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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 120, sábado 25 de junio de 2005


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
3294

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2005, del Director de Administración de Industria y Minas, por la que se autoriza a la entidad TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L. inscrita como Organismo Notificado para la aplicación de las directivas 1997/23/CE, relativa a equipos a presión, 1995/16/CE sobre ascensores y 1998/37/CE sobre máquinas, la ampliación de actividades correspondientes a la Directiva de Máquinas para todas las máquinas del anexo IV de dicha directiva, en los términos establecidos en la presente Resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Uno.– Mediante Resolución de 3 de abril de 2001, del Director de Administración de Industria y Minas, se reconoció que la entidad TÜV Rheinland Ibérica, S.A., cumplía las condiciones para ser inscrita como Organismo Notificado para la aplicación de la directiva 1997/23/CE, relativa a equipos a presión; siendo notificada con el n.º 1027 y publicada en el BOE de 5 de mayo de 2001.

Dos.– Mediante Resolución de 2 de septiembre de 2002, del Director de Administración de Industria y Minas, se autorizó el cambio de nombre de la entidad, denominándose TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L. y se ordenó la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Tres.– Mediante Resolución de 1 de octubre de 2004, del Director de Administración de Industria y Minas, se autorizó a TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L. la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 1995/16/CE sobre ascensores y 1998/37/CE sobre máquinas, para todas las máquinas del anexo IV excepto para las de los apartados A16 y A17; siendo publicada en el BOE de 29 de octubre de 2004.

Cuatro.– Con fecha de registro de entrada 21 de abril de 2005 en el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, se solicitó por la mercantil TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L. la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 1998/37/CE sobre máquinas para todas las máquinas del anexo IV sin excepciones.

En la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes,

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

Uno.– La Dirección de Administración de Industria y Minas es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de lo establecido en el artículo 9, del Decreto 223/2001, de 16 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.

Dos.– La sección 1.ª del Capítulo IV del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial (BOE n.º 32, de 06-02-1996), modificado por el Real Decreto 411/1997, de 21 de marzo, (BOE n.º 100, de 26-04-1997), regula los organismos de control haciendo referencia en el artículo 42 a su acreditación y en el artículo 43 a su autorización.

Tres.– La empresa TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L., ha acreditado, mediante la documentación presentada, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre mencionado anteriormente y demás normas que resultan de aplicación, para ser ampliado el campo de actuación como Organismo Notificado correspondientes a los módulos de inspección de las directivas 1997/23/CE de equipos a presión, 1995/16/CE sobre ascensores y 1998/37/CE sobre máquinas, cumpliéndose en la tramitación del expediente todos los requisitos reglamentarios.

Vistos los preceptos legales citados y otras disposiciones de general y concordante aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Mantener la autorización anteriormente concedida para aplicación de las Directivas 1997/23/CE de equipos a presión, 1995/16/CE sobre ascensores y 1998/37/CE sobre máquinas y autorizar a la entidad TÜV Internacional Grupo TÜV Rheinland, S.L., la ampliación de actividades correspondientes a los módulos de inspección de las directivas, como Organismo Notificado, correspondientes a los anexos/módulos que se indican en los apartados siguientes de las citadas Directivas.

Segundo.– El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 1997/23/CE, sobre equipos a presión, se corresponde con:

Aprobación de procedimientos y personal que realiza uniones permanentes.

Aprobación europea de materiales.

Evaluación específica de materiales.

Módulo A1: control interno de fabricación con vigilancia de la verificación final.

Módulo B: examen CE de tipo.

Módulo B1: examen CE de diseño.

Módulo C1: conformidad con el tipo.

Módulo F: verificación de los productos.

Módulo G: verificación CE por unidad.

Tercero.– El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 1995/16/CE sobre ascensores, se corresponde con:

Ascensores:

Anexo V: examen CE de tipo.

Anexo VI: control final.

Anexo X: verificación por unidad.

Componentes de seguridad:

Anexo V: examen CE de tipo.

Anexo XI: conformidad con el tipo, con controles por muestreo.

Cuarto.– El alcance de la autorización para la aplicación de la Directiva 1998/37/CE sobre máquinas, se corresponde con:

Recepción y conservación del expediente técnico previsto en el anexo VI (artículo 8.2.c primer guión) para todas las máquinas que figuran en el anexo IV sin excepciones.

Quinto.– La presente autorización será efectiva una vez cumplido el trámite de notificación a la Unión Europea.

Sexto.– Ordenar la notificación y publicación en forma legal en el Boletín Oficial del País Vasco y en Boletín Oficial del Estado, de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Administración y Planificación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de mayo de 2005.

El Director de Administración de Industria y Minas,

RUBÉN MENDIOLA ERKOREKA.


Análisis documental