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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 226, jueves 25 de noviembre de 2004


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Otras Disposiciones

Cultura
6065

DECRETO 217/2004, de 16 de noviembre, de modificación del Decreto por el que se califica el Casco Histórico de Tolosa (Gipuzkoa) como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, y se aprueba su régimen de protección.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo desarrollo se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Mediante el Decreto 450/1995, de 17 de octubre, se calificó el Casco Histórico de Tolosa como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, y se fijó su régimen de protección.

El Ayuntamiento de Tolosa mediante un escrito de 9 de julio de 2004 solicitó una modificación muy concreta en un área sobre la que se está llevando a cabo un Plan Especial de Rehabilitación que plantea su renovación urbana. Esta área tiene un tratamiento específico en el Decreto 450/1995, donde se le reconoce un alto grado de deterioro urbano social y arquitectónico. La modificación solicitada consiste en suprimir la alineación trasera definida en el artículo 16.2 del Decreto 450/1995 citado.

Los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural realizaron un informe el 19 de julio de 2004, admitiendo que la alineación fijada en el Decreto 450/1995 no es relevante para una mayor o menor protección del Casco Histórico de Tolosa, admitiendo la modificación.

A tal fin, mediante Resolución de 3 de agosto de 2004, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, se incoó el expediente de modificación del Decreto 450/1995, de 17 de octubre, sobre el Casco Histórico de Tolosa, sometiéndose a los trámites de información pública y audiencia al interesado (BOPV n.º 173, de 9 de septiembre).

Abierto el trámite de información pública y audiencia a los interesados, no se han presentado alegaciones.

En virtud de todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 11.1 y 12 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco y visto el informe favorable de los Servicios Técnicos de Patrimonio Cultural, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 16 de noviembre de 2004,

DISPONGO:

Artículo único.– Modificar el párrafo 2.º del artículo 16.2 del Anexo I del Decreto 450/1995, de 17 de octubre, por el que se califica el Casco Histórico de Tolosa como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, relativo al régimen de protección, que tendrá la siguiente redacción:

"Dado el alto grado de deterioro urbano social y arquitectónico alcanzado en el área delimitada por: la plaza Gorriti; Agintari kalea desde el n.º 33 hasta aquélla; el final de la calle Santa María; y la ribera izquierda del Oria, se autorizarán las actuaciones oportunas de rehabilitación del tejido urbano, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

– Mantenimiento de la alineación del frente edificado de Agintari kalea, hasta por lo menos la línea de prolongación de los frentes a Gorriti plaza de lo inmuebles n.º 35 y 46 de Nagusia kalea.

– Mantenimiento del inmueble n.º 1 de Gorriti Plaza (no de sus añadidos de planta baja), o en su caso, construcción de uno nuevo en su emplazamiento, de tal suerte que permita la lectura espacial de la Plaza tal como hoy es, cerrada al río.

– Edificación entre medianeras como continuación de la existente en Agintari kalea.

– Conservación de una comunicación pública entre Agintari Kalea y Santa María kalea a nivel de planta baja.

– Utilización de los elementos e imágenes propias del Casco Histórico del que también forma parte esta área."

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.– El Departamento de Cultura inscribirá la modificación del régimen de protección establecido por el Decreto 450/1995, de 17 de octubre para el Casco Histórico de Tolosa en el Registro de Bienes Culturales Calificados, adscrito al Centro de Patrimonio Cultural Vasco.

Segunda.– El Departamento de Cultura comunicará el presente Decreto al Ayuntamiento de Tolosa, a los Departamentos de Cultura y de Urbanismo de la Diputación Foral de Gipuzkoa y al Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

Tercera.– El Departamento de Cultura instará al Ayuntamiento de Tolosa para que proceda a la adecuación de la normativa urbanística municipal a las prescripciones del régimen de protección que se determina para dicho Conjunto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco.

Cuarta.– Publíquese el presente Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Mientras no se produzca la adaptación del planeamiento municipal al régimen de protección establecido en este Decreto y sea informado favorablemente por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, las intervenciones que deban realizarse sobre el área afectada quedarán sujetas a la autorización de los órganos competentes de la Diputación Foral, la cual habrá de ser previa a la concesión de la licencia municipal, tal y como se establece en el artículo 29.1 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Segunda.– El presente Decreto surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 16 de noviembre de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Cultura,

MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.


Análisis documental