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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, miércoles 2 de junio de 2004


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
2916

DECRETO 96/2004, de 25 de mayo, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción del corredor Uribe-Kosta. Tramo Mimenaga-Sopelana".

Por Orden Foral del Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia de 4 de marzo de 2004, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de construcción del corredor Uribe-Kosta. Tramo Mimenaga-Sopelana". En la misma sesión se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones, que fueron resueltos según consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

El citado proyecto, previsto en el Plan Territorial Sectorial de Carreteras de Bizkaia, tiene por objeto dar continuidad al Corredor de alta capacidad Uribe-Kosta, cuyos dos primeros tramos soportan las elevadas y crecientes tasas de movilidad de los tráficos entre el área metropolitana y los municipios y playas de la zona noreste del Territorio, evitando en consecuencia las congestiones y retenciones que actualmente se producen y posibilitando asimismo un by-pass de conexión hacia el corredor de Unbe.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de mayo de 2004.

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de construcción del corredor Uribe-Kosta. Tramo Mimenaga-Sopelana".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenacion del Territorio

y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental