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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 120, sábado 25 de junio de 2005


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Otras Disposiciones

Transportes y Obras Públicas
3302

ORDEN de 30 de mayo de 2005, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se adjudican las becas, TB-1, TB-2, TB-3, TB-4, TB-5, TB-6 de la Dirección de Transportes en materia de formación.

Mediante Orden de 20 de abril de 2005 del Consejero de Transportes y Obras Públicas, se procedió a la convocatoria del programa de becas de la Dirección de Transportes para la formación de graduados universitarios (Boletín Oficial del País Vasco n.º 76 de 22 de abril de 2005).

Finalizado el plazo de solicitudes, tras la valoración de los expedientes de cada uno de los solicitantes y realización de todo el proceso de pruebas se llevó a cabo el proceso de evaluación de los candidatos, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de Becas.

Con fecha 26 de mayo de 2005, fue elevada propuesta de adjudicación de las citadas becas al Departamento de Transportes y Obras Públicas, formulada por el tribunal constituido a tal efecto, según se desprende del acta de la reunión del mismo, de fecha 26 de mayo de 2005, y que se incorpora como anexo a la presente orden.

La tramitación de las citadas becas cumple con todos los requisitos exigidos para la misma, en su orden de convocatoria.

Considerando que este Departamento es competente para resolver el expediente que se examina, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Gobierno de 30 de junio de l981, en el artículo 9.1.k del Decreto 20/2002, de 15 de enero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Transportes y Obras Públicas, así como en la Orden de 20 de abril de 2005 del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se convocan seis becas de la Dirección de Transportes de formación para graduados universitarios y se aprueban sus bases reguladoras (BOPV 22-04-2005).

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Otorgar las becas TB-1, TB-2, TB-3, TB-4, TB-5, TB-6 del programa de becas de la Dirección de Transportes en materia de formación por el importe del crédito de 14.400 euros de la partida presupuestaria 05.0.1.12.11.0100.4.453.01.51420.002.J, en favor de:

Beca TB-1:

– Buenas prácticas del conductor de vehículos pesados para el transporte de mercancías.

Oscar Etxebarria Aldasoro.

1.er suplente: Ziortza Sierra Ajuria.

2.º suplente: Noemí Briz Jiménez.

Beca TB-2:

– Los sistemas de transporte inteligente y su contribución a una movilidad sostenible.

Pedro Azcunaga Larrea.

1.er suplente: Gaizka Etxeberria Ulaiar.

2.º suplente: Heriberto Pérez Acebo.

Beca TB-3:

– El ferroutage. Cooperación entre el ferrocarril y la carretera.

Beatriz Lasa Belloso.

1.er suplente: Ziortza Sierra Ajuria.

2.º suplente: Noemí Briz Jiménez.

Beca TB-4:

– Las líneas aéreas de Low Cost. ¿Contribución al desarrollo regional?

Unai Zorrozua García.

1.er suplente: Heriberto Pérez Acebo.

2.º suplente: Noemí Briz Jiménez.

Beca TB-5:

– Líneas subvenciónales de las instituciones europeas vinculadas al sector del transporte en el País Vasco.

Olatz Gallastegui Arambarri.

1.er suplente: Noemí Briz Jiménez.

Beca TB-6:

– Sanciones y tipos penales vinculadas a la actividad del transporte.

Edurne Atares Casas.

1.er suplente: Noemí Briz Jiménez.

2.º suplente: Esther Veiga Cervilla.

Artículo 2.– El adjudicatario de la misma desarrollará esta beca en la Comunidad Autónoma del País Vasco, sometiéndose a las directrices que le señale el responsable de la Dirección de Transportes, en cuanto se refiere al contenido, lugar de elaboración, método a seguir en su desarrollo y demás aspectos relacionados con la ejecución de los trabajos.

El pago de la beca se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la orden de convocatoria, condicionando el primer pago de la misma al cumplimiento de las exigencias derivadas sobre la incompatibilidad del trabajo remunerado por el resultando undécimo, lo cual será verificado por los servicios técnicos de la Dirección de Transportes, y si no se cumpliera la misma procedería dejar sin efecto la presente orden.

La presente orden pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma únicamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dentro del plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o, en su caso, notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de mayo de 2005.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

ÁLVARO AMANN RABANERA.


Análisis documental