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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 83, miércoles 5 de mayo de 2004


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
2316

ORDEN de 28 de abril de 2004, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se adapta para su aplicación durante el ejercicio 2004 la "Orden de 11 de junio de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato".

Al amparo de lo establecido en el Título IX del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre Régimen Presupuestario de Euskadi, se dictó el Decreto 317/2003, de 23 de diciembre, sobre ampliación de la vigencia de determinadas disposiciones reguladoras de ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, pudiendo, a tal fin, el Gobierno y los distintos Departamentos y organismos Autónomos adaptar los plazos, condiciones y requisitos necesarios para su aplicación durante el ejercicio 2004.

En el ejercicio 2003 se publicó la "Orden de 11 de junio de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato", en el Boletín Oficial de País Vasco número 140, de 17 de julio, por lo que procede la adaptación necesaria de los plazos para la aplicación de la referida Orden durante el ejercicio 2004.

En su virtud,

RESUELVO:

Artículo 1.– Plazo de presentación de solicitudes.

Los alumnos y alumnas que deseen optar al Premio Extraordinario, deberán inscribirse, a partir de la publicación de esta Orden, en el Centro Público en el que se encuentre su expediente académico, finalizando el plazo el día 6 de junio. Las solicitudes también podrán remitirse al mismo destino por correo certificado o por cualquier otro procedimiento previsto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 2.– Realización de las pruebas.

Las pruebas se celebrarán el 19 junio de 2004 a las 10 horas en:

IES Miguel de Unamuno BHI de Bilbao, C/ Licenciado Poza, 1.

IES Federico Baraibar BHI de Vitoria-Gasteiz, C/Nieves Cano, 14.

IES Usandizaga-Peñaflorida-Amara BHI de Donostia-San Sebastián, Plaza Pío XII, s/n.

Artículo 3.– Lista provisional.

La Resolución con la lista provisional será publicada en las Delegaciones Territoriales el 2 de julio de 2004, estableciéndose el periodo de reclamación en cinco día hábiles desde dicho día.

Artículo 4.– Lista definitiva.

Sin perjuicio de la notificación de la Resolución a las personas premiadas, la Resolución con la lista definitiva se expondrá en los mismos lugares el 13 de julio de 2004. Según lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, si en el plazo máximo de tres meses, a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes, no ha sido notificada dicha Resolución, las solicitudes podrán entenderse desestimadas, a tenor de lo que el artículo 44.1 de dicha Ley prevé.

Artículo 5.– Concesión de Becas.

Quienes, realizada la prueba, promediando la nota obtenida en el examen con la previa logren 8,75 puntos o más, tendrán una beca para estudios universitarios. Para lo que, antes del 30 de septiembre de 2004, deberán presentar el anexo II de esta Orden y un justificante de matrícula en el que aparezca el coste de la misma. Entre quienes cumplan el requisito indicado, se distribuirán 12.000 _, no pudiendo concederse a nadie una cantidad superior al coste de su matrícula.

Artículo 6.– Actualización de cursos.

A los efectos de la presente Orden, las referencias que en la "Orden de 11 de junio de 2003, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato" se hacen a los años 2003 y 2004, y a los cursos 2002/2003 y 2003/2004 se entenderán realizadas a los años 2004 y 2005, y a los cursos 2003/2004 y 2004/2005 respectivamente.

DISPOSICI0NES FINALES

Primera.– Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de abril de 2004.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

ANJELES IZTUETA AZKUE.


Análisis documental