
N.º 119, jueves 24 de junio de 2004
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Vivienda y Asuntos Sociales
3403
CONVOCATORIA PÚBLICA de promoción concertada de 16 viviendas sociales y 44 viviendas de protección oficial de régimen general, trasteros y garajes vinculados en Tolosa (Gipuzkoa).
BASES
I.– Objeto.
Es objeto de esta convocatoria la adjudicación, por concurso público, de los beneficios determinados en la Base III y IV para la promoción y construcción de 16 Viviendas Sociales y 44 Viviendas de Protección Oficial de Régimen General, trasteros y garajes vinculados, en el Área R-47 "Oria-Araxes" - Parcela Cinco, municipio de Tolosa (Gipuzkoa);
II.– Datos de la Promoción.
A) Identificación del Terreno:
Parcela residencial privada edificable en Tolosa, señalada con el número cinco, del Proyecto de Compensación de la U.E.1 del PERI del área R.47 Oria-Araxes. Tiene una superficie de 2.495 m2 en forma de U abierta al Oeste, Linda: al Norte, con paseo de ribera del río Oria y plaza interior; al Sur, plaza interior, zonas urbanizadas y vial interior; Este, espacio urbanizado que le separa del área R.42 SAM, plaza interior y zonas urbanizadas; y Oeste, finca resultante número uno de esta área, plaza interior y zonas urbanizadas.
Inscripción: Tomo 1.957, Libro 309, Folio 90, Finca 15.575, Inscripción 1.
Titulo: Compraventa al Ayuntamiento de Tolosa de 19 de diciembre de 2003 ante la Notaria de Tolosa D.ª María Larraitz Franco.
Compromisos: Los establecidos en el Convenio de Cooperación entre el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Tolosa firmado el 11 de febrero de 2004.
* El Ayuntamiento de Tolosa ha modificado la ordenanza municipal por la que se establece y regula el Impuesto Municipal sobre Construcciones, Obras e Instalaciones, en el sentido de aplicar a las promociones de vivienda en régimen de protección oficial el tipo legal mínimo, esto es el 2%, y para le supuesto de las promociones realizadas bajo el régimen jurídico y económico de las viviendas sociales, el Ayuntamiento de Tolosa ha modificado dicha ordenanza municipal al efecto de declarar su exención fiscal.
* El adjudicatario de la promoción deberá hacerse cargo de la urbanización vinculada de la citada promoción de viviendas.
B) Situación, Superficie y Parámetros Urbanísticos
1.– Planeamiento:
Modificación puntual de Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Tolosa aprobada definitivamente el 9 de enero de 2001. En desarrollo de este planeamiento fue redactado y tramitado urbanísticamente el correspondiente Plan Especial de Reforma Interior aprobado definitivamente 27 de julio de 2001.
2.– Suelo Urbano Residencial Área R-47 Oria-Araxes:
Zona de uso RESIDENCIAL (R)	Superficie	19.580 m2
Aprovechamiento edificatorio	Sup. máx. construida en planta sótano	5.000 m2
	Sup. máx. construida en planta baja	700 m2
	Sup. máx. construida en plantas altas	13.200 m2
	Sup. máx. construida en plantas altas incluyendo vuelos	13.800 m2
Número máximo de viviendas		120 (60 V.P.O.)
3.– Área R.47 "Oria-Araxes".
4.– Parcela cinco.
5.– Tiene una superficie de 2.495 m2 en forma de U al Oeste, correspondiéndole unos aprovechamientos edificables de 2.372 m2 en planta sótano, además de la superficie de 21 m2 destinado a paso o acceso rodado; 1.514 m2 en planta baja y 5.086 m2 en plantas altas, más los aprovechamientos bajo cubierta, a desarrollar con las alineaciones, perfiles y demás determinaciones establecidas en el PERI del Área R.47 Oria-Araxes y demás que sean de aplicación.
6.– El seno de la U configura parte de una plaza interior con una superficie aproximada de 95,10 m2, que pertenece al solar de esta finca.
C) Características Técnicas de la Promoción:
1.– Número de viviendas a construir:
– 16 Viviendas Sociales.
– 44 Viviendas de Protección Oficial de Régimen General.
2.– Número de trasteros vinculados a construir:
– 16 Trasteros vinculados a las Viviendas Sociales.
– 44 Trasteros vinculados a las Viviendas de Protección Oficial de Régimen General.
3.– Número de garajes vinculados a construir:
– 16 Garajes vinculados las Viviendas Sociales.
– 44 Garajes vinculados a las Viviendas de Protección Oficial de Régimen General.
4.– Características de los elementos a edificar:
* Deberán adaptarse a las Ordenanzas de Diseño de Viviendas de Protección Oficial vigentes en la Comunidad Autónoma y obtener Calificación Definitiva (Orden de 30 de diciembre de 2002, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las Ordenanzas de Diseño de Viviendas de Protección Oficial).
* Cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales. La Siniestralidad existente en los últimos tres años será inferior a 210, sin que en ningún caso el Índice de incidencia llegue a suponer 1 respecto a la siniestralidad mortal acaecida. A estos efectos, el Índice de incidencia es el siguiente: n.º de accidentes / n.º de trabajadores x 1000.
* El superficiario tendrá derecho a designar tanto al redactor del Proyecto de Básico y Ejecución como la Dirección Facultativa de las obras.
* El adjudicatario de la promoción deberá solicitar el CEE Provisional (Certificado de Eficiencia Energética) simultáneamente a la solicitud de la Calificación Provisional de VPO. Posteriormente deberá presentar el CEE definitivo.
* La ejecución de las obras habrá de llevarse a cabo bien por el sistema de promoción - construcción directa, bien por el de promoción - contratación total con empresa constructora; la determinación del sistema habrá de venir especificada en la oferta. En el caso de contratación total con empresa constructora distinta del concursante, en la oferta habrá de reflejarse la personalidad de dicha empresa adjuntándose los documentos contractuales. Así mismo se exigirá a las empresas constructoras idéntica clasificación que la requerida para la contratación de obras de igual presupuesto con la Administración Pública, así como la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. La clasificación vendrá determinada por el presupuesto de ejecución de la promoción en cuestión.
* Criterios de Calidad:
– Fachadas:
– En el caso de existir calefacción centralizada SIN control individual de la misma, la hoja interior del cerramiento exterior deberá tener una masa mínima de 86 kg./m2 (equivalente a ladrillo de 7 cm. de espesor).
– Instalaciones:
– El consumo de agua caliente sanitaria se satisfará por medio de colectores solares planos instalados en cubierta, siempre y cuando el rendimiento de los mismos sea adecuado en función del soleamiento de la cubierta prevista.
– Cocinas:
– Tanto las Viviendas Sociales como las Viviendas de Protección Oficial de régimen general deberán tener las cocinas montadas (armarios altos y bajos, encimera, fregadero, cocina, horno, lavadora y frigorífico).
– Revestimientos:
– En los cuartos húmedos los revestimientos verticales cubrirán toda la superficie y deberán ser, al igual que los suelos, de baldosa de gres.
El resto del pavimento de la vivienda será de madera pegada.
– Carpintería:
– Exterior:
– En caso de carpintería de aluminio esta deberá estar dotada con rotura de puente térmico.
– Acristalamiento térmico con cámara de aire de 12 mm. mínimo, primándose en función de la ubicación mayor espesor.
– Tratamiento adecuado a los puentes térmicos y acústicos, especialmente en los frentes de forjado y capialzados de persianas en caso de utilizarse.
– Interior:
– Puertas interiores canteadas con escuadrilla de madera maciza.
– Puerta de acceso a vivienda de seguridad.
– En cuartos húmedos pinturas de techos hidrófugas.
– Las particiones interiores irán enlucidas con yeso o perliescayola y con acabados de pinturas plásticas.
– Escalera:
–Revestimiento de paramentos verticales especialmente resistentes a rozamientos.
* Criterios de Diseño (los criterios señalados serán de obligado cumplimiento, siempre que no entren en contradicción con la normativa urbanística a aplicar en cada caso):
– Programa vivienda:
– Un trastero por vivienda, preferiblemente ubicados bajo cubierta, si el planeamiento urbanístico lo posibilita, y al menos una plaza de garaje por vivienda.
– Ahorro energético:
– En ningún caso las viviendas tendrán por única orientación la Norte.
– Tendederos:
–Se dispondrán con servicio desde las cocinas. Deberá disponer de elementos que lo protejan en toda su longitud frontal de las vistas desde la calle y no ha de interferir en las luces directas de ningún hueco que resulte necesario para la iluminación mínima exigida de las distintas piezas de la vivienda.
– Mantenimiento del edificio:
–Los materiales y las soluciones constructivas empleadas en la epidermis de los edificios deberán ser consecuentes con un mantenimiento eficiente y eficaz (especialmente desde el punto de vista económico) por parte de los futuros usuarios.
* Una vez terminada la edificación será obligatoria la colocación de la placa de Viviendas de Protección Oficial. La misma estará a disposición del promotor en la Delegación Territorial correspondiente para su posterior troquelación: Los gastos de troquelación y colocación correrán por cuenta del promotor.
5.– Características de la urbanización a acometer:
A cargo del adjudicatario del concurso público habrá de ejecutarse la urbanización vinculada al Área R-47 "Oria-Araxes" - Parcela Cinco, conforme se especifica en el Proyecto de Urbanización que pueda existir o bien en el Planeamiento, que deberá ser objeto de desarrollo en el Proyecto Básico por parte del adjudicatario.
El planeamiento urbanístico vigente en el momento de la concesión no podrá ser modificado a instancias del adjudicatario, por ningún instrumento urbanístico, incluido el estudio de detalle, sin mediar autorización previa de la Dirección de Suelo y Urbanismo. A dicho efecto, el adjudicatario promotor de la modificación deberá comunicar a la antedicha Dirección su voluntad de acometer la modificación, sus causas, así como la documentación técnica y gráfica suficiente para comprender el alcance y sentido de la misma
6.– Plazos:
En el plazo máximo de 3 meses, a contar desde la adjudicación del concurso público, el superficiario deberá presentar el Proyecto Básico para la obtención de la Calificación Provisional. No debiendo superarse el plazo de 6 meses para la consecución de la misma desde la adjudicación.
En el plazo máximo de 15 días, a contar desde la concesión de la Calificación Provisional de Viviendas de Protección Oficial, el superficiario deberá solicitar la Licencia Municipal de Construcción correspondiente; una vez concedida ésta, en el plazo máximo de 3 mes, deberá iniciar las obras de construcción de la edificación proyectada.
En el plazo máximo de 26 meses, a contar desde la concesión de la Licencia Municipal de Construcción, el superficiario deberá finalizar las obras de construcción de la edificación y solicitar la Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Oficial.
7.– Cualquier modificación de la documentación técnica, que dio origen a la adjudicación, necesita autorización de la Dirección de Planificación y Gestión Financiera.
8.– La Delegación Territorial correspondiente deberá informar a la Dirección de Planificación y Gestión Financiera de la evolución de la promoción (cumplimiento de plazos, calificaciones, incidencias, etc.…), e igualmente, deberá facilitar una copia de los proyectos con los que se conceda la Calificación Provisional y Definitiva de V.P.O.
D) Características Económicas de la Promoción
1.– El precio de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de vivienda, será de:
Viviendas de Protección Oficial de Régimen General: 1.152,00 euros/m2 útil.
En las viviendas de baja densidad y en las de superficie útil igual o inferior a 75 m2 de nueva construcción se incrementará el precio de la vivienda un 10%.
Viviendas Sociales: 745,00 euros /m2 útil.
2.– El precio de adjudicación o venta en primera transmisión, por metro cuadrado de superficie útil de anejos vinculados a vivienda, será de:
Anejos vinculados a Vivienda de Protección Oficial de Régimen General: 426,00 euros/m2 útil.
Anejos vinculados a Viviendas Sociales: 339,00 euros/m2 útil.
3.– Cuantía máxima de préstamo cualificado por metro cuadrado a conceder al promotor: El que resulte de aplicar lo dispuesto en la normativa vigente sobre medidas financieras en materia de vivienda.
4.– Condiciones de los adquirentes de las viviendas en primera transmisión: Tanto los requisitos mínimos a cumplir por los adquirentes de las viviendas en primera transmisión, como el procedimiento para su selección se determinará mediante el procedimiento señalado en la Orden de 16 de diciembre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de 14 de junio de 2002 sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección Oficial.
III.– Constitución de derecho de superficie con la siguiente contraprestación: Abono al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco en la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de constitución de Derecho de Superficie de la cantidad alzada de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros), más el I.V.A correspondiente (la base imponible de la constitución del derecho de superficie, a los efectos del calculo del I.V.A., será la parte proporcional del coste del terreno urbanizado cedido, incluida en su caso, la amortización de la urbanización cedida. Esta parte proporcional se determina en el 70%).
La formalización del Derecho de Superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el Pliego de Condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.
IV.– Subvenciones
A.– Gastos de urbanización hasta un máximo de 520.000,00 euros (movimiento de tierras, cimentación, muros y drenaje, y urbanización vinculada).
B.– Asistencia técnica hasta un máximo de 300.000,00 euros en concepto de asistencia técnica, considerando como tal los costes de redacción del Proyecto Básico, del Proyecto de Ejecución, Proyecto de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones, Programa de Control de Calidad, Estudio de Seguridad y Salud; y de la dirección de la obra, dirección de la ejecución de la obra y coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra
C.– La promoción de viviendas sociales, bajo el compromiso de vender las citadas viviendas promovidas para su puesta en arrendamiento protegido, se incentivará hasta el 20% del precio máximo de venta de las viviendas sociales, hasta un máximo de 180.000,00 euros.
D.– La subvención máxima total a recibir 1.000.000,00 euros tendrá la siguiente distribución plurianual: 50.000,00 euros en el ejercicio presupuestario 2004, 358.433,00 euros en el ejercicio presupuestario 2005 y 591.567,00 euros en el ejercicio presupuestario 2006.
V.– Percepción de Beneficios
La formalización del Derecho de Superficie sobre los terrenos de ubicación de la promoción se realizará de conformidad con el Pliego de Condiciones adjunto a la Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales.
El abono de la subvención relativa a coste de urbanización de la promoción se realizará contra la presentación de la correspondiente certificación de obra.
El abono de la subvención relativa a honorarios técnicos se realizará en el momento que se acredite su coste contra la presentación de las correspondientes minutas de honorarios.
Para poder acceder al incentivo de hasta el 20% del precio máximo de venta de las viviendas sociales, el promotor de las viviendas deberá presentar en la Delegación Territorial correspondiente, el/los contratos de venta de las viviendas a la entidad que las vaya a poner en arrendamiento.
VI.– Documentación y ofertas
Los Pliegos de Condiciones que regirán el concurso convocado se hallan a disposición de los ofertantes en la Delegación Territorial del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco en Gipuzkoa.
Las ofertas se presentarán en el Registro General del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sito en Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián, 1- E (Edificio Lakua I) hasta las 13,00 horas del día 17 de septiembre de 2004 conforme al modelo de proposición que se adjunta junto con el resto de documentación reseñada en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
VII.– Apertura de Propuestas
La apertura de las proposiciones presentadas se realizará en los locales del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, sitos en Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián, 1- bajo (Edificio Lakua II), Sala 4, a las 09,00 del día 20 de septiembre de 2004.
VIII.– Adjudicación
El Director de Planificación y Gestión Financiera del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales dictará resolución adjudicando los beneficios señalados en la base III a la propuesta más ventajosa, o declarando el concurso desierto, de acuerdo al baremo establecido en los correspondientes Pliegos de Condiciones.
En Vitoria-Gasteiz, 27 de mayo de 2004.
El Director de Planificación y Gestión Financiera,
FRANCISCO JAVIER BURÓN CUADRADO.
ANEXO
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. con domicilio en,	
Calle y provisto de D.N.I. n°,	
	
En nombre propio o en representación de la empresa
	
Con domicilio en, calle 	
Tfno y 	
C.I.F.	
DECLARO:
I.– Que he quedado enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n° ................. de fecha ................. del concurso que tiene por objeto la adjudicación de los beneficios de la promoción concertada de .................
II.– Que igualmente conozco el Pliego de Condiciones Técnicas y Jurídicas, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y demás documentación que debe regir el presente concurso, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
III.– Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
IV.– Que en relación con la promoción objeto de esta oferta, propongo las siguientes condiciones económicas:
a) En relación a las subvenciones propuestas renuncio a:
– Gastos de urbanización: 	%
– Asistencia Técnica: 	%
– Incentivos al arrendamiento: 	%
– TOTAL: 	%
b) Presupuesto de ejecución por contrata de la edificación:
c) Costo total por todos los conceptos:
d) Sistema de promoción:
V.– Que en relación con la promoción objeto de esta oferta, propongo las siguientes condiciones técnicas:
En, ................. a ..... de................. de 2004
Fdo.:
D.N.I.
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