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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 119, jueves 24 de junio de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Vivienda y Asuntos Sociales
3406

CONVOCATORIA PÚBLICA para la promoción concertada de 100 viviendas de protección oficial de régimen general, trasteros y garajes vinculados, y locales comerciales en el municipio de Andoain (Gipuzkoa) y 6 viviendas de protección oficial de régimen general, trasteros y garajes vinculados en el municipio de Idiazabal (Gipuzkoa).

BASES

I.– Objeto

Es objeto de esta convocatoria la adjudicación, por concurso público, de los beneficios determinados en la Base III y IV para la promoción y construcción de 100 Viviendas de Protección Oficial de Régimen General, trasteros y garajes vinculados, y locales comerciales en El Sector 8 "Plazaola", municipio de Andoain (Gipuzkoa) y 6 Viviendas de Protección Oficial de Régimen General, trasteros y garajes vinculados en el Barrio de Bikuña - Zona de Errekalde "Padres De Familia", en el municipio de Idiazabal (Gipuzkoa);

II.– Datos de la promoción

A) Identificación del Terreno:

ANDOAIN:

Finca Uno: Parcela residencial privada edificable en el termino de Andoain señalada con el número UNO, resultante del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución U.E.8.1.B del Plan Parcial del Sector 8.1 de la Zona N.º 8 "Plazaola" de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico Municipal de Andoain.

Tiene una superficie de dos mil trescientos cincuenta metros cuadrados (2.350 m2) y linda, por el Norte, con Arantzibia kalea; Sur, con Erroitz kalea; Este, finca número dos resultante del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución (U.E.8.1.B) y Oeste, con el casco Urbano de Andoain. En la misma se pueden construir 55 viviendas, adscritas todas ellas al régimen de protección pública de viviendas de protección oficial.

Finca Dos: Parcela residencial privada edificable en el termino de Andoain señalada con el número DOS resultante del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución U.E.8.1.B del Plan Parcial del Sector 8.1 de la Zona N.º 8 "Plazaola" de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico Municipal de Andoain.

Tiene una superficie de mil ciento setenta metros cuadrados (1.170 m2) y linda, por el Norte, con Arantzibia kalea; Sur, con Erroitz kalea; Este, Arantzibia kalea y zona urbanizada que le separa de la rotonda prevista en este Unidad de Ejecución (U.E.8.1.B) y Oeste, con finca número uno resultante del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución (U.E.8.1.B). En la misma se pueden construir 45 viviendas, adscritas todas ellas al régimen de protección pública de viviendas de protección oficial.

Titulo: Cesión gratuita del Ayuntamiento de Andoain. Pendiente de escriturar.

Compromisos: Los establecidos en el Convenio de Cooperación entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Andoain firmado el 23 de diciembre de 2002.

El Ayuntamiento de Andoain ha modificado la ordenanza municipal por la que se establece y regula el Impuesto Municipal sobre Construcciones, Obras e Instalaciones, en el sentido de aplicar a las promociones de vivienda en régimen de Protección Oficial el tipo legal mínimo, esto es el 2,5 %, así como una bonificación del 90% en la cuota por tasas de licencias de obras y urbanísticas.

El adjudicatario de la promoción deberá hacerse cargo de la urbanización vinculada de la citada promoción de viviendas.

IDIAZABAL:

Porción de terreno procedente del denominado Etxeondoa, pertenecido que fue de la casa Bikuña-Mayor, lado Sur, sito en Idiazabal. Tiene una superficie de mil sesenta y dos metros cuadrados (1.062 m2) y linda: Norte, camino vecinal; Sur, regata Bikuña que le separa de finca del Grupo Gurutze-Berri; Este, caserío Errekalde y Oeste, calle pública.

Registro: Inscrita en el Tomo 1.774, Libro 56, Folio 167, Finca N.º 3024.

Titulo: Compraventa al Ayuntamiento de Idiazabal mediante escritura de 17 de diciembre de 2002 ante el Notario de Beasain D. Fernando Rodríguez Prieto.

Compromisos: Los establecidos en el Convenio de Cooperación entre el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Idiazabal firmado el 30 de octubre de 2002.

* El Ayuntamiento de Idiazabal se ha comprometido a modificar la ordenanza municipal por la que se establece y regula el Impuesto Municipal sobre Construcciones, Obras e Instalaciones, en el sentido de aplicar a las promociones de vivienda en régimen de Protección Oficial el tipo legal mínimo, esto es el 2%, así como una bonificación del 90% en la cuota por tasas de licencias de obras y urbanismo.

* El adjudicatario de la promoción deberá hacerse cargo de la urbanización vinculada de la citada promoción de viviendas.

B) Situación, Superficie y Parámetros Urbanísticos

ANDOAIN

– 10.ª modificación de las NNSS de Andoain en la zona N.º 8 PLAZAOLA, aprobada definitivamente el 18 de febrero de 2003 (BOG de 17 de marzo de 2003). Plan Parcial del Sector 8.1 PLAZAOLA, aprobado definitivamente el 15 de abril de 2003 (BOG de 22 de mayo de 2003).

– Unidad de Ejecución U.E.8.1.B del Plan Parcial del Sector 8.1 de la Zona N.º 8 "Plazaola" de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico Municipal de Andoain.

– Condiciones Particulares de Ordenación para la Unidad de Ejecución independiente denominada 8.1.B.

– Superficie total 13.668 m2.

– Usos admisibles: Residencial en plantas altas, equipamientos y garajes en sótanos.

– Alineaciones edificatorias: Las definidas en el Plano de ordenación se consideran alineaciones máximas.

– Altura máxima de edificación y número de plantas: Hasta la rasante +69 y +57 se podrán disponer tres y dos plantas destinadas básicamente a aparcamiento. Por encima de esta rasante se admitirá hasta PB+5P con una altura máxima de cornisa de 16 metros desde el punto superior entre la acera y la fachada en cada uno de los bloques.

– Aprovechamiento máximo edificatorio:

– Número máximo de viviendas: 100 VPO.

– Superficie máxima de techo edificable en sótano: 9.600 m2.

– Superficie máxima de techo edificable en planta baja: 1.700 m2.

– Superficie máxima de techo edificable en plantas altas: 8.500 m2.

– El aprovechamiento previsto para vuelos podrá ser repartido de manera libre en el conjunto de las fachadas.

– Condiciones de urbanización:

– Urbanización de todo el suelo no edificado de la Unidad de Ejecución independiente denominada 8.1.B.

– Servidumbre de paso de las infraestructuras de servicios generales de la zona.

– Servidumbre de uso público en los espacios libres resultantes sobre los sótanos.

– Aparcamientos en superficie: No menos del 50% del número de viviendas.

– Condiciones de planeamiento y gestión

– Posibilidad de redacción de un Estudio de Detalle unitario para la totalidad de la parcela.

– Proyectos de Edificación con Proyecto complementario de Obras de Urbanización para la totalidad del suelo no edificado de la parcela.

– Sistema de actuación: Se redactará un Proyecto de Compensación.

IDIAZABAL

– Normas Subsidiarias de Idiazabal aprobadas definitivamente 22 de julio de 1987 y modificación puntual de las NNSS aprobada definitivamente el 23 de septiembre de 2003.

– Barrio de Bikuña, zona de Errekalde.

– Finca denominada "Padres de familia" , la superficie de la citada finca es de 1.062 m2

– Clasificación del suelo: Urbano.

– Topología: PB+3.

– Número de viviendas: 6

– Uso especifico plantas altas: V.P.O.

– Uso especifico plantas bajas: Garajes.

– La edificación se resolverá en un bloque abierto de planta baja más tres plantas altas, con una altura máxima de 12 metros y un aprovechamiento total de 955 m2(t) y se dispone una pequeña zona de aparcamiento público – 10 plazas.

C) Características Técnicas de la Promoción:

ANDOAIN

1.– Número de viviendas a construir: 100.

2.– Número de trasteros vinculados a construir: 100.

3.– Número de garajes vinculados a construir: 100.

4.– Garajes NO vinculados.

5.– Locales comerciales.

IDIAZABAL

1.– Número de viviendas a construir: 6.

2.– Número de trasteros vinculados a construir: 6.

3.– Número de garajes vinculados a construir: 6.

4.– Características de los elementos a edificar:

* Deberán adaptarse a las Ordenanzas de Diseño de Viviendas de Protección Oficial vigentes en la Comunidad Autónoma y obtener Calificación Definitiva (Orden de 30 de diciembre de 2002, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las Ordenanzas de Diseño de Viviendas de Protección Oficial).

* Cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. La Siniestralidad existente en los últimos tres años será inferior a 210, sin que en ningún caso el Índice de incidencia llegue a suponer 1 respecto a la siniestralidad mortal acaecida. A estos efectos, el Índice de incidencia es el siguiente: n.º de accidentes / n.º de trabajadores x 1000.

* El superficiario tendrá derecho a designar tanto al redactor del Proyecto de Básico y Ejecución como la Dirección Facultativa de las obras.

* El adjudicatario de la promoción deberá solicitar el CEE Provisional (Certificado de Eficiencia Energética) simultáneamente a la solicitud de la Calificación Provisional de VPO. Posteriormente deberá presentar el CEE definitivo.

* La ejecución de las obras habrá de llevarse a cabo bien por el sistema de promoción - construcción directa, bien por el de promoción - contratación total con empresa constructora; la determinación del sistema habrá de venir especificada en la oferta. En el caso de contratación total con empresa constructora distinta del concursante, en la oferta habrá de reflejarse la personalidad de dicha empresa adjuntándose los documentos contractuales. Así mismo se exigirá a las empresas constructoras idéntica clasificación que la requerida para la contratación de obras de igual presupuesto con la Administración Pública, así como la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. La clasificación vendrá determinada por el presupuesto de ejecución de la promoción en cuestión.

* Criterios de Calidad:

– Fachadas:

– En el caso de existir calefacción centralizada SIN control individual de la misma, la hoja interior del cerramiento exterior deberá tener una masa mínima de 86 kg./m2 (equivalente a ladrillo de 7 cm. de espesor).

– Instalaciones:

– El consumo de agua caliente sanitaria se satisfará por medio de colectores solares planos instalados en cubierta, siempre y cuando el rendimiento de los mismos sea adecuado en función del soleamiento de la cubierta prevista.

– Cocinas:

– Tanto las Viviendas Sociales como las Viviendas de Protección Oficial de régimen general deberán tener las cocinas montadas (armarios altos y bajos, encimera, fregadero, cocina, horno, lavadora y frigorífico).

– Revestimientos:

– En los cuartos húmedos los revestimientos verticales cubrirán toda la superficie y deberán ser, al igual que los suelos, de baldosa de gres.

– El resto del pavimento de la vivienda será de madera pegada.

– Carpintería:

– Exterior:

– En caso de carpintería de aluminio esta deberá estar dotada con rotura de puente térmico.

– Acristalamiento térmico con cámara de aire de 12 mm. mínimo, primándose en función de la ubicación mayor espesor.

– Tratamiento adecuado a los puentes térmicos y acústicos, especialmente en los frentes de forjado y capialzados de persianas en caso de utilizarse.

– Interior:

– Puertas interiores canteadas con escuadrilla de madera maciza.

– Puerta de acceso a vivienda de seguridad.

– En cuartos húmedos pinturas de techos hidrofugas.

– Las particiones interiores irán enlucidas con yeso o perliescayola y con acabados de pinturas plásticas.

– Escalera:

– Revestimiento de paramentos verticales especialmente resistentes a rozamientos.

* Criterios de Diseño (los criterios señalados serán de obligado cumplimiento, siempre que no entren en contradicción con la normativa urbanística a aplicar en cada caso):

– Programa vivienda:

– Un trastero por vivienda, preferiblemente ubicados bajo cubierta, si el planeamiento urbanístico lo posibilita, y al menos una plaza de garaje por vivienda.

– Ahorro energético:

– En ningún caso las viviendas tendrán por única orientación la Norte.

– Tendederos:

– Se dispondrán con servicio desde las cocinas. Deberá disponer de elementos que lo protejan en toda su longitud frontal de las vistas desde la calle y no ha de interferir en las luces directas de ningún hueco que resulte necesario para la iluminación mínima exigida de las distintas piezas de la vivienda.

– Mantenimiento del edificio:

– Los materiales y las soluciones constructivas empleadas en la epidermis de los edificios deberán ser consecuentes con un mantenimiento eficiente y eficaz (especialmente desde el punto de vista económico) por parte de los futuros usuarios.

* Una vez terminada la edificación será obligatoria la colocación de la placa de Viviendas de Protección Oficial. La misma estará a disposición del promotor en la Delegación Territorial correspondiente para su posterior troquelación: Los gastos de troquelación y colocación correrán por cuenta del promotor.

5.– Características de la urbanización a acometer:

A cargo del adjudicatario del concurso público habrá de ejecutarse la urbanización vinculada de las parcelas, conforme se especifica en el Proyecto de Urbanización que pueda existir o bien en el Planeamiento, que deberá ser objeto de desarrollo en el Proyecto Básico por parte del adjudicatario.

El planeamiento urbanístico vigente en el momento de la concesión no podrá ser modificado a instancias del adjudicatario, por ningún instrumento urbanístico, incluido el estudio de detalle, sin mediar autorización previa de la Dirección de Suelo y Urbanismo. A dicho efecto, el adjudicatario promotor de la modificación deberá comunicar a la antedicha Dirección su voluntad de acometer la modificación, sus causas, así como la documentación técnica y gráfica suficiente para comprender el alcance y sentido de la misma

6.– Plazos:

En el plazo máximo de 3 meses, a contar desde la adjudicación del concurso público, el superficiario deberá presentar los Proyectos Básicos para la obtención de las Calificaciones Provisionales. No debiendo superarse el plazo de 6 meses para la consecución de la misma desde la adjudicación.

En el plazo máximo de 15 días, a contar desde la concesión de las Calificaciones Provisionales de Viviendas de Protección Oficial, el superficiario deberá solicitar las Licencias Municipales de Construcción correspondientes; una vez concedida éstas, en el plazo máximo de 3 meses, deberá iniciar las obras de construcción de las edificaciones proyectadas.

En el plazo máximo de 26 meses, a contar desde la concesión de las Licencias Municipales de Construcción, el superficiario deberá finalizar las obras de construcción de las edificaciones y solicitar las Calificaciones Definitivas de Viviendas de Protección Oficial.

7.– Cualquier modificación de la documentación técnica, que dio origen a la adjudicación, necesita autorización de la Dirección de Planificación y Gestión Financiera.

8.– La Delegación Territorial correspondiente deberá informar a la Dirección de Planificación y Gestión Financiera de la evolución de la promoción (cumplimiento de plazos, calificaciones, incidencias, etc.…), e igualmente, deberá facilitar una copia de los proyectos con los que se conceda la Calificación Provisional y Definitiva de V.P.O.

D) Características Económicas de la Promoción

1.– El precio de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de vivienda será de:

ANDOAIN: 1.152,00 euros /m2.

IDIAZABAL: 1.017,00 euros /m2.

En las viviendas de baja densidad y en las de superficie útil igual o inferior a 75 m2 de nueva construcción se incrementará el precio de la vivienda un 10%.

2.– El precio de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de anejos vinculados a vivienda será de: 426,00 euros / m2.

3.– Cuantía máxima de préstamo cualificado por metro cuadrado a conceder al promotor: El que resulte de aplicar lo dispuesto en la normativa vigente sobre medidas financieras en materia de vivienda.

4.– Condiciones de los adquirentes de las viviendas en primera transmisión: Tanto los requisitos mínimos a cumplir por los adquirentes de las viviendas en primera transmisión, como el procedimiento para su selección se determinará mediante el procedimiento señalado en la Orden del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, de 26 de diciembre de 2000.

III.– Constitución de Derecho de Superficie con la siguiente contraprestación: Abono al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco en la fecha de otorgamiento de las correspondientes escrituras públicas de constitución de los Derechos de Superficie de la cantidad alzada de seis mil diez euros con doce centimos (6.010, 12 euros) por la cesión del derecho de superficie de Andoain y seis mil diez euros con doce céntimos (6.010, 12 euros) por la cesión del derecho de superficie de Idiazabal, más el I.V.A correspondiente (la base imponible de la constitución del derecho de superficie, a los efectos del calculo del I.V.A., será la parte proporcional del coste del terreno urbanizado cedido, incluida en su caso, la amortización de la urbanización cedida. Esta parte proporcional se determina en el 70%).

La formalización de los Derechos de Superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el Pliego de Condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.

IV.– Subvenciones.

A.– Gastos de urbanización hasta un máximo de 1.200.000,00 euros (movimiento de tierras, cimentación, muros y drenaje, y urbanización vinculada).

B.– Asistencia técnica hasta un máximo de 700.000,00 euros en concepto de asistencia técnica, considerando como tal los costes de redacción del Proyecto Básico, del Proyecto de Ejecución, Proyecto de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones, Programa de Control de Calidad, Estudio de Seguridad y Salud; y de la dirección de la obra, dirección de la ejecución de la obra y coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra

C.– La subvención máxima total a recibir 1.900.000,00 euros tendrá la siguiente distribución plurianual: 95.000,00 euros en el ejercicio presupuestario 2004, 571.686,00 euros en el ejercicio presupuestario 2005 y 1.233.314,00 euros en el ejercicio presupuestario 2006

V.– Percepción de Beneficios.

La formalización de los Derechos de Superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el Pliego de Condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.

El abono de la subvención relativa a coste de urbanización de la promoción se realizará contra la presentación de la correspondiente certificación de obra.

El abono de la subvención relativa a honorarios técnicos se realizará en el momento que se acredite su coste contra la presentación de las correspondientes minutas de honorarios.

VI.– Documentación y Ofertas.

Los Pliegos de Condiciones que regirán el concurso convocado se hallan a disposición de los ofertantes en la Delegación Territorial del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco en Gipuzkoa.

Las ofertas se presentarán en el Registro General del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sito en Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián, 1- E (Edificio Lakua I) hasta las 13,00 horas del día 17 de septiembre de 2004 conforme al modelo de proposición que se adjunta junto con el resto de documentación reseñada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

VII.– Apertura de Propuestas.

La apertura de las proposiciones presentadas se realizará en los locales del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sitos en Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián, 1- bajo (Edificio Lakua II), Sala 4, a las 13,30 del día 20 de septiembre de 2004.

VIII.– Adjudicación

El Director de Planificación y Gestión Financiera del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales dictará resolución adjudicando los beneficios señalados en la base III a la propuesta más ventajosa, o declarando el concurso desierto, de acuerdo al baremo establecido en los correspondientes Pliegos de Condiciones.

En Vitoria-Gasteiz, 27 de mayo de 2004.

El Director De Planificación y Gestión Financiera,

FRANCISCO JAVIER BURÓN CUADRADO.

ANEXO
MODELO DE PROPOSICIÓN

D. con domicilio en,	

Calle y provisto de D.N.I. n°,	

	

En nombre propio o en representación de la empresa 	

	

Con domicilio en, calle 	

Tfno .	

y C.I.F .	

DECLARO:

I.– Que he quedado enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n° ........................ de fecha	 ........................ del concurso que tiene por objeto la adjudicación de los beneficios de la promoción concertada de

II.– Que igualmente conozco el Pliego de Condiciones Técnicas y Jurídicas, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y demás documentación que debe regir el presente concurso, que expresamente asumo y acato en su totalidad.

III.– Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.

IV.– Que en relación con la promoción objeto de esta oferta, propongo las siguientes condiciones económicas:

a) En relación a las subvenciones propuestas renuncio a la/s cantidad/es que indico:

– Gastos de urbanización:			%

– Asistencia Técnica:				%

– Incentivos al arrendamiento:		%

– TOTAL:					%

b) Presupuesto de ejecución por contrata de la edificación:

c) Costo total por todos los conceptos:

d) Sistema de promoción:

V.– Que en relación con la promoción objeto de esta oferta, propongo las siguientes condiciones técnicas:

En, ...................a ........ de ...................de 2004

Fdo.:

D.N.I.


Análisis documental