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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 139, jueves 22 de julio de 2004


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Otras Disposiciones

Agricultura y Pesca
4031

ORDEN de 16 de junio de 2004, del Consejero de Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para la campaña 2004-2005, las ayudas al cultivo, almacenamiento y comercialización de la patata previstas en el Decreto 268/2003, de 28 de octubre.

El Decreto 268/2003, de 28 de octubre (BOPV n.º 229, de 24 de noviembre de 2003), regula la concesión de ayudas al cultivo, almacenamiento y comercialización de la Patata de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En él se prevén diversas líneas de ayudas económicas financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la CAPV para la realización de actuaciones, proyectos e inversiones dirigidos a la mejora de la producción, a la introducción de nuevas tecnologías que sean respetuosas con el medio natural, al fomento de estructuras comerciales estables en el sector y al incremento de la producción de patata amparada por sellos o normas de calidad, o de producción ecológica.

En su artículo 8 se dispone que anualmente, mediante Orden del Consejero de Agricultura y Pesca, se procederá a realizar la convocatoria de dichas ayudas, en la que se establecerá el plazo de presentación de solicitudes para la correspondiente campaña, así como el importe de la asignación presupuestaria destinada a financiarlas. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto, la presente Orden tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas allí previstas para la campaña 2004-2005.

Por lo que respecta al régimen de prórroga presupuestaria, a la presente Orden le es de aplicación lo dispuesto en el Título IX del texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994 de 27 de septiembre, que permite realizar la presente convocatoria.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para la campaña 2004-2005 de ayudas al cultivo, almacenamiento y comercialización de la patata previstas en el Decreto 268/2003, de 28 de octubre, será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Las solicitudes se dirigirán al Director de Agricultura y Ganadería conforme al modelo recogido en el Anexo del Decreto 268/2003, de 28 de octubre, presentándolas en el Departamento de Agricultura y Pesca o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A la solicitud de ayuda se habrá de acompañar la documentación prevista en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de dicho Decreto.

Segundo.– Volumen total de las ayudas.

Las ayudas a conceder en virtud de la presente Orden se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la CAPV y su montante total no superará la cantidad de 600.000 euros.

Lo anterior sin perjuicio de su actualización en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente. En tal caso, la consignación presupuestaria que resulte de la aprobación de dichas modificaciones se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco con carácter previo a la resolución de las ayudas mediante resolución del Viceconsejero de Agricultura y Desarrollo Rural.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Recursos.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el mismo Diario Oficial.

Segunda.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2004.

El Consejero de Agricultura y Pesca,

GONZALO SÁENZ DE SAMANIEGO BERGANZO.


Análisis documental