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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 76, viernes 23 de abril de 2004


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Administración de Justicia

Audiencia Provincial de Bizkaia
2148

<DIR> <P ALIGN="JUSTIFY">EDICTO dimanante del juicio de menor cuantía 209/03. <P ALIGN="JUSTIFY">

Audiencia Provincial de Bizkaia-Sección 3.ª

Recurso: R. Menor Cuantía 209/03.

Recurrente: Eugenio Gorostiza Ibarguen.

Procurador/a: German Ors Simon.

Abogado/a: Miguel Angel Nistal Curto.

Recurrido: Eusebia Eguiazu Leceta.

Procurador/a: Pedro Maria Santin Diez.

Abogado/a: Miren Mentxaka Llona.

En el referido recurso se ha dictado Sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLAMOS

Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Eugenio Gorostiza Ibarguen contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Bilbao en autos de Juicio de Menor Cuantía 11/01, procedentes del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Bilbao, con fecha 5 de noviembre de 2002, debemos confirmar como confirmamos dicha resolución, con imposición a la parte apelante de las costas de esta alzada.

Firme que sea la presente resolución devuélvanse los autos originales al Juzgado del que proceden, con certificación de la misma, para su conocimiento y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá testimonio al rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Contra esta sentencia no cabe recurso, a salvo el de casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo si se acredita interés casacional (artículo 477.3 y 481.3 y 481.2 de la LECn). En este caso cabrían también recurso extraordinario por infracción procesal ante la misma Sala (Disposición Final decimosexta de la LECn).

Uno u otro recurso se preparan mediante escrito presentado en este Tribunal dentro de los cinco días siguientes a la notificación (artículos 470 y 479 de la LECn).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandado-apelados Herencia Yacente o Herederos Desconocidos de Francisco Barrando Alvarez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao, a diecisiete de febrero de dos mil cuatro.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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