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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 91, martes 17 de mayo de 2005


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Vitoria-Gasteiz
2462

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 842/04 sobre reclamación de rentas y desahucio por falta de pago.

Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: J. verbal desh. L2 842/04.

Demandante: D.ª Maria Pilar Mendaza Anzuola.

Abogado: D. López de Munain Cantón, Luis Maria.

Procurador: D.ª Maria Mercedes Botas Armentia.

Demandado: Rafael Jiménez Pérez.

Sobre: reclamación rentas/desahucio falta de pago.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia n.° 71/05 cuyo fallo es el siguiente:

Don Javier Pegenaute Allo, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia n.º Dos de Vitoria y su partido ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA N.º 71/05

En la ciudad de Vitoria, a 11 de abril de 2005; habiendo visto y oído los presentes autos de juicio verbal, tramitado ante este Juzgado bajo el número 842/2004, y entre partes; como demandante Doña María Pilar Mendoza Anzuola, representada por la Procurador de los Tribunales Doña Mercedes Botas Armentia, y asistida por el Letrado Don Luis M.ª López de Munain Cantón, y como demandado Don Rafael Jiménez Pérez, en situación procesal de rebeldía; sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando la demanda presentada por la Procurador de los Tribunales Doña Mercedes Botas Armentia, en nombre y representación de Doña María Pilar Mendoza Anzuola, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes sobre la vivienda sita en la calle Nueva Dentro, n.° 10 bajo de la localidad de Vitoria, debo condenar y condeno a Don Rafael Jiménez Pérez a su desalojo, ratificándose el lanzamiento fijado para el 27 de abril de 2005, una vez se cumplan las exigencias legales, así como a abonar al actor la suma de 5.653,21 euros, más los intereses legales que se devenguen desde la fecha de la presente resolución y las rentas y gastos que se devenguen hasta el efectivo desalojo, con imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Rafael Jiménez Pérez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de abril de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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