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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 70, jueves 14 de abril de 2005


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Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Bizkaia
1846

EDICTO dimanante de los autos de menor cuantía n.º 678/97.

Audiencia Provincial de Bizkaia 4.ª.

Recurso: Cta. procurad. L2 23/04.

Parte: Demandado.

Parte: Demandado.

Sobre: menor cuantía.

En la pieza referenciada, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

PROVIDENCIA

Tribunal que lo dicta:

Ilmo. Sr. Presidente: D. Fernando Valdés Solís Cecchini.

Magistrado: D. Ignacio Olaso Azpiroz.

Magistrado: D.ª Lourdes Arranz Freijo.

Lugar: Bilbao.

Fecha: veintiuno de octubre de dos mil cuatro.

1.– Con el precedente escrito del Procurador D. Alberto Arenaza Artabe, al que acompaña la cuenta de los derechos y suplidos que afirma le adeuda su representado/a, fórmese la correspondiente pieza separada, llevándose nota a los autos principales.

2.– De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34.2, párrafo primero de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), requiérase al poderdante Corporación Yms, para que en el plazo de diez días pague la cantidad reclamada de 1.198,35 euros, o para que impugne la cuenta exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.

Apercíbase al/a la requerido/a de que si en dicho plazo no paga ni impugna la cuenta, se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, despachándose ejecución por la cantidad a que asciende la cuenta, más las costas.

A tal efecto, líbrese exhorto al Juzgado de Primera Instancia Decano de los de Madrid.

Directamente.

Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Tribunal, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Lo acuerda el Tribunal y lo firma el Presidente. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte recurrida, por providencia de 11-03-2005 el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y Boletín Oficial del País Vasco para llevar a efecto la diligencia de notificación-requerimiento.

En Bilbao, a 11 de marzo de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental