de las enseñanzas de Bachillerato, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superiores, E. Especial 2 FP y Garantía Social-Iniciación Profesional, finalizará el día 11 de septiembre de 2006.

En el caso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional se podrá solicitar la modificación de la planificación con motivo del cambio de especialidad, siempre y cuando dicha modificación no suponga incremento de aulas y se trate de una modificación que afecte a Ciclos Formativos del mismo grado. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 27 de abril de 2006.

Dicha modificación requerirá informe favorable de la Dirección de Formación Profesional. La resolución de la modificación será notificada al centro con anterioridad al 7 de junio de 2006.

Tercero.– Estudiadas las solicitudes y realizadas las propuestas de concertación por las Comisiones establecidas en la Orden de 6 de abril de 2004, mediante Orden del Consejero de Educación, Universidades e Investigación se resolverá el número de unidades a concertar para cada centro docente en un plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden, y su notificación será mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– En lo no previsto en esta Orden será de aplicación lo dispuesto en la Orden de 6 de abril de 2004 que convocaba la suscripción y renovación de Conciertos Educativos para los cursos escolares 2004-2005, 2005-2006, 2006-2007 y 2007-2008, los Decretos 293/1987 y 196/1992, así como la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.– La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2006.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

I. ERANSKINA / ANEXO I

(Véase el .PDF)

ANEXO II
AULAS A CONCERTAR

(Véase el .PDF)

ANEXO III
MODIFICACIÓN PLANIFICACIÓN CICLOS FORMATIVOS

(Véase el .PDF)


Análisis documental