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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 99, jueves 27 de mayo de 2004


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Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
2782

DECRETO 88/2004, de 18 de mayo, por el que se autoriza la participación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi en la ampliación de capital de la Sociedad Pública "Ingeniería para el Metro de Bilbao S.A.-Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B." y se modifican sus Estatutos.

Mediante Decreto n.° 216/1988, de 4 de agosto, se acordó la creación de la Sociedad Pública "Ingeniería para el Metro de Bilbao S.A.-Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B." y se aprobaron sus Estatutos.

La citada Sociedad Pública se constituyó al objeto de gestionar los proyectos referentes a la construcción y equipamiento, así como la dirección, inspección y control técnico de las obras e instalaciones relativas al Ferrocarril Metropolitano de Bilbao que le sean encomendados. Asimismo, son actividades propias de la Sociedad los aspectos relacionados con la información y la atención al público que un proyecto de esta naturaleza requiere.

La Junta General de Accionistas celebrada el 16 de septiembre de 1997 acordó modificar y ampliar el objeto social, correspondiendo también desde entonces a la sociedad la prestación de servicios técnicos de ingeniería referentes a infraestructuras de sistemas de transporte ferroviario de titularidad pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Para dar debido cumplimiento al citado objeto social, y para financiar las inversiones a efectuar por la Sociedad en el ejercicio de 2004, el Consejo de Administración de la citada Sociedad Pública, en su sesión del día 31 de marzo de 2004, elevó a la Junta General de Accionistas, conforme al art. 7.1 del citado Decreto 216/1988, la propuesta de ampliación de capital por un importe de cuarenta y siete mil euros (47.000 euros).

De conformidad con lo precedente, en la reunión del día 18 de mayo de 2004, la Junta General de Accionistas de la Sociedad Pública "Ingeniería para el Metro de Bilbao S.A.-Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B." acordó ampliar el capital social, fijado actualmente en cuatrocientos setenta mil quinientos euros (470.500 euros), totalmente suscrito y desembolsado por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como único socio, representado por nueve mil cuatrocientas diez (9.410) acciones nominativas, de única serie y clase, por un nominal de 50 euros cada una de ellas y numeradas correlativamente del 1 al 9.410, ambos inclusive, en la suma de cuarenta y siete mil euros (47.000 euros), mediante la emisión de 940 nuevas acciones nominativas, de igual serie y clase que las anteriores, de 50 euros de valor nominal cada una de ellas, y numeradas del 9.411 al 10.350, ambas inclusive.

La Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi, establece en su artículo 44 que las ampliaciones de capital en las Sociedades Públicas por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi deberá ser autorizada por Decreto del Gobierno, a propuesta conjunta de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y del Departamento del que la Sociedad dependa administrativamente.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Transportes y Obras Públicas, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 18 de mayo de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1.– Autorizar la suscripción por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ejercicio de sus derechos de socio único, de novecientas cuarenta (940) acciones de cincuenta (50) euros de valor nominal cada una de ellas, de única serie y clase, numeradas correlativamente de la nueve mil cuatrocientas once (9.411) a la diez mil trescientas cincuenta (10.350), ambas inclusive, a la par y libres de todo gasto e impuesto de emisión, así como su desembolso, en los términos del acuerdo adoptado por la Junta de Accionistas de la Sociedad Pública "Ingeniería para el Metro de Bilbao, S.A.-Bilboko Metrorako Ingeniaritza A.B." .

Artículo 2.– Se modifica el artículo quinto de los Estatutos sociales de la citada Sociedad Pública, que adoptará la siguiente redacción:

"Artículo 5. Capital.

El capital social se fija en quinientos diecisiete mil quinientos euros (517.500 euros), representado por diez mil trescientas cincuenta (10.350) acciones nominativas de cincuenta euros (50 euros) de valor nominal cada una de ellas, de única serie y clase, numeradas correlativamente de la una a la diez mil trescientas cincuenta, ambas inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 18 de mayo de 2004.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Transportes y Obras Públicas,

ÁLVARO AMANN RABANERA.


Análisis documental