
N.º 202, lunes 24 de octubre de 2005
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Disposiciones Generales
Agricultura, Pesca y Alimentación
5228
ORDEN de 11 de octubre de 2005, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se declara oficialmente cerrado un caso de la enfermedad de Encefalopatía Espongiforme Bovina.
Mediante Orden de 13 de septiembre de 2005, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, se declaró oficialmente la existencia de un caso de la enfermedad "Encefalopatía Espongiforme Bovina" en una explotación de ganado bovino de Campezo, del Territorio Histórico de Álava (BOPV n.º 182, de 23 de septiembre de 2005), poniéndose en marcha las medidas previstas dentro del Decreto 329/2001, de 27 de noviembre, de medidas de prevención, vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales de abasto.
Habiéndose comunicado por la Diputación Foral de Álava el cierre de dicho caso de la enfermedad, y de acuerdo con lo prescrito en el Decreto 507/1991, de 24 de septiembre, sobre enfermedades de animales sujetas a declaración obligatoria y normas para su notificación, y el resto de normativa de aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Declarar oficialmente cerrado el caso de la enfermedad de Encefalopatía Espongiforme Bovina en Campezo, del Territorio Histórico de Álava.
Segundo.– Comunicar esta declaración al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a las Diputaciones Forales y al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco.
Tercero.– Ordenar a los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco la supresión de las restricciones aplicadas dentro del Decreto 329/2001, de 27 de noviembre, de medidas de prevención, vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales de abasto.
Cuarto.– Publicar esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco a efectos de su general conocimiento.
Quinto.– Contra la presente disposición los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de dicha publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de octubre de 2005.
El Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación,
GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.
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