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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 83, miércoles 5 de mayo de 2004


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Otras Disposiciones

Cultura
2321

ORDEN de 21 de abril de 2004 de la Consejera de Cultura, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la Orden de la Consejera de Cultura por la que se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones para competiciones deportivas de carácter internacional y actividades de divulgación deportiva.

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y Organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003, se dictó la Orden de 18 de junio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones para competiciones deportivas de carácter internacional y actividades de divulgación deportiva, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 132 de 7 de julio de 2003, por lo que procede la adaptación de los plazos y condiciones necesarios para la aplicación de la referida Orden durante el ejercicio 2004.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para acceder a la Convocatoria de ayudas establecida por Orden de 18 de junio de 2003, por la que se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones para competiciones deportivas de carácter internacional y actividades de divulgación deportiva, en el ejercicio 2004 será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente.

Artículo 2.– Solicitudes y documentación a presentar.

Las personas solicitantes de las ayudas a las que se refiere la presente, deberán dirigirlas conforme al modelo que se incluye como anexo a la Orden de 18 de junio de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones para competiciones deportivas de carácter internacional y actividades de divulgación deportiva, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco núm. 132 de 7 de julio de 2003, junto con la documentación allí exigida a la Dirección de Deportes, bien directamente, bien por cualquier procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3.– Recursos económicos.

1.– Se destina al objeto de las ayudas a las que se refiere la presente Orden, durante el presente ejercicio 2004, la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA EUROS (438.760,00 euros), con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV.

2.– El importe global se desglosará de la siguiente manera:

a) Ayudas a competiciones deportivas de carácter internacional. 393.760 (trescientas noventa y tres mil setecientos sesenta) euros.

b) Ayudas para actividades de divulgación deportiva. 45.000 (cuarenta y cinco mil) euros.

3.– El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Cultura y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes.

Artículo 4.– Actualización de fechas.

A los efectos de la presente convocatoria, las referencias que en la Orden de 18 de junio de 2003 de la Consejera de Cultura, por la que se establecen las normas que regulan la concesión de subvenciones para competiciones deportivas de carácter internacional y actividades de divulgación deportiva, se hacen al año 2003, han de entenderse efectuadas al año 2004.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

Segunda.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de abril de 2004.

La Consejera de Cultura,

MIREN AZKARATE VILLAR.


Análisis documental