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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, viernes 23 de abril de 2004


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Bilbao
2149

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 362/03.

Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Bilbao (Bizkaia)

Juicio: Pro. Ordinario L2 362/03.

Demandante D/D.ª: Manuel Otiñano Expósito, María Jesús Otiñano Expósito, Juana Urbina Zuberogoitia, Matilde Otiñano Expósito, Pedro Juan Otiñano Urbina y Carlos Otiñano Urbina.

Abogado D/D.ª: Moreno Lombardero, Juan Miguel, Moreno Lombardero Juan Miguel, Moreno Lombardero, Juan Miguel, Moreno Lombardero, Juan Miguel, Moreno Lombardero, Juan Miguel y Moreno Lombardero, Juan Miguel.

Procurador D/D.ª: Marta Lezaola Ruiz, Marta Lezaola Ruiz, Marta Lezaola Ruiz, Marta Lezaola Ruiz, Marta Lezaola Ruiz y Marta Lezaola Ruiz.

Demandado: Félix Sáenz de Santamaría Roldán y Zoa Requejo Iglesias.

Sobre: N01 Juicio Ordinario.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora D.ª Marta Lezaola Ruiz en nombre y representación de D. Manuel Otiñano Expósito, D.ª María Jesús Otiñano Expósito, D.ª Matilde Otiñano Expósito, D.ª Juana Urbina Zuberogoitia, D.ª Pedro Juan Otiñano Urbina y D. Carlos Otiñano Urbina contra D. Félix Sáenz de Santamaría Roldán, D.ª Zoa Requejo Iglesias y por si alguno de ellos hubiera fallecido, contra los herederos desconocidos de ambos demandados, debo declarar y declaro que la vivienda izquierda del piso cuarto de la casa número cuatro de la Calle Cantalojas de Bilbao, inscrita al Tomo 945, Libro 631 de Bilbao, Folio 160, Finca número 24.191, pertenece a cada uno de los hermanos D. Manuel, D.ª María Jesús y D.ª Matilde Otiñano Expósito en una cuarta parte indivisa en plena propiedad. A D.ª Juana Urbina Zuberogoitia pertenece el usufructo vitalicio de una cuarta parte indivisa de dicha vivienda. A cada uno de los hermanos D. Pedro Juan y D. Carlos Otiñano Urbina pertenece una octava parte indivisa de dicha vivienda, en nuda propiedad, acordando sus inscripción en el Registro de la Propiedad n.º 8 de Bilbao. Con imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Félix Sáenz de Santamaría Roldán y Zoa Requejo Iglesias y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a nueve de febrero de dos mil cuatro.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental