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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 103, miércoles 2 de junio de 2004


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
2911

DECRETO 93/2004, de 25 de mayo, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción y desembolso de nuevas acciones de la Sociedad Anónima Pública Orquesta de Euskadi, S.A. y se modifican sus Estatutos Sociales.

El Consejo de Administración de la Sociedad Anónima Pública Orquesta de Euskadi, S.A., ha propuesto la ampliación del capital social de dicha Mercantil, con el objeto de atender diferentes inversiones patrimoniales. Actualmente tal capital social está fijado en un millón, trescientos sesenta y seis mil, quinientos (1.366.500,00) euros, totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como socio único, representado por 2.733 acciones nominativas, de quinientos (500,00) euros de valor nominal cada una de ellas y numeradas correlativamente del 1 al 2.733, ambos inclusive, a la par y libre de todo gasto e impuesto de emisión.

La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, establece, en su artículo 44, que la adquisición de participaciones de las Sociedades Públicas, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente. La Sociedad Pública Orquesta de Euskadi, S.A., ha quedado adscrita al Departamento de Cultura, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 1/1999 de 4 de enero.

En su virtud, a propuesta conjunta de las Consejeras de Hacienda y Administración Pública y de Cultura, en su sesión celebrada el día 25 de mayo de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar la suscripción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en ejercicio de sus derechos de socio único, de cincuenta y una (51) acciones, de quinientos (500,00) euros cada una de ellas, emitidas por la Sociedad Anónima Pública Orquesta de Euskadi, S.A., y numeradas correlativamente del 2.734 al 2.784. La emisión de las acciones se hará con una prima de emisión por trescientos cuarenta y dos euros y setenta y dos céntimos (342,72), a razón de seis euros y setenta y dos céntimos (6,72) por cada una de las 51 nuevas acciones. En consecuencia el desembolso total a efectuar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi será de veinticinco mil ochocientos cuarenta y dos euros con setenta y dos céntimos (25.842,72).

Artículo 2.– Se modifica el artículo 5, párrafo 1 de los Estatutos Sociales, que, en lo sucesivo, quedará redactado como sigue:

"Artículo 5.– Capital Social.

1.– El capital social se fija en un millón trescientos noventa y dos mil (1.392.000,00) euros, representado por 2.784 acciones nominativas, de quinientos (500,00.) euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 2.784, ambos inclusive, totalmente suscrito y desembolsado.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de mayo de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

La Consejera de Cultura,

MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.


Análisis documental